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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343359 la Gerencia de Planeamiento Estratégico, la elaboración del procedimiento, determinación del valor del derecho y la gestión para su inclusión en el TUPA vigente. Sexta.- Modifíquese el Código correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Urbano del Cuadro de Infracciones y Sanciones que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad conforme al siguiente texto: INFRACCIÓN: Por abandonar vehículo operativo o no, chasis, carrocería, chatarra o autoparte en la vía pública, zona de estacionamiento público, berma, parque, jardín, y áreas libres por más de 30 días. -SANCIÓN % UIT U: - 10% de UIT -OTRO PARÁMETRO-SANCIONES: - Multa - Internamiento del vehículo-BASE LEGAL: - Ley Nº 27972 – Art. 46º Sétima.- Transcríbase la presente Ordenanza a la Policía Nacional del Perú para que preste el apoyo necesario para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 47173-1 Aprueban programa de premiación a fin de incentivar y promover el cumplimiento de obligaciones tributarias ORDENANZA N° 239-2007/MDB-CDB Breña, 29 de marzo del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de marzo del 2007, Informe N° 019-2007-GM/MDB referente a Proyecto de Ordenanza que otorga incentivo al contribuyente que se encuentra al día en sus pagos. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional publicada el 4 de octubre del 2005, establece en el artículo 194° que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, dispone que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Que, muchos de los contribuyentes del distrito de Breña han expresado su voluntad de regularizar su situación legal ante nuestra Institución Edil, la misma que tiene como política otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, atendiendo la actual coyuntura económica del país, a efectos de que puedan cumplir con sus obligaciones de carácter tributario. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA DE INCENTIVOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA Artículo 1º.- OBJETIVO: Aprobar el programa de premiación que incentive y promueva el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de sorteos entre los contribuyentes del distrito de Breña que cumplan con cancelar el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2007 en sus vencimientos tanto trimestral como mensual respectivamente. Artículo 2º.- SUJETOS COMPRENDIDOS: Participarán en este sorteo todas las personas naturales que se encuentren al día en el pago de sus tributos (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) a la fecha de la publicación de la Ordenanza. Los participantes en este sorteo integrarán el “Padrón de Contribuyentes del Sorteo” debidamente veri fi cado por la Subgerencia de Operaciones y la Subgerencia de Estadística e Informática. A efectos de elaborar el “Padrón de Contribuyentes del Sorteo” se tomará en cuenta el código de contribuyente a fi n de poder identi fi car a los participantes. Los contribuyentes participarán en el sorteo sin más requisito que encontrarse en el “Padrón de Contribuyentes del Sorteo” y para ser bene fi ciario de los premios no se requiere su presencia en el acto de sorteo público, en cuyo caso previa acta suscrita por el Notario Público se dejará constancia de los contribuyentes bene fi ciados. La Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones y la Subgerencia de Estadística e Informática serán las responsables de la difusión del Sistema de Sorteos y Promociones a través de los medios de prensa y de la página web de la Municipalidad. Artículo 3º.- VIGENCIA Y PERIODICIDAD DEL BENEFICIO: La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- DE LOS INCENTIVOS (SORTEO) DESTINADO A LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES: El programa de incentivos (sorteo) se fi nanciará con la recaudación obtenida por concepto de Impuesto Predial y arbitrios municipales, importe que no excederá del 2.5% de la misma. La Subgerencia de Tesorería informará a la Gerencia de Administración y Finanzas el monto recaudado que será destinado a dicho programa de incentivos. Artículo 5º.- PUBLICIDAD DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES DEL SORTEO: El Padrón de contribuyentes del Sorteo se publicará en la página Web de la Municipalidad durante 7 días antes de la realización del sorteo. Artículo 6º.- DE LA REALIZACIÓN DEL SORTEO:El sorteo se realizará en la segunda semana posterior al término del trimestre y tendrá lugar en acto público con la presencia del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña o de su representante, de un notario público y un representante del Ministerio del Interior. El sorteo se efectuará mediante un sistema que garantice la elección al azar. Artículo 7º.- PREMIO A OTORGARSE: Se sortearán objetos varios. La relación de premios a entregarse serán debidamente comunicados en fechas cercanas al sorteo en las o fi cinas de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a través del portal de la Municipalidad. Dichos premios serán adquiridos y custodiados por la Subgerencia de Logística hasta la fecha de realización del sorteo, luego de lo cual serán entregados a la Gerencia de Administración y Finanzas para que proceda a la entrega de los premios a los ganadores del sorteo que se encuentren presentes. Artículo 8º.- ENTREGA DE LOS PREMIOS:Los premios se entregarán solamente dentro del mes siguiente de realizado el sorteo, debiendo publicarse los resultados en la página web de la municipalidad y en un diario de circulación local. En caso en que no se encuentren presentes los ganadores al momento de realizado el sorteo, la entrega se realizará en las o fi cinas de la Gerencia de Administración y Finanzas sito en avenida Arica Nº 500 - Breña, a los ganadores o a la persona que acredite su representación mediante una carta poder legalizada, debiendo suscribirse la correspondiente acta de entrega. La Gerencia de Administración y Finanzas deberá remitir copia del acta a Secretaría General y a la Gerencia Municipal, para su supervisión. Los premios no recogidos serán donados a los contribuyentes que el Concejo Municipal estime conveniente.