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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2006 (05/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 en blanco, nulos e impugnados, se obtiene un total de 59, que conforme al Artículo Tercero, Acápite II, numeral 4) del Reglamento aprobado por Resolución Nº 103-2006- JNE, la diferencia obtenida entre ambas cantidades,deberá sumarse a los votos nulos; en consecuencia, en el presente caso, no se ha incurrido en ninguna causal para anular el Acta Electoral Nº 032419-12-C; Que, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Luis Felipe Calvimontes Barrón, Personero Legal Titular de la Alianza Electoral “Unidad Nacional”; en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 969-2006-JEE/LC expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro que anula el Acta Electoral Nº 032419-12-C de la ciudad de Los Angeles, país de EstadosUnidos de América, continente de América. Artículo Segundo.- Considerar en el Acta Electoral Nº 032419-12-C de la ciudad de Los Angeles, país deEstados Unidos de América, continente de América, correspondiente a la elección de fórmula presidencial, la siguiente votación: ACTA ELECTORAL Nº 032419-12-C ORGANIZACIONES POLÍTICAS TOTAL DE VOTOS 1 Partido Socialista 01 2 00 3 Restauración Nacional 00 4 Alianza por el Futuro 05 5 Unión por el Perú 06 6 Partido Justicia Nacional 00 7 Fuerza Democrática 00 8 Resurgimiento Peruano 00 9 Alianza para el Progreso 00 10 Unidad Nacional 37 11 Partido Reconstrucción Democrática 00 12 Concertación Descentralista 00 13 Movimiento Nueva Izquierda 03 14 Frente de Centro 01 15 Con Fuerza Perú 00 16 00 17 Progresemos Perú 00 18 00 19 Partido Renacimiento Andino 00 20 00 21 Partido Aprista Peruano 03 22 Perú Ahora 00 23 Avanza País - Partido de Integración Social 00 24 Y se llama Perú 00 Votos en blanco 03 Votos nulos 04 Votos impugnados 00 Total de votos emitidos 63 Total de ciudadanos que votaron 63 Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el cómputo correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 07974 RESOLUCIÓN Nº 647-2006-JNE Expediente Nº 529-2006-APEL Lima, 28 de abril de 2006VISTO, en Audiencia Pública del 28 de abril de 2006, el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Luis Felipe Calvimontes Barrón, Personero Legal Titular de la Alianza Electoral “Unidad Nacional”,contra la Resolución Nº 923-2006-JEE/LC de fecha 20 de abril de 2006, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro; CONSIDERANDO: Que, el Jurado Nacional de Elecciones tiene como función administrar justicia en última y definitiva instancia en materia electoral, así como resolver los recursos quese interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revisión, contra ellas no procede recursoo acción de garantía alguna conforme lo señalan los artículos 142º, 178 y 181º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo 5º incisos a) y o) de laLey Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y artículo 34º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolución Nº 923-2006-JEE/LC, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro anula el Acta Electoral Nº 245092-01-H de la ciudad de Miami,país de Estados Unidos de América, continente de América, correspondiente a la elección de fórmula presidencial, observada por ser acta incompleta alno consignar el “total de ciudadanos que votaron”, que efectuada la suma de los votos consignados a favor de cada organización política participante, máslos votos en blanco, nulos e impugnados, se obtiene el total de 95; asimismo, es observada porque dicha acta no fue suscrita por el Secretario y el TercerMiembro de Mesa, incumpliendo de esta manera la formalidad expresa en la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que, el personero legal solicita se revoque la Resolución Nº 969-2006-JEE/LC y se proceda a validar el Acta Electoral Nº 245092-01-H, en razón aque la firma o huella digital de los miembros de mesa no consignada en el acta de sufragio no es motivo suficiente para ser anulada, toda vez que aquellosrequisitos sí se cumplen en una de las tres partes que conforman el Acta Electoral, siendo el tema de fondo conseguir que se respete la voluntad popularque se canaliza a través del ejercicio del derecho al voto; Que, las normas aplicables para anular el Acta Electoral se encuentran establecidas en el Reglamento del Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas para el Proceso de Elecciones Generales 2006, aprobadopor Resolución Nº 103-2006-JNE; Que, al cotejar el acta electoral del Jurado Electoral Especial de Lima Centro con el acta del JuradoNacional de Elecciones se advierte que fue registrado 95 como el “total de ciudadanos que votaron”, siendo que esta cifra sí coincide con la suma de los votosconsignados a favor de cada organización política participante, más los votos en blanco, nulos e impugnados, se obtiene un total de 95; y con respectoa la firma no consignada por el Secretario y el Tercer Miembro en el Acta de Electoral, no es causal para que ésta sea anulada; en consecuencia, no se haincurrido en ninguna causal para anular el Acta Electoral Nº 245092-01-H; Que, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Luis FelipeCalvimontes Barrón, Personero Legal Titular de la Alianza Electoral “Unidad Nacional”, en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 923-2006-JEE/LC, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro que anula el Acta Electoral Nº 245092-01-H de la ciudad de Miami, país de Estados Unidos deAmérica, continente de América. Artículo Segundo.- Considerar el Acta Electoral Nº 245092-01-H de la ciudad de Miami, país de EstadosUnidos de América, continente de América, correspondiente a la elección de fórmula presidencial, la siguiente votación: