Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2006 (10/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA del distrito de Lurigancho, el mismo que sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras que forma parte de dicho planeamiento y sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registro Publicos, conforme a los Planos signados como P-PI-2006-GODU-MDLCH, el mismo que es parte integrante de la presente Resolucion. Segundo.- DECLARAR, que el Planeamiento Integral de modulos viales, que aprueba las vias principales y secundarias del sector, cumplen con las normas para el diseno de vias locales, determinando su continuidad vial y alineamiento fisico de las parcelaciones que lo conforman correspondiendo respetar los Aportes Reglamentarios y el Sistema Vial de los procesos de Habilitacion MORDAZA que se lleven a cabo en el sector. Tercero.- Establecer que los Aportes Reglamentarios deberan ser destinados exclusivamente e integramente para recreacion publica y servicios publicos complementarios a fin de regularizar las habilitaciones urbanas del sector del Planeamiento Integral, conforme al siguiente cuadro de areas: CUADRO DE APORTES APORTE RECREACION PUBLICA EDUCACION SERPAR RENOVACION MORDAZA OTROS FINES % 34.29 2.29 2.45 1.78 9.43 AREA (m2) 228.059,20 15.274,32 16.274,32 11.853,95 62.752,88

Cuarto.- Disponer que se cumpla con la inscripcion de la presente Resolucion que aprueba el Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Ciudadana, se difunda la presente Resolucion y los planos que forman parte de MORDAZA y sus anexos. Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los interesados, a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Rentas y demas areas pertinentes de esta Corporacion MORDAZA, para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, este a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 4895-1

competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el Articulo 150º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los alcaldes, regidores, asi como los funcionarios y servidores de los gobiernos locales, tienen la obligacion a velar por el desarrollo de los procesos electorales sin interferencias ni presiones, a fin de permitir que los ciudadanos expresen sus preferencias electorales en forma autentica, espontanea y libre, dentro del MORDAZA constitucional y legal que regula la materia, asimismo los funcionarios y servidores de los gobiernos locales, cualquiera sea su condicion laboral, estan prohibidos de realizar actividad politica partidaria o electoral durante los procesos electorales en los horarios de oficina, bajo responsabilidad, igualmente, dentro de esos horarios no podran asistir a ningun comite u organizacion politica, no hacer propaganda a favor o en contra de una organizacion politica o candidato en los horarios y ocasiones indicadas; Que, mediante Oficio Nº 1685-2006-OD/CALLAO, enviado al senor MORDAZA de esta Comuna, por la Jefa de la Oficina Defensorial del Callao de la Defensoria del Pueblo, nos refiere que promoviendo el cumplimiento de las normas de neutralidad de las autoridades y funcionarios publicos durante el desarrollo de la MORDAZA electoral, sobre todo en los casos en autoridades y funcionarios que formen parte precisamente de Gobiernos Regionales y Municipales que seran renovados en las elecciones que se realizaran el proximo 19 de noviembre, por tanto remite la cartilla sobre criterios y recomendaciones para la observancia del MORDAZA de neutralidad durante las Elecciones Regionales y Municipales 2006, para efectos de ser difundido entre los funcionarios, servidores y trabajadores de la municipalidad, de esa manera contribuimos a garantizar la eficiencia y transparencia de este MORDAZA electoral; Que, en ese sentido, el Concejo Municipal a fin de no infringir las normas legales relacionadas al MORDAZA de neutralidad que debe tener presente las autoridades y funcionarios para estas Elecciones Regionales y Municipales a celebrarse en noviembre, ha visto por conveniente aprobar una directiva sobre la aplicacion del MORDAZA de neutralidad para el MORDAZA, Regidores, Funcionarios Publicos, Funcionarios de Confianza, Servidores Publicos, Servidores de Confianza y demas trabajadores que se encuentran laborando bajo cualquier MORDAZA y modalidad contractual en la Municipalidad, durante las Elecciones Regionales y Municipales; Estando a lo senalado, de conformidad con las atribuciones conferidas por el inciso 6), del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA APRUEBAN LA DIRECTIVA SOBRE APLICACION DEL MORDAZA DE NEUTRALIDAD PARA EL MORDAZA, REGIDORES, FUNCIONARIOS PUBLICOS, FUNCIONARIOS DE CONFIANZA, SERVIDORES PUBLICOS, SERVIDORES DE CONFIANZA Y DEMAS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTRAN LABORANDO BAJO CUALQUIER MORDAZA Y MODALIDAD CONTRACTUAL EN LA MUNICIPALIDAD, DURANTE LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DE NOVIEMBRE 2006 Articulo 1º.- APROBACION DE LA DIRECTIVA Por medio de la presente Ordenanza, se aprueba la Directiva sobre la aplicacion del MORDAZA de Neutralidad para el MORDAZA, Regidores, Funcionarios Publicos, Funcionarios de Confianza, Servidores Publicos, Servidores de Confianza y demas trabajadores que se encuentran laborando bajo cualquier MORDAZA y modalidad contractual dentro de la Municipalidad Distrital de La Punta, durante las Elecciones Regionales y Municipales de noviembre del 2006" Articulo 2º.- DEFINICION DE NEUTRALIDAD Es evitar el aprovechamiento de la funcion publica, de los poderes que esta confiere y los recursos publicos a favor o en perjuicio de algun candidato u opcion

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban directiva sobre aplicacion del MORDAZA de neutralidad en la municipalidad, durante las elecciones regionales y municipales de noviembre 2006
ORDENANZA Nº 021-2006-MDLP/ALC La Punta, 26 de octubre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su

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