Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2006 (25/06/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 25 de junio de 2006

expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Renovar la autorizacion expresa concedida a la empresa HIGH IMPACT DESIGN & ENTERTAINMENT S.A., para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juego "Mambo Jambos" del Restaurante Turistico Cinco (5) Tenedores: "Avant Garde", ubicado en la MORDAZA las Aldabas Nº 475 - 459, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion, por un plazo de tres (03) anos, en observancia de lo normado en el articulo 17º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796. Articulo 3º.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de ciento setenta y tres (173) maquinas tragamonedas y cuatrocientos setenta y dos (472) memorias de solo lectura, segun detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en el articulo 7º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, los titulares de una autorizacion de explotacion concedida por la Direccion Nacional de Turismo se encuentran obligados a observar las normas que sobre zonificacion, seguridad, higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipal a que hubiere lugar. Articulo 5º.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizacion deben mantenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorizacion concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotacion de maquinas tragamonedas. Articulo 6º.- Al MORDAZA de la establecido en la Sentencia de fecha 2.2.2006, expedida por el Tribunal Constitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajo responsabilidad constituye precedente vinculante para todos los poderes publicos y obliga a los explotadores de juegos de casino y maquinas tragamonedas a cumplir con el pago del Impuesto a los Juegos, la Direccion Nacional de Turismo se reserva el derecho de revocar la presente autorizacion en caso verificarse que las condiciones economicofinancieras de la empresa autorizada se han modificado negativamente como consecuencia de las acciones de cobranza que pudiera llevar a cabo la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) por la deuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos. Articulo 7º.- De conformidad con lo establecido en el articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444, la Direccion Nacional de Turismo en ejercicio de su facultad de fiscalizacion se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 8º.- En observancia de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Final de la Directiva Nº 004-2003MINCETUR/VMT/DNT "Evaluacion financiera y de solvencia economica de las empresas que explotan juegos de casino y maquinas tragamonedas asi como de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision", remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros la informacion y/o documentacion financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 11179

DEFENSA
Autorizan a funcionario suscribir contrato de Fideicomiso en representacion del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL N° 643-2006 DE/MGP MORDAZA, 23 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28750, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 y dicta otras medidas, se autoriza al Ministerio de Defensa para que a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, deposite par te de sus recursos directamente recaudados previstos en las leyes anuales de presupuesto del Sector Publico, en una cuenta de Fideicomiso de administracion de recursos como mecanismo de garantia para el pago de las obligaciones que correspondan a la operacion aprobada con el Decreto Supremo N° 188-2005-EF de fecha 30 de diciembre de 2005. Para tal efecto, este pliego presupuestario ha quedado facultado a suscribir un contrato de Fideicomiso, en calidad de fideicomitente; Que, por Decreto Supremo N° 188-2005-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento interno, en la modalidad de arrendamiento financiero que, a tenor del dispositivo precedente, no se encuentra dentro de los alcances de la prohibicion establecida en el literal h) del articulo 8° de la Ley N° 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Que, en tal sentido resulta necesario autorizar a la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, a suscribir el referido contrato de Fideicomiso entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru y el Banco de la Nacion, aprobado por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 307-2006-EF/75 de fecha 20 de junio de 2006, de conformidad con las atribuciones contenidas en el articulo 6° de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, el cual establece que la Unidad Ejecutora es la entidad que determina y recauda ingresos, contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislacion aplicable, recibe y ejecuta desembolsos de endeudamiento y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda; Que, de conformidad con el articulo 7° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, el Titular del Pliego es el responsable de efectuar la gestion presupuestaria en las fases de programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion, y el control de gasto, de conformidad con la Ley General, las leyes de presupuesto del Sector Publico y las disposiciones que emita la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, en el MORDAZA de los principios de legalidad y de veracidad; Que, es atribucion del Ministro de Defensa, entre otras, formular, dirigir, evaluar y supervisar el presupuesto del sector conforme lo dispone el articulo 7° literal i) de la Ley N° 27860, Ley del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y lo opinado por el Director Tecnico de Economia del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Director de Economia de la MORDAZA, organo de apoyo de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, a suscribir el contrato de Fideicomiso en representacion del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion, asi como autorizar la firma de las adendas que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 11244

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