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PÆg. 315832 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de marzo de 2006 voluntad y acciones concretas por parte de la comunidad internacional, los gobiernos, las organizaciones de productores, de la sociedad civil, entre otros, para aumentar la cooperación internacional y promover unacceso más equitativo, transparente y responsable a la tierra y los recursos naturales; Que, en la citada Conferencia, los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO, expusieron sus Informes Nacionales con la finalidad de ofrecer a losdemás países la oportunidad de describir el estado de sus políticas nacionales sobre reforma agraria y desarrollo rural, además de buscar compartir experienciasque puedan enriquecer el trabajo local y aumentar la cooperación internacional, promoviendo un acceso más equitativo a la tierra y los recursos naturales; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 865, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de 13 de marzo de2006; De conformidad en el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio deRelaciones Exteriores; y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viales al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, designar a los siguientes funcionarios que conformaron la delegación peruana que participó en la ConferenciaMundial sobre Reforma Agraria, que se llevó a cabo en la ciudad de Porto Alegre, República Federativa del Brasil, del 6 al 10 de marzo de 2006: - Ingeniero Lander Pacora Coupen, Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio deAgricultura; e, - Ingeniero Fernando Guillermo Valer Carpio, Agregado Civil de la Representación Permanente del Perú ante laOrganización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores ni da derecho a exoneración niliberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05796 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civila Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 260-2006-MTC/02 Lima, 27 de marzo de 2006 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes alexterior de funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos, exceptuándose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de LibreComercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurarel cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del año 2006, los que serán aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la calificaciónotorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 265/03/06, presentado el 16 de marzo de 2006, en elmarco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad de Santiago,República de Chile, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 3 de abril de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 3085 y 8333, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 0481-2006-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, para realizar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE,en la ciudad de Santiago, República de Chile, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días 2 al 3 de abril de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para el presenteaño, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas en concordancia con las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006;