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PÆg. 314382 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2006 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 271-2006-JNE Mediante Oficio Nº 1014-2006-SG/JNE el Jurado Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 271-2006-JNE, publicada en la edición del 9 de marzo de 2006. En el primer Considerando: DICE: "(...) resuelve denegar la admisión de la postulación al Congreso de la República (...)" DEBE DECIR: "(...) resuelve denegar la admisión de la postulación al Parlamento Andino (...)" En el tercer Considerando: DICE: "(...), indicando que el citado candidato hace uso de sus vacaciones del 1 de marzo de 2006 hasta el 28 de febrero de 2006." DEBE DECIR: "(...), indicando que el citado candidato hace uso de sus vacaciones del 1 de enero de 2006 hasta el 28 de febrero del mismo año." 04490 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 00165-2006-JEE/LC Mediante Oficio Nº 212-2006-JEE/LC el Jurado Electoral Especial Lima Centro solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 00165-2006-JEE/ LC, publicada en la edición del 8 de marzo de 2006. En la Sumilla de la resolución.DICE: Admiten a trámite solicitud de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República por el Partido Político Justicia Nacional DEBE DECIR: Admiten a trámite solicitud de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República por el Partido Político Alianza para el Progreso. En el Artículo Primero DICE: Admitir a trámite solicitud de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el personero legal del Partido Político Justicia Nacional, para el (...) DEBE DECIR: Admitir a trámite solicitud de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el personero legal del Partido Político Alianza para el Progreso, para el (...) 04517REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Aprueban la "Campaæa de Tramitación y Expedición del DNI en forma gratuita,para los menores de edad en situaciónde pobreza y/o abandono" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 142-2006-JEF/RENIEC Lima, 9 de marzo de 2006 VISTOS: El Informe Nº 005-2006-GRIAS/RENIEC, emitido por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, el Oficio Nº 0185-2006-GPP/RENIEC, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Nº 206-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como inscribir los hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 772-2005- JEF/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de julio de 2005, se aprobó el Plan Nacional de Restitución de la Identidad denominado "Documentando a las personas Indocumentadas", habiéndose dispuesto el inicio de su ejecución, cuyo monitoreo ha sido encargado a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y Planificación y Presupuesto; Que, conforme a la acotada Resolución la falta de un documento de identidad constituye una de las variables que acrecienta la situación de vulnerabilidad de determinados grupos humanos, como los niños, niñas, adolescentes en situación de pobreza o riesgo social, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad, las que fueron afectadas por la subversión, comunidades nativas, entre otros, al limitar su desarrollo integral y participación equitativa en la sociedad; Que, en ese marco, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social viene realizando campañas de documentación a personas de los sectores vulnerables referidos, habiendo propuesto, a través del informe del visto, el desarrollo de una campaña de emisión gratuita del DNI para menores de edad en situación de pobreza y/o abandono, que se llevaría a cabo durante el presente año, la cual cuenta con la respectiva cobertura presupuestal según lo informado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; Que, conforme el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley Nº 27337, en toda medida adoptada por el Estado debe considerarse el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente, así como el respeto de sus derechos, en cuya virtud resulta viable aprobar la campaña propuesta a fin de salvaguardar su derecho constitucional a la identidad; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM y el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/ RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la "Campaña de Tramitación y Expedición del DNI en forma gratuita, para los menores de edad en situación de pobreza y/o