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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de noviembre de 2006 332419 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral, Distrito Judicial de Huaura, lo que hace necesario cubrir el referido Despacho con el Fiscal que asuma provisionalmente el cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Leandra Haydeé Bonifacio Gutiérrez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 4872-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1373 - 2006-MP-FN Lima, 7 de noviembre de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, lo que hace necesario cubrir el referido Despacho con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Verónica Rivadeneyra Meléndez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Wilmer Culquicondor Merino, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 4872-2 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la adquisición de material bibliográfico para la Universidad Nacional de Trujillo UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1124-2006/UNT Trujillo, 12 de octubre de 2006Visto el expediente Nº 3347-31C, con 206 folios, presentado por la O fi cina General de Servicios Económicos y Financieros, sobre Exoneración de proceso de selección; CONSIDERANDO: Que, por con Of. Nº 1208-OGSEF-2006, el Jefe de la Ofi cina citada en el visto eleva el expediente sobre Exoneración del proceso de selección para la adquisición de material bibliográ fi co a la Fundación del Libro Universitario LIBUN; Que, por Resolución Rectoral N 0371-2005/UNT se aprobó el convenio entre la Fundación del Libro Universitario LIBUN y la UNT, con el objetivo especí fi co de posibilitar la compra venta de libros para las bibliotecas a precios menores al del mercado comercial; Que, en autos aparece la Resolución de la Asamblea Nacional de Rectores Nº 350-90-PCM, por la que resuelve declarar a la Fundación LIBUN como una entidad que forma parte de las Universidades del país, creada sobre la base del Sistema de Librerías Universitarias, con el propósito de que a través de ella, las Universidades y demás Instituciones de Educación superior e integrantes de la comunidad universitaria del país, puedan adquirir a precios de costo los libros y demás materiales e instrumental necesarios para el proceso enseñanza-aprendizaje; Que, con Of. Nº 0803-2006-UNT/OGSEF-ABAST, el Jefe de la O fi cina de Abastecimiento informa que el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre Entidades del sector público, de acuerdo a los criterios de economía establecidas en el Reglamento, asimismo, el artículo 139º del Reglamento de la citada Ley establece las condiciones para la Adquisición o Contratación en forma directa en los siguientes casos: 1) cuando resulte más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, 2) que en razón de costos de oportunidad resulte más efi ciente adquirir o contratar con otra entidad y 3) que la adquisición resulte técnicamente idónea y viable. Finalmente opina que la Fundación LIBUN que pertenece a la Asamblea Nacional de Rectores, entendida esta como una entidad pública, cumple con los criterios de economía señalados en los dispositivos legales mencionados, sugiriendo para un mayor sustento técnico legal el pronunciamiento de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; Que, en el expediente se adjuntan los informes legales Nºs. 0798, 0657 y 1116-2006-OAJ/UNT, de la O fi cina de Asuntos Jurídicos, a través de los cuales opina por la procedencia de la Exoneración del proceso de selección para la Adquisición de material bibliográ fi co a la Fundación LIBUN, por las condiciones económicas que ofrece, sustentando su opinión en lo previsto en los artículos 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y artículo 139º del Reglamento de la citada Ley; Que, asimismo, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe como procedimiento de Exoneración, que la Entidad Efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor , cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases; Que, también forma parte del expediente la Declaración Jurada presentada por el Director Ejecutivo de la Fundación del Libro Universitario LIBUN en el sentido que dicha Fundación no se encuentra inmersa en actividades empresariales, por ser una entidad constituida sin fi nes de lucro, razón por la que se encuentra inafecta a pagos de impuestos a la renta, ofreciendo así precios menores a los encontrados en el mercado; Que, con Of. Nº 944-2006-VAD-UNT, el Vicerrector Administrativo opina por la procedencia de la Exoneración solicitada y eleva el expediente para la emisión de la Resolución correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector en virtud del artículo 33º de la Ley Nº 23733 concordante con el inciso c) del artículo 196º del Estatuto vigente; SE RESUELVE: 1º.- EXONERAR del proceso de selección para la adquisición de material bibliográ fi co e invitar a la Fundación