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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328202El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales,se identificó el terreno de 4´598 874,50 m², ubicado frenteal Océano Pacífico, conformado por el lado oeste del cerro Chimbote, en la jurisdicción de los distritos de Coishco y Chimbote, provincia Del Santa y departamentode Ancash; Que, realizadas las inspecciones técnicas de fechas 3 de mayo de 2004 y 26 de mayo de 2006, se constatóque el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografía accidentada, encontrándose desocupado y libre de edificación; Que, mediante Certificados de Búsqueda Catastral expedidos por la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz - Oficina Registral de Chimbote, de fechas 5 de setiembrede 2005 y 8 de agosto de 2006, emitidos sobre la base de los Informes Técnicos Nºs. 1099-2005-Z.R.NºVII/ JEFCAT y 1443-2006-Z.R.NºVII/JEFCAT, respecti-vamente, se informó que el predio de 4´598 874,50m², no se superpone con predios inscritos en eseregistro; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF , señala que losterrenos eriazos o ribereños se consideran bienes depropiedad estatal, por lo que corresponde tramitar laprimera inscripción de dominio a favor del Estado delterreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Artículo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativosde los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado porDecreto Supremo Nº 154-2001-EF , modificado porDecreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificadapor la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada porResolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/ SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia de Bienes Nacionales", facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificarlos terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad deincorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556,Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto deUrgencia Nº 071-2001, el "Estatuto de la Superintendenciade Bienes Nacionales", aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF , y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , "Reglamento General de Procedimientos Administrativosde los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por losDecretos Supremos Nº 107-2003-EF y Decreto SupremoNº 042-2006-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0017-2006/SBN-GO-JAR de fecha 15 de febrero de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4´598 874,50 m², ubicado frente al Océano Pacífico,conformado por el lado oeste del cerro Chimbote, en lajurisdicción de los distritos de Coishco y Chimbote,provincia Del Santa, departamento de Ancash, segúnlos documentos técnicos que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz - Oficina Registral de Chimbote de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos, por el mérito de lapresente Resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en elartículo precedente en el Registro de Predios deChimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA ALCIRA CERRON BALDEON Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 02083-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 117-2006/SBN-GO-JAR La Molina, 8 de setiembre de 2006 Visto el Expediente Nº 138-2005/SBN-JAR, correspondiente a la inscripción en primera de dominio afavor del Estado del terreno eriazo de 4´088 997,82 m²ubicado al oeste del Centro Poblado Menor "Cambio Puente" y conformado por parte del lado este del cerro "Tambo Real", en la jurisdicción de los distritos deChimbote y Santa, provincia Del Santa, departamentode Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económicode los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando surentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales,se identificó el terreno de 4´088 997,82 m², ubicado aloeste del Centro Poblado Menor "Cambio Puente" yconformado por parte del lado este del cerro "Tambo Real", en la jurisdicción de los distritos de Chimbote y Santa, provincia Del Santa y departamento de Ancash,que se encuentra libre de inscripción registral; Que, realizadas las inspecciones técnicas de fechas 1 de abril de 2005 y 25 de mayo de 2006, se constatóque el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografía ondulada y suelo arenoso; Que, mediante Certificados de Búsqueda Catastral expedidos por la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz -Oficina Registral de Chimbote, de fechas 5 de setiembrede 2005 y 8 de agosto de 2006, emitidos sobre la basede los Informes Técnicos Nºs. 1098-2005-Z.R.NºVII/ JEFCAT y 1442-2006-Z.R.NºVII/JEFCAT, respecti- vamente, se informó que el predio de 4´088 997,82m² no se superpone con predios inscritos en eseregistro; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF , señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes depropiedad estatal, por lo que corresponde tramitar laprimera inscripción de dominio a favor del Estado delterreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3ºdel Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Artículo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado porDecreto Supremo Nº 154-2001-EF , modificado porDecreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de laprimera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada porResolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificarlos terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de