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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343355 elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de las entidades de la Administración Pública” y demás normas. El diseño organizacional propuesto es para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y calidad de vida de los agricultores en el ámbito departamental, así como el logro de sus objetivos y metas de la Dirección Regional Agraria; Que, el Informe Legal Nº 025-2007-GRSM/ORAL, de fecha 23 de enero del presente año, la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorable la aprobación del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA, de la Dirección Regional Agraria de San Martín; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos institucionales; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de marzo del presente año, y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; se aprobó por unanimidad lo siguiente: EN CONSECUENCIA:El Consejo Regional de San Martín, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Dirección Regional Agraria de San Martín, el mismo que consta de veintisiete (27) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: AUTORIZAR, a la abogada Sandra Villafuerte Vela, secretaria del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario O fi cial El Peruano, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente Regional 46428-2 Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Dirección Regional de La Producción ORDENANZA REGIONAL N° 008-2007-GRSM/CR Moyobamba, 29 de marzo del 2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias por Ley N° 27902 y Ley N° 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín y demás normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de la Producción de San Martín, está elaborado en función a lo dispuesto en los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y demás normas que lo complementan, por lo tanto tiene validez jurídica para su propósito, instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la protección de interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico; Que, con O fi cio Nº 006-2007-GRSM/DIREPRO, la Dirección Regional de la Producción de San Martín, solicita la aprobación de su nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA para lo cual, ha remitido su proyecto reformulado, incluyendo nuevos procedimientos y adecuando los costos por derecho de trámite a la Unidad Impositiva Tributaria; Que, la Subgerencia de Racionalización, ha revisado la formulación del mismo y ha encontrado que se encuentra con arreglo a Ley, por lo que, de conformidad a lo establecido por el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, toda modi fi cación al TUPA, debe ser aprobado con la norma de igual jerarquía de la que inicialmente se aprobó; Que, con Informe Legal Nº 023-2007-GRSM/ORAL, de fecha 22 de enero del presente año, la O fi cina Regional de Asesoría Legal opina favorable la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – (TUPA) de la Dirección Regional de la Producción de San Martín; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos Institucionales; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de marzo del presente año, y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: EN CONSECUENCIAEl Consejo Regional de San Martín, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de La Producción, que en catorce (14) Folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Abogada Sandra Villafuerte Vela, secretaria del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario O fi cial El Peruano, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente Regional 46428-3