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PÆg. 314379 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2006 Elecciones, como instancia de revisión, declara Infundado el recurso de apelación formulado contra la Resolución Nº 0113-2006-JEE/LC, presentada por el personero legal del Partido Socialista, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006; Que, en aplicación del artículo 3º de la Ley Nº 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante Parlamento Andino, concordado con el artículo 121º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; y de conformidad al artículo 12º del Reglamento para el Proceso de Elección de Representantes ante el Parlamento Andino, aprobado por la Resolución Nº 004-2006-JNE, deviene procedente tener por consentida y ejecutoriada la Resolución Nº 0113-2006-JEE/LC, de 01 de marzo de 2006, elevando los actuados al Jurado Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 004-2006- JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar consentida y ejecutoriada la Resolución Nº 259-2006-JNE, mediante la cual se Resuelve declarar Infundado el recurso de apelación formulado contra la Resolución Nº 0113-2006- JEE/LC de 01 de marzo de 2006, presentada por el personero legal del Partido Socialista, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006. Artículo Segundo.- Elevar el presente expediente al Jurado Nacional de Elecciones para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04532 Admiten a trÆmite solicitud de inscripción de candidatos al Parla-mento Andino del partido políticoMovimiento Descentralista Perœ Ahoraconforme a la Res. N” 270-2006-JNE JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00185-2006-JEE/LC Lima, 9 de marzo de 2006 VISTA: La Resolución Nº 270-2006-JNE, de 08 de marzo de 2006, que resuelve la apelación formulada por el personero legal titular del partido político Movimiento Descentralísta Perú Ahora”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales 2006, expediente Nº 001-2006-PA. CONSIDERANDO:Que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, es el único Jurado Electoral Especial, conforme lo preceptuado en el artículo 4º de la Resolución Nº 004- 2006-JNE, “Reglamento del Proceso para Elección de Representantes ante el Parlamento Andino”, para recibir las inscripciones de las listas de los candidatos a representantes titulares y suplentes para el Parlamento Andino; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, como instancia de revisión emitió la Resolución Nº 270-2006- JNE, que declara fundado en parte el recurso de apelación formulado contra la Resolución Nº 0101-2006-JEE/LC, en el extremo que excluye a Patricio Raúl Aranda Torres y Greta Lily Díaz Camacho, en consecuencia, revoca la Resolución en el extremo que resuelve denegar laadmisión de la postulación de las mencionadas personas y reformándola ordena se prosiga con el trámite correspondiente; por lo que es procedente la admisión a trámite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la Elección de Representantes ante el Parlamento Andino, aprobado por Resolución Nº 004-2006-JNE; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 004-2006- JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE:Artículo Primero .- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino presentada por el Personero Legal del partido político Movimiento Descentralísta Perú Ahora, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 02 Aranda Torres Patricio Raúl 09337970 12 Díaz Camacho Greta Lily 09388056 Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04533 Admiten a trÆmite solicitud de inscripción de candidato al Parlamento Andino del partido político "Movimiento Nueva Izquierda" conforme a la Res.N” 261-2006-JNE JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00186-2006-JEE/LC Lima, 9 de marzo de 2006VISTA: La Resolución Nº 261-2006-JNE, de 08 de marzo de 2006, que resuelve la apelación formulada por el personero legal titular del partido político “Movimiento Nueva Izquierda”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales 2006, expediente Nº 012-2006-PA. CONSIDERANDO: Que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, es el único Jurado Electoral Especial, conforme lo preceptuado en el artículo 4º de la Resolución Nº 004- 2006-JNE, “Reglamento del Proceso para Elección de Representantes ante el Parlamento Andino”, para recibir las inscripciones de las listas de los candidatos a representantes titulares y suplentes para el Parlamento Andino; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, como instancia de revisión emitió la Resolución Nº 261-2006- JNE, que declara fundado en parte el recurso de apelación formulado contra la Resolución Nº 0117-2006-JEE/LC, en el extremo que excluye a Carlos Gerando Benavides Caldas, en consecuencia, revoca la Resolución en el extremo que resuelve denegar la admisión de la postulación de la mencionada persona y reformándola ordena se prosiga con el trámite correspondiente; por lo que es procedente la admisión a tramite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del