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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G32/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de mayo de 2006 Que, el señor Ministro en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador Óscar José Ricardo Maúrtua deRomaña, participará en la Reunión de CancilleresIberoamericanos a realizarse en la ciudad de Madrid, Reinode España el día 10 de mayo de 2006, y en la IV Cumbre deJefes de Estado de América Latina y el Caribe-UniónEuropea, a realizarse en Viena, República de Austria entreel 11 y el 13 de mayo de 2006; Que, es necesario que el Ministro Alfredo Raúl Chuquihuara Chil, Director General de Gabinete del señorMinistro de Relaciones Exteriores, acompañe al señorMinistro a los referidos eventos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República;los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del ServicioDiplomático de la República, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º delDecreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio deRelaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto SupremoNº 047-2002- PCM, que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) delartículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el año fiscal 2006; y el artículo 1º del Decreto deUrgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, AlfredoChuquihuara Chil, Director General de Gabinete del señorMinistro de Relaciones Exteriores, del 9 al 13 de mayode 2006 a las ciudades de Madrid, Reino de España, yViena, República de Austria, para acompañar al señorMinistro a la Reunión de Cancilleres Iberoamericanos ya la IV Cumbre de Jefes de Estado de América Latina yel Caribe-Unión Europea respectivamente. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario serán cubiertos porel Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo rendir cuenta documentada en unplazo no mayor de quince (15) días al término de lareferida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Pasajes Viáticos Nº de Total Tarifa Apellidos US$ por día días Viáticos Aeropuerto US$ US$ Alfredo Raúl 2, 989.79 260 5+2 1,820.00 30.25 Chuquihuara Chil Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08182 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20 /G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G52/G45/G50/G45/G43/G41/G53/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G41/G56/G53/G45/G43/G2D/G43/G4C/G41/G43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2006-MTC/02 Lima, 4 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario OficialEl Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006, mediante su artículo 15º modificael inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,señalando que "quedan prohibidos los viajes al exteriorde funcionarios y servidores del Estado, exceptuándosede la presente prohibición aquellos viajes que realicenlos altos funcionarios y autoridades del Estado a que serefiere la Ley Nº 28212 y los Titulares de Pliego, asimismolos destinados al desarrollo de funciones en el marco delas negociaciones orientadas a la suscripción de losTratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú y los que resulten indispensablespara asegurar el cumplimiento de los objetivos y metasfijados para el ejercicio del Año 2006, los que seránaprobados conforme al procedimiento establecido por laLey Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, según Informe Nº 0293-2006-MTC/12, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil,comunica que entre los días 8 al 13 de mayo de 2006, sellevarán a cabo en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, laQuinta Reunión del Comité de Seguridad de la Aviación Civil- GREPECAS y la Décimo Primera Reunión del Grupo AVSEC- CLAC, habiéndose designado al señor César Matos Díaz,Jefe del Departamento de Seguridad de la Aviación Civil yMercancías Peligrosas de dicha Dirección General, debidoque se trata de reuniones que se celebran anualmente conla finalidad de hacer el seguimiento y evaluar los resultadosdel cumplimiento de las metas programadas, así comorevisar los desarrollos y actividades AVSEC a nivel regionaly mundial, por lo que el viaje resulta necesario para elcumplimiento de los objetivos y metas trazados por laDirección General de Aeronáutica Civil para el año 2006; Que, asimismo, se indica que el costo del referido viaje será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión deServicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportesy Comunicaciones y la Organización de Aviación CivilInternacional - OACI, organismo técnico de las NacionesUnidas, en observancia de la Tercera DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con lostérminos de la Autorización de Misión Nº 015-04-2006, suscritapor el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) delartículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por elartículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 002-2006,publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que "mediante Resolución del Titular delSector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual deViajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cualpormenorizará la relación de viajes al exterior defuncionarios y servidores públicos considerando que elgasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos,deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) conrelación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en elDiario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior delSector Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal2006, en el cual se encuentra incluido el viaje solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la ResoluciónMinisterial Nº 133-2006-MTC/01;