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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (09/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 9 de junio de 2006 320783REPUBLICADELPERU transparencia y control en el gasto y en las adquisiciones militares. p.- Formular las disposiciones que permitan una permanente participación de las Fuerzas Armadas en laDefensa Regional y Seguridad Hemisférica, así comoen las misiones de mantenimiento de la paz a nivel mundial. q.- Disponer la planificación, organización y ejecución de la movilización y reserva de las Fuerzas Armadas. r.- Dirigir y coordinar la participación de las Fuerzas Armadas en lo relacionado con la presencia del Perú enla Antártida. s.- Coordinar la participación del Ministerio de Defensa en la Política del Estado en asuntos amazónicos y de protección del medio ambiente. t.- Convocar a los integrantes de la sociedad civil, a fin de que realicen estudios y trabajos científicos yacadémicos de interés a la Política del Estado para laDefensa y la Seguridad Nacional. u.- Coordinar y supervisar las actividades de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas del Sector. v.- Aprobar la designación de los cargos de confianza.w.- Designar a los miembros de la Comisión Consultiva y del Comité de Asesores. x.- Expedir Resoluciones Ministeriales en asuntos de su competencia. y.- Ejercer las demás atribuciones que le señalan la Constitución y las leyes. Artículo 10º.- Del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos El Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos es el órgano encargado de orientar,formular, ejecutar, supervisar y evaluar la políticaeconómica, financiera y de ejecución presupuestaria delSector. Tiene a su cargo la normatividad, planificación y ejecución de las actividades administrativas de la UnidadEjecutora 001 Administración General y de la UnidadEjecutora 009, Oficina Previsional de las FuerzasArmadas, en concordancia con las leyes yprocedimientos vigentes. El Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos, es responsable del cumplimiento de lasfunciones del despacho Viceministerial a su cargo, deconformidad con la Ley y las directivas señaladas porel Ministro. El Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos, constituye cargo de confianza y es nombrado por el Ministro de Defensa mediante ResoluciónSuprema. Artículo 11º.- De las Funciones El Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos tiene las funciones siguientes: a.- Dirigir, supervisar y controlar, el proceso de formulación de la política sectorial en los aspectoseconómico, financiero y de ejecución presupuestaria ysometerla a la aprobación del Ministro de Defensa. b.- Orientar, supervisar y evaluar por encargo y en coordinación con el Ministro de Defensa, la aplicación dela política sectorial en los aspectos económico, financieroy de ejecución presupuestaria. c.- Dirigir, supervisar y controlar los sistemas administrativos de contabilidad y tesorería del Sector, en concordancia con las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. d.- Participar, en coordinación con la Dirección General de Política y Estrategia, en el proceso deprogramación, formulación, aprobación, evaluación yseguimiento del Presupuesto Anual del Ministerio de Defensa. e.- Normar, supervisar y controlar por encargo y en coordinación con el Ministro de Defensa, laadministración de los recursos humanos, materiales,económicos y financieros asignados a las UnidadesEjecutoras a su cargo. f.- Participar en el proceso del planeamiento estratégico del Sector Defensa. g.- Expedir Resoluciones Viceministeriales en asuntos de su competencia.h.- Fomentar y proponer al Ministro de Defensa, la suscripción de Convenios de Cooperación en aspectos económicos y financieros. i.- Establecer relaciones de coordinación con los organismos públicos y privados, nacionales einternacionales, vinculados con su actividad funcional. j.- Establecer relaciones de coordinación del mismo nivel con los órganos del Sector. k.- Las demás funciones que le sean conferidas por el Ministro de Defensa. Artículo 12º.- De la Dirección Técnica de Economía La Dirección Técnica de Economía, es el órgano encargado de normar, estandarizar, planificar, supervisary controlar las funciones y actividades relacionadas conlos asuntos económicos, financieros y de ejecuciónpresupuestaria del Sector. Depende del Viceministeriode Asuntos Administrativos y Económicos. Artículo 13º.- De las Funciones La Dirección Técnica de Economía tiene las funciones siguientes: a.- Formular y proponer al Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos los objetivos y políticas en materia de asuntos económicos, financieros,contables y de ejecución presupuestaria del Sector. b.- Normar, coordinar, supervisar y controlar las funciones y actividades relacionadas con las áreas deasuntos económicos, financieros, contables y de ejecución presupuestaria del Sector, en concordancia con las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. c.- Participar en el proceso del planeamiento estratégico del Sector Defensa. d.- Participar, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Planificación, Programación y Presupuesto de la Dirección General de Política y Estrategia, en las fases de programación, formulación, aprobación,evaluación y seguimiento del proceso presupuestariodel Sector Defensa. e.- Conducir, coordinar, supervisar y controlar la fase de ejecución presupuestaria del Pliego Ministerio de Defensa. f.- Coordinar, supervisar y controlar el empleo del Sistema Integrado de Administración Financiera delSector Público (SIAF-SP), en los módulos contables ypresupuestales, en concordancia con las leyes ydisposiciones vigentes sobre la materia. g.- Consolidar el Registro y Control Contable de todas las operaciones económico-financieras ypresupuestarias del Pliego Ministerio de Defensa, enconcordancia con las leyes y disposiciones vigentessobre la materia. h.- Gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas los recursos necesarios previstos en el planeamiento estratégico del Sector Defensa. i.- Supervisar y controlar el cumplimiento de los lineamientos, directivas y disposiciones establecidas porel Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos. j.- Formular en coordinación con la Dirección Técnica de Logística, Ciencia y Tecnología para la Defensa, el Financiamiento del Programa Anual de AdquisicionesConjuntas que requiera la Defensa Nacional. k.- Las demás que le asigne el Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos. Artículo 14º.- De la Dirección Técnica de Administración La Dirección Técnica de Administración, es el órgano encargado de conducir, coordinar, supervisar y controlarla fase de ejecución del proceso presupuestario del SectorDefensa y del Pliego Ministerio de Defensa. Depende del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos. Artículo 15º.- De las Funciones La Dirección Técnica de Administración tiene las funciones siguientes: a.- Formular y proponer al Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos los objetivos y políticasrelacionadas con los aspectos administrativos delDespacho Ministerial.