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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (05/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

NormAs leGAles El Peruano Lima, domingo 5 de noviembre de 2006 332251 Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y de Asesoría Jurídica, así como la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7, 9 y 13 del artículo 349º de la Ley General. RESUELVE: Artículo Primero.- Precísese que, las provisiones genéricas obligatorias a que hace referencia el numeral 3 del artículo 184º de la Ley General, no deben ser deducidas de los créditos directos e indirectos en el Reporte Nº 2 - Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” del Manual de Contabilidad. Asimismo, precísese que, las provisiones genéricas voluntarias, así como las provisiones específicas, deben ser deducidas en la categoría de riesgo que corresponda. Artículo Segundo.- Modificar el Reporte Nº 2 - Anexo A del Manual de Contabilidad, conforme al anexo que se adjunta a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO Modifíquese el Reporte Nº 2 - Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” del Manual de Contabilidad, conforme a lo siguiente: 1. Sustitúyase en la columna “Observaciones”, en los rubros I, II, III, IV y V, correspondiente a la denominación “Menos: Provisiones por colocaciones y contingentes ponderados por riesgo....”, lo siguiente: Corresponde a las provisiones específicas y genéricas voluntarias registradas en las cuentas 1409 y 2701 que pertenezcan a esta categoría. 2. Sustitúyase la primera línea en el numeral 2), en el rubro V, por lo siguiente: 2) Créditos en general, excepto los citados en los artículos 189º a 192º de la Ley General y préstamos subordinados Créditos brutos 3908-1 Disponen actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2006 CIRCULAR Nº G-127-2006 Lima, 2 de noviembre de 2006 ---------------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2006. ---------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período octubre - diciembre de 2006, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha norma, así como de los capitales mínimos requeridos en el esquema modular a que se refiere el artículo 290º de la Ley antes citada, según el anexo adjunto.Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ANEXO ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE OCTUBRE - DICIEMBRE DE 2006 (EN NUEVOS SOLES) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO* A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 20,704,348 2. Empresas Financieras. 10,411,869 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 941,233 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 5,552,997 5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME.941,233 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público.941,233 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 941,233 B. Empresas Especializadas 1. Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 10,411,869 2. Empresa de Arrendamiento Financiero. 3,387,328 3. Empresa de Factoring. 1,882,466 4. Empresa Afianzadora y de Garantías. 1,882,466 5. Empresa de Servicios Fiduciarios. 1,882,466 C. Bancos de Inversión 20,704,348 D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida).3,764,932 2. Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida).5,175,393 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 13,175,873 4. Empresa de Reaseguros. 8,000,480 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 3,387,328 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario.13,882,491 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito.941,233 4. Empresa de Servicios de Canje. 941,233 5. Empresa de Transferencia de Fondos. 941,233 F. Empresas en el Esquema Modular 1. Módulo 1 5,205,934 2. Módulo 2 10,411,869 3. Módulo 3 20,704,348 Índice Base : Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 - setiembre 2006: 1.38824914 * Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. 3891-1