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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343353 de seguridad para el tránsito vehicular y peatonal; en consecuencia, se recomienda de manera inmediata la construcción de un Puente de fi nitivo sobre el Río Semuya, a fi n de salvaguardar la vida de los pobladores que transitan por el indicado Puente, ya que no es estable y se encuentra en riesgo de colapsar. Que, en atención a lo descrito en el Informe proveniente de la Subgerencia de Defensa Civil y teniéndose presente que el inicio de la ejecución de la Obra, se encuentra programada para el día nueve (9) de abril, debiéndose contar para ello con los Bienes y Servicios necesarios para su ejecución, deviene en necesario, la aplicación del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dispositivo que establece lo siguiente: Están exonerados de los procesos de selección las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen: “c) En Situación de Emergencia o de Desabastecimiento Inminente declaradas de conformidad con la presente Ley” , entendiéndose así, por Situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta al Gobierno Regional a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda, de conformidad a lo estipulado por el Art. 21º del mismo Dispositivo Legal. Que, en consecuencia, estando a todo lo ya expresado en el presente Informe, en consideración a los Informes Técnicos que obran en el expediente, resulta necesario la Exoneración de los Procesos de Selección para la Contratación y Servicios de Materiales para la Ejecución de la Obra: “SUSTITUCIÓN DEL PUENTE SEMUYA DEL DISTRITO DE HONORIA”, por cuanto es la mejor medida que puede adoptar el Gobierno Regional Huánuco, a fi n de salvaguardar los servicios esenciales o las aclaraciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, debiendo en este sentido cumplirse con la documentación exigida en el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con los Artículos 146º y 147º del Reglamento, aprobado por D. S. Nº 084-2004-PCM, dispositivos que establecen que: Las Adquisiciones y Contrataciones exoneradas de los Procesos de Selección, deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; para el caso de los Gobiernos Regionales deberán ser aprobados por Acuerdo del Consejo Regional, cuya facultad es indelegable. Esta Resolución o Acuerdo requiere obligatoriamente de un Informe Técnico – Legal previo, que contenga la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiendo publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles a su emisión, adicionalmente deberá publicarse a través del SEACE, correspondiendo además remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y el Informe que los sustenta dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, la Exoneración de los Procesos de Selección para la Contratación de Servicios y Materiales, por Situación de Desabastecimiento Inminente, para la ejecución de la Obra: “SUSTITUCIÓN DEL PUENTE SEMUYA DEL DISTRITO DE HONORIA, en merito a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de conformidad a lo establecido en el Artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Artículo Tercero.- RECOMENDAR, a la parte ejecutiva el estricto cumplimiento de lo establecido en el artículo 148º del referido Reglamento para el procedimiento de la adquisición Exonerada del Proceso de Selección. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo al CONSUCODE, Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Infraestructura, Órgano de Control Institucional y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco e interesados para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 47542-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Reglamento con la Progra- mación del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional correspondiente al año 2008 ORDENANZA REGIONAL N° 006-2007-GRSM/CR Moyobamba, 29 de marzo del 2007.POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modi fi catorias y el Instructivo Nº 001- 2007-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el período 2008-2011, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 2º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derechos público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su Administración económica y Financiera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 27858, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso y precisando que, el proceso de modernización de la Gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, creó el Consejo Nacional de Descentralización, como organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, en calidad de ente director y conductor del proceso de descentralización; Que, en el numeral 1), del artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos regionales y su modi fi catoria Leyes Nºs. 27902 y 28013, establece que la gestión de los Gobiernos Regionales se rige, entre otros, por el principio de la participación debiendo desarrollar y hacer uso de instancias y estrategias de participación ciudadana en las fases de formulación, seguimiento, fi scalización y evaluación de la gestión del Gobierno