TEXTO PAGINA: 55
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de noviembre de 2006 332553 normas establecidas para la expedición de documentos a nombre del Archivo General de la Nación, que lo obliga a cautelar el Patrimonio del Estado que se encuentra bajo su directa responsabilidad; Que, el citado ex funcionario, no ha presentado su descargo dentro del plazo previsto por Ley; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ha encontrado al procesado como responsable de las faltas que se le imputan, tipi fi cadas en el Decreto Legislativo Nº 276, Cap. V; Art. 28º incs. d), f), e i), los cuales señalan que es falta de carácter administrativo disciplinario factible de sanción el actuar con negligencia en el desempeño de sus funciones, utilizar bienes de la entidad en bene fi cio propio o de terceros y causar intencionalmente daños materiales (entre otras cosas) en la documentación y demás bienes de propiedad de la Entidad; incumplir sus deberes como servidor público previsto en el Art. 3º inc. d) del D. Leg Nº 276, el cual establece que deben desempeñar sus funciones con honestidad, e fi ciencia, laboriosidad y vocación de servicio; infringir lo dispuesto en el Art. 21º inc. a) y primera parte del inc. b) del D. Legislativo Nº 276 que señalan “cumplir personalmente y diligentemente los deberes que impone el servicio público” y “salvaguardar los intereses del Estado”; ha faltado a lo dispuesto en el Art. 129 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Cap. X de las Obligaciones y Prohibiciones de los servidores, que señala: “Los funcionarios y servidores deberán actuar con corrección y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su responsabilidad”; ha trasgredido lo dispuesto en los puntos 2 y 6, Art. 6º Principios de la Función Pública, Cap. II, de la Ley Nº 27815 Código de Ética de la Función Pública; falta a la Directiva Nº 001-2000-AGN/OTA-OP Normas de Ética para el personal del Archivo General de la Nación, que en el punto 5- Normas especi fi cas, 5.1 Lineamientos de conducta, incisos a) y f) señala: “brindar sus servicios a la institución, con lealtad, honestidad, laboriosidad, celeridad, oportunidad, diligencia, efi ciencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus funciones” y “supeditar el interés particular al interés común y a los deberes del servicio”; ha trasgredido lo dispuesto en el Manual de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, Funciones especi fi cas de la DNDAAI, en sus incisos b) y h) que señala: “certi fi car y autenticar con su fi rma y sello las copias expedidas de los documentos cuyos originales se conservan en la Dirección Nacional” y “cumplir y velar por las disposiciones de carácter técnico-administrativo que regulen el funcionamiento de los órganos a su cargo”; ha trasgredido lo dispuesto en los incisos f) y k) del Art. 25º del Reglamento de Organización y Funciones (Resolución Ministerial Nº197-93-JUS): ”expedir copias de documentos que custodia con las formalidades de Ley” y “brindar servicios de los documentos que custodia a través de copias autenticadas, constancias, búsquedas y exhibiciones”; ha trasgredido lo señalado en el Reglamento de la Ley Nº 25323 aprobado mediante D.S. Nº 008-92-JUS, Cap. II, Art. 10º inc. f) ”Defender, conservar, organizar, describir, seleccionar y servir el Patrimonio Documental de la Nación que custodia, así como cautelar los documentos públicos potencialmente integrantes del Patrimonio Documental de la Nación, con sujeción a la legislación sobre la materia”; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, considerando lo expuesto, recomienda por unanimidad se imponga la sanción disciplinaria de destitución al señor Manuel de los Ríos Álvarez; De conformidad a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Jefatural Nº 019-2003-AGN/J y la Resolución Ministerial Nº 197-93-JUS – Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; Con los visados de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Personal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- IMPONER al señor Manuel Augusto de los Ríos Álvarez, ex Director Nacional (Nivel F-5) de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación, la sanción disciplinaria de DESTITUCIÓN, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- INHABILITAR al mencionado ex funcionario, por un periodo de tres (3) años para desempeñar cargo alguno dentro de la administración Pública. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución al mencionado ex funcionario, a efecto de que cumpla con presentar su descargo en el plazo previsto por la Ley. Regístrese y comuníquese. GUIDO PÉLAEZ HIDALGO Director GeneralOfi cina Técnica Administrativa 4898-2 Rectifican la R.D. Nº 059-2006-AGN/ OTA, mediante la cual se destituyó a ex funcionario RESOLUCION DIRECTORAL Nº 063-2006-AGN/OTA Lima, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 059-2006- AGN/OTA, de fecha 11 de agosto de 2006, se impuso la sanción disciplinaria de Destitución, al señor Manuel Augusto de los Ríos Álvarez, ex Director Nacional (Nivel F-5) de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación, inhabilitándolo por un periodo de tres (3) años para desempeñar cargo alguno dentro de la Administración Pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, la Ley Nº 26488 ha modi fi cado el Artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, disponiendo que el servidor destituido no podrá reingresar al servicio público durante el término de cinco años como mínimo; Que, es pertinente recti fi car el acto administrativo precitado, siempre que no altere el sentido del mismo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Con los visados de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Personal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Recti fi car el Artículo Segundo de la Resolución Directoral Nº 059-2006-AGN/OTA, debiendo consignarse cinco (5) años como período de inhabilitación para desempeñar cargo alguno dentro de la Administración Pública, al señor Manuel Augusto de los Ríos Álvarez, ex Director Nacional (Nivel F-5) de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación. Artículo Segundo.- La mencionada resolución subsiste en sus demás extremos. Regístrese y comuníquese.RICARDO A. MOREAU HEREDIA Director GeneralOfi cina Técnica Administrativa 4898-1 INEI Autorizan realización de la “Encuesta de remuneraciones por ocupaciones específicas (EROE) en Lima Metropo-litana y en la ciudad de Trujillo”, corres-pondiente al IV trimestre 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 317-2006-INEI Lima, 31 de octubre del 2006