Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2006 (25/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 25 de junio de 2006

entre otros a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., para operar a la embarcacion pesquera denominada "BRANCO II" de matricula Nº CE-0254-PM, de 379.95 m 3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada, 13 mm.; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la posesion de la embarcacion de la que corresponde y que durante su vigencia, la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel ( Trachururs picturatus MORDAZA ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ) seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que mediante el escrito con registro Nº 00026312, de fecha 20 de MORDAZA del 2006 la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C., solicita Cambio del Titular del Permiso de Pesca y nombre de la embarcacion pesquera "BRANCO II" de matricula Nº CE-0254-PM E/P "COQUI V", conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio y en el Certificado de Matricula, que obran en el expediente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los Procedimientos Nº 06 y Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; asi como los requisitos sustantivos exigidos por la normativa vigente, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 149-2006PE/DNEPP-Dchi de fecha 8 de MORDAZA del 2006 y con la opinion favorable del Area Legal de esta Direccion General; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca , aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cambio de Titular del Permiso de Pesca solicitado por la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C. y la Modificacion de la Resolucion Autoritativa por Cambio de Nombre de la embarcacion pesquera denominada "BRANCO II" por la de "COQUI V" de matricula Nº CE-0254-PM, de 379.95 m 3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 458-97-PE. Articulo 2º.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a los establecido por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo

Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del Permiso de Pesca que fue otorgado a favor de PESQUERA MORDAZA S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 458-97-PE, para operar la embarcacion pesquera denominada "BRANCO II" (hoy COQUI V) de matricula CE-0254-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "COQUI V" de matricula Nº CE-0254-PM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del ANEXO I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE y en ANEXO III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, de dichos anexos. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11211

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario para apoyar gestiones para la pronta puesta en debate por parte del Congreso de los EE.UU. del Acuerdo de Promocion Comercial con el Peru
RESOLUCION MINISTERIAL N° 705-2006-RE MORDAZA, 24 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, luego de catorce Rondas de Negociaciones, desarrolladas a lo largo de 19 meses, se culmino la negociacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru Estados Unidos de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., el 7 de diciembre de 2005; Que, la suscripcion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos de MORDAZA, se realizo en la MORDAZA de MORDAZA D.C. el 12 de MORDAZA de 2006; Que, el Presidente del Consejo de Ministros, doctor MORDAZA MORDAZA Kuczynski, viajara a la MORDAZA de MORDAZA D.C. del 26 al 28 de junio de 2006, a fin de efectuar las gestiones pertinentes que aseguren la pronta puesta en debate por parte del Congreso estadounidense del citado instrumento internacional; Que, es necesario que el Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA Max MORDAZA Arnillas viaje a la MORDAZA de MORDAZA D.C. con el objeto de apoyar las gestiones orientadas a la pronta puesta en debate por parte del Congreso estadounidense del Acuerdo de Promocion Comercial Peru ­ Estados Unidos de America; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90 ­ PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del

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