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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 17 de junio de 2006 321737REPUBLICADELPERU 30 de mayo de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en la ruta Lima - Miami - Lima en el equipo Boeing 767, a su personal aeronáuticopropuesto, durante los días 19 y 20 de junio de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 11285, 16615 y 16616, la solicitante hacumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesoreríadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1068-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Simón Samolski Edery, para realizar loschequeos técnicos en la ruta Lima - Miami - Lima en el equipo Boeing 767, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., los días 19 y 20 de juniode 2006, autorizando su estadía en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 19 al 20 de junio de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1068-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Simón Samolski Edery, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 19 al 20 de junio de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nº 11285, 16615 y 16616, abonados a laDirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10678/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G4C/G43/G20/G42/G75/G73/G72/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 081-2006-MTC/12 Lima, 26 de mayo del 2006 Vista la solicitud de la empresa LC BUSRE S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2006-010505 del 21 de abril del 2006, la empresa LC BUSRE S.A.C. solicita Permiso de Operación de Aviación Comercial -Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos de la Memoranda Nº 458- 2006-MTC/12.AL y Nº 493-2006-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1928-2006-MTC/12.04,emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la LeyNº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificandoposteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocarlos Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorablede las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa LC BUSRE S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial – TransporteAéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (4) años contados apartir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa LC BUSRE S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así comosus Especificaciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección Generalde Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - SA227AC – Fairchild Metroliner III ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Rodríguez Mendoza, Ciro Alegría, Nuevo El Valor. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán / Anta.