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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 25 de junio de 2006 322451REPUBLICADELPERU Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 11174 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 458-2006-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 24 de mayo de 2006 Visto, el Expediente Nº 000765-2006-MINCETUR, de fecha 27.4.2006, presentado por la empresa R. Franco América S.A., en el que solicita autorización y registro de seis (6) memorias de sólo lectura; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinastragamonedas, estableciéndose en el artículo 11º que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorizacióny registro; Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de las memorias de sólo lecturaque integran los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización yregistro a un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componenel programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200604-09, 200604-10 y 200604- 11 de fecha 19.04.2006, expedidos por el Laboratoriode Certificación de la Universidad Católica del Perú, así como de las memorias de sólo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el artículo18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al público nomenor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Registro las memorias de sólo lectura que contengan los programas principales y depersonalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P .A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en losInformes Técnico Nº 088-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 473-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa R. Franco América., seis (6) memorias de sólo lectura fabricadas por la empresa R. Franco AméricaS.A. (Colombia), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de la Memoria 1 A0006854 VRFA 0060703h (EPROM H) 2 A0006855 VRFA 0060803h (EPROM H) 3 A0006856 VRFA 0070701h (EPROM H) 4 A0006857 VRFA 0070801h (EPROM H) 5 A0006858 VRFA 0080704h (EPROM H) 6 A0006859 VRFA 0080804h (EPROM H)Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 11177 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G61/G20/G47/G72/G61/G6E /G43/G61/G73/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G65/G78/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G72/G20/G6A/G75/G65/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G73/G69/G6E/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 449-2006-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 22 de mayo de 2006 Visto, el Expediente Nº 000850-2006-MINCETUR, de fecha 16.5.2006, presentado por la empresa GRAN CASINO DE LIMA S.A.C., en el que solicita la modificación de la autorización expresa para la explotación de juegosde casino en la sala de juegos del Hotel Cinco Estrellas “JW MARRIOTT HOTEL LIMA”, ubicado en la Av. Malecón de la Reserva Nº 615, distrito de Miraflores,provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 193-2005- MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 7.4.2005, se otorgó ala solicitante Autorización Expresa para explotar juegos de casino en la sala de juegos del Hotel Cinco Estrellas “JW MARRIOTT HOTEL LIMA”; Que, al amparo de lo establecido en el literal b) del artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 000353-2006-MINCETUR, la empresa solicita el retiro de una (1) mesa de Póker Caribeño yel incremento de una (1) mesa de Texas Hold’em Póker; Que la documentación e información requerida para efectuar el incremento y retiro de mesas de juego de casino se encuentra establecida en el Procedimiento Nº 03, literal b) del Texto Unico de ProcedimientosAdministrativos del MINCETUR, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, vigente a la fecha de presentación de la solicitud; Que, evaluada la documentación e información presentada por la empresa, se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar susolicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la Ley Nº 27444, el DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Nº 471-2006-MINCETUR/VMT/DNT -DJCMT-SDAR; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Modificar el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 193-2005-MINCETUR/VMT/DNT, en lostérminos siguientes: “Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa Gran Casino de Lima S.A.C. , la explotación de veinte (20) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco Estrellas “JW MARRIOTTHOTEL LIMA”, ubicado en la Av. Malecón de la Reserva Nº 615, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, según el siguiente detalle: Nº DE MODALIDAD AUTORIZACIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL MESAS Y REGISTRO 01 Póker Caribeño JC0008 R.D. Nº 206-1999- MITINCI/VMT/DNT 05 Ruleta (Tipo JC0002 R.D. Nº 200-1999- Francesa) MITINCI/VMT/DNT 06 Black Jack JC0001 R.D. Nº 199-1999- MITINCI/VMT/DNT 01 Punto y Banca JC0006 R.D. Nº 204-1999- (Midi Baccarat) MITINCI/VMT/DNT