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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de noviembre de 2006 333480 Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS - Reglamento para la Designación de Procuradores Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado CARLOS ANCCASI CUNYA, como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Huancavelica, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado ANGEL OBDULIO GUILLINTA COTAQUISPE, como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 6136-7 PRODUCE Aprueban cambio de titular de licencia de operación para procesamiento de productos hidrobiológicos a favor de Alexandra S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 378-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 19 de octubre de 2006Visto los escritos de registro Nº CE-06855003 de fechas 3 de setiembre del 2004, 13 de junio, 23 de agosto y 22 de setiembre del 2006, registro Nº 01702001 de fecha 4 de febrero de 2005 y registro Nº 00046875 de fecha 15 de diciembre de 2005, respectivamente, presentados por ALEXANDRA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 462-94-PE del 29 de noviembre de 1994, se otorgó a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. -PESCA PERU- licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la producción de harina de pescado, en su unidad operativa 5201, ubicada en la localidad de La Planchada, distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, con una capacidad instalada de 145 t/h de procesamiento de materia prima; Que mediante Resolución Ministerial Nº 561-95-PE del 27 de setiembre de 1995, se aprobó la transferencia de la licencia de operación a favor de PESCA PERU LA PLANCHADA S.A. para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la producción de harina de pescado, en su unidad operativa 5201, ubicada en la localidad de La Planchada, distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, con una capacidad instalada de 145 t/h de procesamiento de materia prima; Que por Resolución Ministerial Nº 584-96-PE del 6 de diciembre de 1996, se aprobó la transferencia de la licencia de operación a favor de INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A., para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, para el consumo humano indirecto, con una capacidad instalada de 145 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial, ubicado en la localidad de La Planchada, distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa; Que a través de los escritos del visto, la empresa ALEXANDRA S.A.C., solicita el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A. por Resolución Ministerial Nº 462-94-PE, modi fi cada en su titularidad mediante Resolución Ministerial Nº 561-95-PE y Resolución Ministerial Nº 584-96-PE, en virtud a la Escritura Pública de Contrato de Arrendamiento de fecha 22 de febrero del 2005, de bienes muebles e inmuebles, que celebra con la empresa INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A., con fecha de vencimiento de 1 de enero de 2015, mediante la cual acredita la posesión del inmueble, como de las maquinarias y equipos que forman parte del citado establecimiento industrial pesquero; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa ALEXANDRA S.A.C., ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero a través de sus Informes Nº 349-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 6 de octubre de 2004 y Nº 257-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 19 de agosto de 2005 y con la opinión favorable del Área Legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43º inciso d), 45º y 46º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, los artículos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a la empresa INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 462-94-PE, modi fi cada en su titularidad mediante Resolución Ministerial Nº 561-95-PE y Resolución Ministerial Nº 584-96-PE, a favor de ALEXANDRA S.A.C., hasta el 1 de enero de 2015, según el Contrato de Arrendamiento celebrado con la empresa INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A., para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de una planta de harina de pescado convencional, con una capacidad de 145 t/h de procesamiento de materia prima, instalada en el establecimiento industrial pesquero ubicado a la altura de los Kms 750 y 754 de la Panamericana Sur, en la localidad de La Planchada, distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa. Artículo 2º .- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operación otorgada por Resolución Ministerial Nº 584-96-PE a INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A. Artículo 3º .- ALEXANDRA S.A.C., deberá operar su planta de harina de pescado, observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, así como ejecutar las medidas de mitigación contenidas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, cali fi cado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente a través del O fi cio Nº 589-95- PE/DIREMA de fecha 10 de agosto de 1995. Artículo 4º .- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 5º .- Incorporar a ALEXANDRA S.A.C. en el anexo IV - B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de la licencia para la operación de la planta de harina de pescado, excluyendo a la empresa INDUSTRIAL PESQUERA ILO S.A. de dicho anexo. Artículo 6º .- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control