Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de seguridad para el MORDAZA vehicular y peatonal; en consecuencia, se recomienda de manera inmediata la construccion de un MORDAZA definitivo sobre el Rio Semuya, a fin de salvaguardar la MORDAZA de los pobladores que transitan por el indicado MORDAZA, ya que no es estable y se encuentra en riesgo de colapsar. Que, en atencion a lo descrito en el Informe proveniente de la Subgerencia de Defensa Civil y teniendose presente que el inicio de la ejecucion de la Obra, se encuentra programada para el dia nueve (9) de MORDAZA, debiendose contar para ello con los Bienes y Servicios necesarios para su ejecucion, deviene en necesario, la aplicacion del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dispositivo que establece lo siguiente: Estan exonerados de los procesos de seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen: "c) En Situacion de Emergencia o de Desabastecimiento Inminente declaradas de conformidad con la presente Ley", entendiendose asi, por Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta al Gobierno Regional a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda, de conformidad a lo estipulado por el Art. 21º del mismo Dispositivo Legal. Que, en consecuencia, estando a todo lo ya expresado en el presente Informe, en consideracion a los Informes Tecnicos que obran en el expediente, resulta necesario la Exoneracion de los Procesos de Seleccion para la Contratacion y Servicios de Materiales para la Ejecucion de la Obra: "SUSTITUCION DEL MORDAZA SEMUYA DEL DISTRITO DE HONORIA", por cuanto es la mejor medida que puede adoptar el Gobierno Regional MORDAZA, a fin de salvaguardar los servicios esenciales o las aclaraciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, debiendo en este sentido cumplirse con la documentacion exigida en el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con los Articulos 146º y 147º del Reglamento, aprobado por D. S. Nº 084-2004-PCM, dispositivos que establecen que: Las Adquisiciones y Contrataciones exoneradas de los Procesos de Seleccion, deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; para el caso de los Gobiernos Regionales deberan ser aprobados por Acuerdo del Consejo Regional, cuya facultad es indelegable. Esta Resolucion o Acuerdo requiere obligatoriamente de un Informe Tecnico ­ Legal previo, que contenga la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles a su emision, adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE, correspondiendo ademas remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y el Informe que los sustenta dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el articulo 39º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion de los Procesos de Seleccion para la Contratacion de Servicios y Materiales, por Situacion de Desabastecimiento Inminente, para la ejecucion de la Obra: "SUSTITUCION DEL MORDAZA SEMUYA DEL DISTRITO DE MORDAZA, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de conformidad a lo establecido en el Articulo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Articulo Tercero.- RECOMENDAR, a la parte ejecutiva el estricto cumplimiento de lo establecido en el articulo

148º del referido Reglamento para el procedimiento de la adquisicion Exonerada del MORDAZA de Seleccion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo al CONSUCODE, Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Infraestructura, Organo de Control Institucional y demas Organos Estructurados del Gobierno Regional MORDAZA e interesados para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento con la Programacion del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional correspondiente al ano 2008
ORDENANZA REGIONAL N° 006-2007-GRSM/CR Moyobamba, 29 de marzo del 2007. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y disposiciones complementarias y modificatorias y el Instructivo Nº 0012007-EF/76.01, Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el periodo 2008-2011, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 2º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derechos publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su Administracion economica y Financiera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 27858, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho MORDAZA y precisando que, el MORDAZA de modernizacion de la Gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, creo el Consejo Nacional de Descentralizacion, como organismo publico adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, en calidad de ente director y conductor del MORDAZA de descentralizacion; Que, en el numeral 1), del articulo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos regionales y su modificatoria Leyes Nºs. 27902 y 28013, establece que la gestion de los Gobiernos Regionales se rige, entre otros, por el MORDAZA de la participacion debiendo desarrollar y hacer uso de instancias y estrategias de participacion ciudadana en las fases de formulacion, seguimiento, fiscalizacion y evaluacion de la gestion del Gobierno

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