Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2006 (10/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES
MORDAZA de Trabajo 39 40 47 48 51 53 54 55 57 08A 08B 08C 09A 09C 09D 12C 04488

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2006 Flota Estudio 2003 35 23 48 113 38 55 54 32 25 14 27 54 30 26 45 50 MORDAZA Estudio 72 42 69 188 98 64 77 71 57 30 47 62 40 38 78 69

Articulo Tercero.- Disponer como parte integrante del presente decreto el anexo 01 correspondiente al Decreto de Alcaldia Nº 010 de fecha 6 de octubre del 2005 y el Anexo No. 02 correspondiente al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Servicios Administrativos Municipales el cumplimiento y ejecucion del presente decreto, debiendo disponer o realizar las acciones administrativas que MORDAZA necesarios para la correcta aplicacion del mismo. Articulo Quinto.- Dejese sin efecto toda MORDAZA o disposicion legal de igual o inferior jerarquia que se oponga a lo dispuesto en el presente decreto. Registrese, comuniquese, publiquese cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO ANEXO Nº 1 DEL DECRETO DE ALCALDIA MORDAZA de Trabajo 4 5 6 14 15 16 18 19 20 21 22 24 25 30 41 42 43 44 45 46 49 50 52 56 58 09B 12A 12B 12D Flota Estudio 2003 38 142 25 49 58 41 32 54 37 40 38 35 35 28 39 41 35 36 32 48 20 81 38 27 23 30 20 105 40 MORDAZA Estudio 91 215 40 60 71 82 40 92 48 57 56 50 121 42 45 92 79 58 71 81 49 102 116 113 24 50 47 132 65

Aprueban "Estudio Tecnico de Determinacion de la Flota Vehicular segun la Demanda del Servicio Publico de Pasajeros en Vehiculos Menores en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010 San MORDAZA de Lurigancho, 6 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 27680, 28389 y 28390, las municipalidades provinciales y Distritales son organos de gobierno local que mantiene su autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se dispone que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economia y administrativa en los asuntos de su competencia; Que la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el numeral 3.2 del inciso 3 de su articulo 81, establece que en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico son funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; Que segun se establece en el literal a) del inciso 18.1 del articulo 18 de la Ley General de Transporte y Tr a n s i t o Te r r e s t r e - L ey N º 2 7 1 8 1 , l a s municipalidades distritales regular el transporte de mototaxis y similares, en funcion a los reglamentos nacionales y a las normas emitidas por la Municipalidad Provincial de Lima; Que, a traves de la Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores - Ley Nº 27189, se reconoce y MORDAZA el caracter y la naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores, mototaxis y similares, involucrando a los gobiernos locales en lo que respecta al otorgamiento de la respectiva autorizacion y la licencia de conducir de vehiculos menores.; Que de acuerdo a la Ordenanza Nº 241 de fecha 27 de octubre de 1999, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA no solo ha facultado a las municipalidades distritales a aprobar y autorizar paraderos, horarios y zonas de trabajo para la prestacion de servicio de transporte en vehiculos menores, sino que ha precisado que dichas atribuciones deberan estar en funcion al MORDAZA de unidad, a la viabilidad de la MORDAZA, a las caracteristicas de las vias, a la seguridad del pasajero, a la antiguedad de los que prestan el servicio, a la extension de las zonas o

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO ANEXO NO. 2 DEL DECRETO DE ALCALDIA MORDAZA de Trabajo 1 2 3 7 10 11 13 17 23 26 27 28 29 31 32 33 34 35 36 37 38 Flota Estudio 2003 40 15 22 33 19 43 21 66 20 27 52 55 22 28 32 31 30 48 36 31 36 MORDAZA Estudio 88 31 36 56 33 62 43 103 36 37 52 90 35 44 49 32 32 48 77 53 46

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