Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2007 (17/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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que se publique en el SEACE; asimismo, encargarle que remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147° de su Reglamento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA LOZAN MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 96823-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Precisan pagos que deberan abonar los administrados por concepto de derechos administrativos hasta que se apruebe Ordenanza relativa a licencia de funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 Ate, 14 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTA la Ordenanza Nº 159/MDA por la cual se Regula el Procedimiento de Autorizacion Municipal vinculados al Funcionamiento de Establecimientos en el Distrito de Ate, el Informe Nº 344-2007-SGC-GDE/MDA de la Sub Gerencia de Comercializacion, el Informe Nº 1162-2007OGAJ/MDA de la Oficina General de Asesoria Juridica, el Memorando Nº 1092-2007-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO : Que, mediante Ordenanza Nº 159/MDA, publicada con fecha 4 de agosto del 2007, se Regulan los Procedimientos de Autorizacion Municipal vinculados al funcionamiento de Establecimientos en el Distrito de Ate, en adecuacion a las disposiciones contenidas en la Ley MORDAZA de Licencias de Funcionamiento, Ley Nº 28976. Que, en la referida Ordenanza Municipal se establecio ademas en su Art. 28º que para el caso del grupo 1 y 2 las Tasas por concepto de Inspeccion Tecnica se regiran de acuerdo al D.S Nº 013-2000PCM y sus Normas modificatorias, hasta tanto se de cumplimiento a lo establecido en la Sexta Disposicion Final Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 28976, en virtud de lo cual la Municipalidad Distrital procedera a su adecuacion conforme al MORDAZA Reglamento de Implementacion Tecnica aprobado, reglamento este que fuera publicado recien el 05 de agosto del 2007. Que, en la Sexta Disposicion Final y Complementaria del acotado Cuerpo Legal se Faculto al Senor MORDAZA a dictar las disposiciones Reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Que, en dicho MORDAZA Normativo no se MORDAZA lo referente al pago, que por concepto de Derechos Administrativos, debian abonar los Administrados por el Procedimiento de Obtencion de Licencia de Funcionamiento Municipal, en cuyo caso ademas debe incluirse el pago de Derechos referente a Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por INDECI, conforme a su competencia. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; establece en su Art. 36º, Numeral 36.1, que los Procedimientos, Requisitos y Costos Administrativos se establecen exclusivamente mediante MORDAZA de Mayor Jerarquia (Ordenanza Municipal). Dichos Procedimientos

deben ser comprendidos y sistematizados en el MORDAZA aprobado por cada Entidad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, publicado con fecha 5 de agosto del 2007, se Aprobo el MORDAZA Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, en el cual se establecio en su Art. 39º las Tasas que por concepto de Inspecciones Tecnicas de Defensa Civil se aplicaran en porcentajes de UIT vigente conforme al MORDAZA (Basica Ex Post y Basica Ex Ante), conforme al criterio Normado en la Ley MORDAZA de Licencias de Funcionamiento (hasta 100 m2 y de 101 a mas). Que, mediante Ordenanza Nº 051/MDA, publicado el 26 de marzo del 2004, ratificado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 239/MML, de fecha 16 de octubre del 2005, se Aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Ate, en el cual se establece en el Numeral 1), de los procedimientos llevados a cabo por la Sub Gerencia de Comercializacion para la obtencion de Licencia de Funcionamiento Municipal (Definitiva ), que se debera abonar el pago correspondiente al Derecho Municipal, por concepto de Tramite Administrativo. Que, es necesario precisar que los pagos por concepto de Derechos Administrativos que deberan abonar los Administrados, hasta tanto no se apruebe la Ordenanza Municipal que establezca dichos costos conforme a Ley, sera aquel que se encuentra incluido en el Numeral 1, referido al tramite de Licencia de Funcionamiento Definitiva, correspondiente a los Procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA ) vigente y aprobado por Ordenanza Nº 051/MDA, al cual se le adicionara el pago debidamente aprobado y establecido en el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, referidos a las Inspecciones Tecnicas Basica de Defensa Civil, segun corresponda, lo cual podra indicarse mediante una MORDAZA Reglamentaria conforme a la facultad establecida en la Sexta Disposicion Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 159/MDA . Que, mediante Memorando Nº 1092-2007-GM/MDA la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolucion de Alcaldia correspondiente, conforme al Informe Nº 116207-OGAJ/MDA de la Oficina General de Asesoria Juridica y se proceda a su publicacion. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRECISAR, que el Pago que por concepto de Derechos Administrativos deberan abonar los Administrados, hasta tanto no se apruebe la Ordenanza Municipal que establezca dichos costos, conforme a Ley, sera aquel que se encuentra incluido en el Numeral 1, referido al tramite de Licencia de Funcionamiento Definitiva, correspondiente a los Procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente y aprobado por Ordenanza Nº 051/MDA, al cual se adicionara el pago debidamente aprobado y establecido en el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, referidos a las Inspecciones Tecnicas Basica de Defensa Civil, segun corresponda. Articulo 2º.- DISPONGASE la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Desarrollo Economico, Sub Gerencia de Comercializacion y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 97374-1

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