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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320784El Peruano viernes 9 de junio de 2006 b.- Normar, estandarizar, supervisar y controlar las funciones y actividades relacionadas con los aspectosadministrativos en la contratación de seguros del SectorDefensa. c.- Formular y proponer al Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos los objetivos y políticasen materia de adquisición de bienes y contratación deservicios de naturaleza no reservada en el Ministerio deDefensa. d.- Normar, estandarizar, supervisar y controlar las actividades relacionadas con la formulación y ejecuciónde los planes anuales de contrataciones y adquisicionesde naturaleza no reservada del Despacho Ministerial, enconcordancia con las leyes y disposiciones vigentessobre la materia. e.- Formular y proponer al Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos los objetivos y políticasrelacionadas con las actividades del Sistema Previsionaldel Ministerio de Defensa. f.- Normar, estandarizar, supervisar y controlar, las funciones y actividades relacionadas con las actividadesdel Sistema Previsional del Ministerio de Defensa. g.- Supervisar y controlar las actividades relacionadas con la gestión patrimonial del Ministerio deDefensa. h.- Formular y proponer las normas relacionadas con la administración de bienes y servicios del Sector. i.- Participar en el proceso del planeamiento estratégico del Sector Defensa. j.- Supervisar y controlar la administración de los recursos humanos, materiales, económicos y financierosde la Unidad Ejecutora 001, Administración General y ala Unidad Ejecutora 009, Oficina Previsional de lasFuerzas Armadas. k.- Supervisar y controlar el cumplimiento de los lineamientos, directivas y disposiciones establecidas porel Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos. l.- Supervisar y controlar al personal de servicios menores que realiza diversas actividades en lasinstalaciones del Despacho Ministerial. m.- Expedir Resoluciones Directorales en asuntos de su competencia. n.- Las demás que le asigne el Viceministro de Asuntos Administrativos y Económicos. Artículo 16º.- Del Viceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal El Viceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal es el órgano encargado de orientar, formular, ejecutar,supervisar y evaluar, por encargo y en coordinación conel Ministro de Defensa, la política sectorial en losaspectos de logística, personal y sistemas de informaciónpara la Defensa Nacional. Tiene a su cargo la normatividad y planificación de las funciones logísticas, de personal y de los Sistemasde Informática, Telecomunicaciones y Estadística delSector para el adecuado cumplimiento de susactividades, en concordancia con las leyes ydisposiciones vigentes sobre la materia. El Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal es responsable del cumplimiento de las funciones delViceministerio a su cargo, de conformidad con la ley ylas directivas señaladas por el Ministro. El Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal, constituye cargo de confianza y es nombrado por elMinistro de Defensa mediante Resolución Suprema. Artículo 17º.- De las Funciones El Viceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal tiene las funciones siguientes: a.- Dirigir el proceso de formulación de la política sectorial en los aspectos de logística, personal ysistemas de información y someterla a la aprobación delMinistro de Defensa. b.- Orientar, ejecutar, supervisar y evaluar, por encargo y en coordinación con el Ministro de Defensa, lapolítica sectorial en los aspectos de logística, personal ysistemas de información. c.- Orientar, supervisar y controlar las actividades de las unidades orgánicas y dependencias delViceministerio a su cargo, de conformidad con las directivas señaladas por el Ministro. d.- Formular, en coordinación con las instituciones, entidades y organizaciones del Sector, los planes yprogramas en el área de su competencia. e.- Fomentar y ejecutar programas y convenios de cooperación nacional e internacional, destinados a propender al acceso e incorporación de tecnologías deúltima generación en los aspectos logísticos, de personaly de sistemas de información. f.- Supervisar y controlar la ejecución de programas de Sanidad y Bienestar integral, para el personal del sector. g.- Fomentar, desarrollar y contribuir a la investigación académica y científico-tecnológica en temas vinculadosy de interés para el área de su competencia. h.- Participar en el proceso de planeamiento estratégico integral del Sector Defensa. i.- Orienta el proceso de formulación del anteproyecto de presupuesto en el área de su responsabilidad. j.- Expedir Resoluciones Viceministeriales en asuntos de su competencia. k.- Establecer relaciones de coordinación con los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, vinculados con su actividad funcional. l.- Establecer relaciones de coordinación del mismo nivel con los órganos del Sector. m.- Las demás funciones que le confiera el Ministro de Defensa. Artículo 18º.- De la Dirección Técnica de Logística, Ciencia y Tecnología para la Defensa La Dirección Técnica de Logística, Ciencia y Tecnología para la Defensa, es el órgano encargado denormar, estandarizar, planificar, supervisar y controlarlas funciones y actividades logísticas y de ciencia y tecnología para la defensa. Depende del Viceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal. Artículo 19º.- De las Funciones La Dirección Técnica de Logística, Ciencia y Tecnología para la Defensa tiene las funciones siguientes: a.- Proponer al Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal, los objetivos, políticas, planes y programasen materia de Logística, Ciencia y Tecnología del Sector. b.- Normar y estandarizar las funciones y actividades en materia de Logística, y de Ciencia y Tecnología del Sector, en concordancia con las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. c.- Establecer, supervisar y controlar las funciones y actividades en materia de Logística, y de Ciencia yTecnología del Sector. d.- Participar en el proceso de planeamiento estratégico integral del Sector. e.- Fomentar y proponer la suscripción de convenios de cooperación nacional e internacional en el área de sucompetencia. f.- Supervisar y controlar el cumplimiento de los lineamientos, directivas y disposiciones establecidas por el Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal. g.- Promover estudios de investigación y desarrollo en el ámbito de su responsabilidad, que sean de interéspara el Ministerio de Defensa. h.- Participar como representante del Ministerio de Defensa ante Comisiones, Comités y Organismos públicos, cuyo trabajo tenga relación con sus funciones en él área logística. i.- Las demás que le asigne el Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal Artículo 20º.- De la Dirección Técnica de Personal para la Defensa La Dirección Técnica de Personal para la Defensa, es el órgano encargado de normar, estandarizar,planificar, supervisar y controlar las funciones yactividades de personal, para la defensa. Depende delViceministerio de Asuntos Logísticos y de Personal. Artículo 21º.- De las Funciones La Dirección Técnica de Personal para la Defensa tiene las funciones siguientes: