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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2007 343449 Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867; artículo 61º de la Ley General del Ambiente aprobada por Ley Nº 28611; artículo 17º de la Ley Marco de Gestión Ambiental aprobada por 28245; los artículos 29º y 30º del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. Estando las facultades concedidas al Presidente del Gobierno Regional por el inciso 4to del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2006- Región Callao-CR. DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar a cuatro (4) años el plazo previsto en el Artículo Sexto del Decreto Regional Nº 002-2004-Región Callao/PR, para el cumplimiento de los objetivos planificados del Grupo Técnico Regional para la Prevención, Reducción y Control de la Intoxicación por Plomo en el Callao, en el marco del Sistema Regional de Gestión Ambiental, debiendo de presentar a la CAR Callao y al Gobierno Regional un informe trimestral y un informe final al terminar su gestión. Artículo Segundo.- Designar como Secretaría Técnica del Grupo Técnico Regional creado por Decreto Regional Nº 002-2004-Región Callao-PR, a la O fi cina de Areas Protegidas y Medio Ambiente – OAPYMA de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao la misma que tiene como función convocar y dirigir al Grupo Técnico Regional siendo el plazo previsto para el cumplimiento de los objetivos plani fi cados de 4 años a partir de la fecha de instalación de dicho Grupo Técnico. Artículo Tercero.- Agradecer a la Dirección Regional de Salud del Callao por su diligente y responsable desempeño como Secretaría Técnica del Grupo Técnico Regional creado por Decreto Regional Nº 002-2004-Región Callao/PR. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 48402-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Modifican Estructura Orgánica, Organigrama y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 237-2007/MDB-CDB Breña, 29 de marzo del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑAVISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo del 29 de marzo del 2007 , Informe Nº 055-A-2007-GPP/MDB y , CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas;Que mediante Ordenanza Nº 232-2007/MDB-CDB de fecha 1 de marzo del 2007, se aprobó la modi fi cación de la Ordenanza Nº 229-2007/MDB de fecha 25 de enero del 2007 que aprueba la nueva ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA, de acuerdo al Informe Nº 008-2007-GM/MDB de la Gerencia Municipal y FUSIONAR la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, Subgerencia de Participación Vecinal, Subgerencia de Desarrollo Humano, en una sola denominada SUBGERENCIA DE DESARROLLO HUMANO dependiente de la Gerencia de Servicios Sociales. Que mediante Informe Técnico Nº 055-A-2007-GPP/ MDB de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que se requiere elevar el nivel jerárquico de las funciones de Seguridad Ciudadana a fi n de darle mayor importancia y relieve a este sistema en el ámbito local y en aras de consolidar y brindar un mejor servicio a la Comunidad para ello se propugna que se debe establecer la Gerencia de Seguridad Ciudadana al nivel jerárquico de las otras Gerencias de línea de la actual estructura orgánica, principalmente por ser un sistema independiente de los demás. Que la Ley Nº 27972 en su Artículo 85º. Establece que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana. Que la Ley Nº 27238 - Ley General de la Policía Nacional en su Artículo 70º. Señala que la Policía garantiza la seguridad ciudadana, capacita a la Comunidad en esta materia . Asimismo para efectos de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana esta en función al estado, tiene que ser fortalecida a todo nivel a favor de la ciudadanía para asegurar su convivencia pacifi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pacifi ca de las vías y espacio público. Del mismo modo contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas, para ello es necesario contar con la logística necesaria al más alto nivel Institucional a fi n de lograr los resultados que la población espera, como consecuencia de esta modi fi cación se deberá establecer la Subgerencia de Serenazgo como unidad especializada para el control de las acciones de Seguridad dentro de este órgano de línea en el mismo sentido esta modi fi cación conlleva la modi fi cación y adecuación del R.O.F. aprobado mediante Ordenanza No. 232-2007/MDB. Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 3), de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza Nº 232-2007/MDB-CDB de fecha 1 de marzo del 2007 que aprueba la nueva ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA, de acuerdo al Informe Nº 055-A-2007-GPP/MDB de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto en cuanto a que la Subgerencia de Seguridad Ciudadana se independiza de la Gerencia de Servicios a la Ciudad con la denominación de Gerencia de Seguridad Ciudadana quien tendrá a su cargo la Subgerencia de Serenazgo. Artículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza Nº 230-2007/MDB-CDB de fecha 9 de febrero del 2007, a su vez modi fi cada por la Ordenanza Nº 232-2007/MDB-CDB de fecha 1 de marzo del 2007, que Aprueba el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Breña y ENCARGAR a la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa al Nuevo Reglamento de Organización y Funciones –ROF, en cuanto a establecer la Gerencia de Seguridad Ciudadana al nivel jerárquico de las otras Gerencias de Línea, quien tendrá a su cargo la Subgerencia de Serenazgo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, bajo responsabilidad y a la Secretaria General noti fi car la presente Ordenanza a las Gerencias, Subgerencias y Unidades para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde