Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2006 (10/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 10 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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consecuencia, corresponde al recurrente acreditar fehacientemente que el ciudadano MORDAZA Paucarmayta ha renunciado al Partido Popular MORDAZA con cinco meses de anticipacion a la fecha de cierre de inscripcion de las candidaturas; lo cual no consta en autos; Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones la funcion de administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en los procesos electorales, conforme lo establecen los articulos 178º inciso 4) y 181º de la Constitucion Politica del Estado e incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica, Ley Nº 26486; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Titular del Partido Politico "Movimiento Descentralista Peru Ahora", en consecuencia, revocar la Resolucion Nº 101-2006-JEE/LC, de fecha 1 de marzo del presente, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en el extremo que excluye de la lista de candidatos a Representantes ante el Parlamento MORDAZA de la mencionada organizacion politica, al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA Camacho; y reformandola, disponer la prosecucion del tramite, segun su estado, y CONFIRMAR la recurrida en cuanto al candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paucarmayta. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en el dia, el presente expediente para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 04465

Declaran fundada apelacion contra la Res. Nº 0103-2006-JEE/LC que denego solicitud de inscripcion de candidata al Parlamento MORDAZA de la "Alianza Electoral Unidad Nacional"
RESOLUCION Nº 272-2006-JNE Expediente Nº 196-2006-Apel MORDAZA, 8 de marzo del 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 8 de marzo de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la "Alianza Electoral Unidad Nacional", a fin de que se deje sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 0103-2006-JEE/LC de fecha 1 de marzo del 2006, y reformandola, se admita a tramite de inscripcion a la candidata al Parlamento MORDAZA por dicha agrupacion politica, MORDAZA del MORDAZA Sega Carcamo con numero de inscripcion Nº 10 e identificada con DNI Nº 07951986; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, efectuando la calificacion de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA presentada por la "Alianza Electoral Unidad Nacional", emitio la Resolucion Nº 0103-2006-JEE/LC, en cuyo Articulo Primero de la parte resolutiva admitio a tramite la solicitud de inscripcion de catorce candidatos, y, en su Articulo MORDAZA, denego la solicitud de inscripcion de MORDAZA del MORDAZA Sega Carcamo con el numero 10;

Que, el tramite de inscripcion de la mencionada ciudadana, le fue denegado por el MORDAZA Electoral Especial, al constatar tanto en la consulta en linea al RENIEC como en el Documento Nacional de Identidad (DNI) presentado que el mismo se encuentra carente de validez por caducidad; alegando al respecto el personero apelante: a) Que la ciudadana MORDAZA del MORDAZA Sega Carcamo procedio a realizar el tramite de renovacion de su documento nacional de identidad ante las oficinas del Consulado General del Peru en la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, el dia 3 de febrero del 2006, tal como consta en el original de la MORDAZA de tramite del DNI que adjunta y que a la fecha ya ha renovado su DNI adjuntando MORDAZA legalizada notarialmente, siendo expedido el 20 de febrero del 2005 y tiene como fecha de caducidad el 20 de febrero del 2012; b) Que la referida ciudadana cumplio con renovar su documento nacional de identidad dentro del plazo legal; sin embargo, debido a los tiempos de tramite de dicho documento, este no fue expedido con la celeridad esperada, por el organo correspondiente y remitido al Consulado General del Peru en Miami, para poder adjuntarlo a su expediente al momento de la inscripcion de la lista de candidatos por la Alianza Electoral Unidad Nacional al Parlamento MORDAZA, el pasado 8 de febrero del 2006. c) Que el articulo 31º de la Constitucion establece que toda persona tiene derecho a ser elegido y elegir libremente a sus representantes y siendo esto asi, conviene a su derecho la aplicacion de dicha MORDAZA y que su candidata inicio el tramite para la renovacion de su DNI MORDAZA del 8 de febrero del 2006 y que el tiempo de demora en la entrega del DNI no depende de MORDAZA, sino de los organos del Estado; Que, el derecho fundamental a ser elegido representante es un derecho de configuracion legal, establecido en el primer parrafo del articulo 31º de la Constitucion Politica que establece que los ciudadanos tienen derecho a ser elegidos representantes, "de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley organica"; Que, a tenor de lo dispuesto en el articulo 112º, literales c) y d), de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, para ser candidato al Congreso de la Republica se requiere gozar de derecho a sufragio y estar inscrito en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC, condiciones que cumple la ciudadana MORDAZA del MORDAZA Sega Carcamo, estando, por tanto, habil para participar en el MORDAZA electoral; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, pronunciandose en MORDAZA y definitiva instancia, conforme establecen los articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica, 34º in fine y 36º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y 5º, literales a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la "Alianza Electoral Unidad Nacional", contra el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 0103-2006-JEE/LC sobre denegatoria de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, por dicha organizacion politica, de la ciudadana MORDAZA del MORDAZA Sega Carcamo con numero de inscripcion Nº 10 e identificada con DNI Nº 07951986; y reformandola, disponer que, en cuanto a esta candidata, se prosiga el tramite segun su estado; confirmandola en lo demas que contiene. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 04466

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