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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2007 359187 2.5.- Condonación de los montos correspondientes a deudas No Tributarias: Multas Administrativas, Papeletas de Sanción y Resoluciones de Sanción pendientes de pago, en un setenta por ciento (70%) cualquiera sea su fecha de emisión. Estos benefi cios alcanzan a todos aquellos contribuyentes y/o administrados que cumplan con cancelar cualquiera de los periodos trimestrales adeudados, en el caso de los tributos municipales; y de aquellas Multas Administrativas impuestas, en el caso de obligaciones no tributarias. Artículo 3º.- El plazo para acogerse a los benefi cios descritos en el artículo precedente vencerá el día 21 de diciembre del 2007. Concluido dicho plazo, se actualizará la deuda correspondiente, se perderá la reducción y condonación prevista para cada uno de los casos y se generarán los intereses y reajustes correspondientes. Artículo 4º.- El presente benefi cio alcanza a las deudas que se encuentren en Cobranza Coactiva, exceptuándose la condonación de costas procesales por procedimiento coactivo, a aquellos procedimientos en los cuales se haya efectuado la designación de peritos dentro del procedimiento de remate de bienes. Artículo 5º.- Los contribuyentes y/o administrados que mantengan pendientes convenios de fraccionamiento a la fecha de vigencia del presente benefi cio, podrán solicitar el quiebre del mismo aplicándose los benefi cios de condonación previstos en el artículo 2º según correspondan. Artículo 6º.- El pago de la deuda No Tributaria contenida en las Multas Administrativas, Papeletas de Sanción y Resoluciones de Sanción, no exime a los infractores de cumplir con regularizar la infracción incurrida, ni de la aplicación de sanciones por reincidencia o continuidad. Artículo 7º.- Para acogerse a los benefi cios previstos mediante la presente ordenanza, constituye requisito que el contribuyente o administrado presente el desistimiento de los recursos impugnativos en trámite que tuviera respecto de la deuda materia de acogimiento, sean de reclamación o apelación por deuda tributaria, reconsideración o apelación por deuda no tributaria, o los procesos judiciales iniciados por dichas deudas. Para tal efecto, deberá presentar en Mesa de Partes del municipio, la correspondiente solicitud de desistimiento del procedimiento administrativo impugnativo, con los formatos que proporcione la Gerencia de Rentas, copia del documento de identidad respectivo. En caso de representación, se exigirán los requisitos previstos en la Ley General de Procedimientos Administrativos – Ley Nº 27444. Tratándose de procesos judiciales en trámite, deberá presentar copia del escrito de desistimiento ingresado ante el Poder Judicial. La no presentación del desistimiento formal en los casos previstos en el párrafo que precede, dejará sin efecto el benefi cio previsto en la presente ordenanza, considerándose los pagos efectuados como pagos a cuenta. Artículo 8º.- La reducción sobre los montos insolutos prevista en el Artículo 2º, numeral 2.4 de la presente ordenanza se aplicará sobre el 30% de descuento por Benefi cio de Pronto Pago de Parques y Jardines específi camente en el uso de Casa-Habitación previsto en la Ordenanza Nº 060-MDSL, y sobre los benefi cios de descuento del 4% al 8% concedidos por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 052-MDSL. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, a partir del cual se publicará en la página web de la Municipalidad de San Luis. Segunda.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue por única vez y que no exceda del ejercicio 2007 el plazo previsto y dicte las disposiciones complementarias para la mejor ejecución de la presente Ordenanza, poniendo en conocimiento al Concejo Municipal de la prórroga efectuada. Tercera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Informática y la SUPERVISIÓN a la Gerencia de Municipal, y la DIFUSIÓN de las presentes disposiciones a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 140190-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 616-2007/MDSMP San Martín de Porres, 27 de noviembre del 2007VISTOS: el Acta Nº 058-2007 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 157-2006-OCI/MDSMP recepcionado en el Despacho de Alcaldía el 27 de noviembre del 2006 el Gerente del Órgano de Control Institucional pone en conocimiento que el 8 de abril del 2006 se publicó el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución Directoral Nº 006-2006-EF/93.01 conteniendo la relación de Entidades omisas a la remisión de información para la elaboración de la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio 2005 y de las que presentaron la información en forma inconsistente y/o incompleta, fi gurando la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres como omisa por presentar información incompleta; Que, mediante Ofi cio Nº 176-2006-ALC/MDSMP recepcionado en la Contaduría Pública de la Nación el 31 de marzo del 2006 se remitió la Información Financiera, Presupuestaria e Información Complementaria del ejercicio 2005 de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres de acuerdo al Instructivo Nº 023-2004-EF/93.11 aprobado por Resolución de Contaduría Nº 178-2004-EF/93.01; Que, mediante Ofi cio Nº 010-2006-EF/93.02 de fecha 25 de abril del 2006 la Dirección Nacional de Contabilidad Pública pone en conocimiento de la Municipalidad que la información presentada fue objeto de revisión y análisis determinándose como información incompleta al no efectuar su transmisión a través del Sistema Integrado de Administración Financiera, además de presentar observaciones que se detallan en el Anexo adjunto a dicho Ofi cio, lo que ha dado lugar a que se considere a la entidad como omisa, por lo que solicita se adopten las acciones necesarias a fi n de regularizar las mismas, y posteriormente se remita la información al referido órgano para su inclusión en la Cuenta General de la República; Que, mediante Ofi cio Nº 015-2006-GAF/MDSMP recepcionado en la Contaduría Pública de la Nación el 2 de mayo del 2006 se entregó la Información Financiera y Presupuestaria e Información Complementaria del ejercicio 2005, comunicándose que la transmisión de la información ha sido efectuada y que a su vez se han levantado las observaciones señaladas en el Ofi cio Nº 010-2006-EF/M/93.01; Que, mediante Ofi cio Nº 168-2006-EF793.14 de fecha 05.08.06 la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas pone en conocimiento de la Municipalidad de San Martín de Porres que mediante Ofi cio Nº 010-2006-EF/93.02 se comunicó la situación de omisa, recibiendo posteriormente la información Financiera y Presupuestaria con Ofi cio Nº 015-2006-GAF/MDSMP que fue integrada en la Cuenta General de la República 2005;