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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2007 359183 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfi ca de las propiedades que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi có un terreno de 20 000,00 m², ubicado a la altura del Kilómetro 408+176, margen derecha de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 1627-2007/Z.R.NºXI-JZ, la Zona Registral Nº XI - Sede Ica remite el Informe Técnico Nº 1109-2007-ZR-XI/CP-Nasca, en el cual se concluye que el predio sub materia no se superpone con propiedad de terceros ni del Estado, que se encuentre digitalizado en la base gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 23 de enero de 2007 se constató que el citado terreno es de naturaleza eriaza y de suave pendiente en toda su extensión, ocupado parcialmente por un cementerio informal; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 20 000,00 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, artículo 33º del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi cado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0162-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de julio de 2007. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 20 000,00 m², ubicado a la altura del Kilómetro 408+176, margen derecha de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Jefe de Adqisiciones y Recuperaciones 139932-1JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 184-2007/SBN-GO-JAR La Molina, 30 de noviembre de 2007Visto el Expediente Nº 029-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 36 496,53 m², ubicado en la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, a la altura del kilómetro 448 en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fi scalización; Que, revisada la base gráfi ca de las propiedades que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi có un terreno de 36 496,53 m², ubicado en la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, a la altura del kilómetro 448 en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 1627-2007/Z.R.NºXI-JZ, la Zona Registral Nº XI - Sede Ica remite el Informe Técnico Nº 246-2007-ZR-XI/CP-Nasca, en el cual se concluye que el predio sub materia no se superpone con propiedad de terceros ni del Estado, que se encuentre digitalizado en la base gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de julio de 2007 se constató que el citado terreno es de topografía plana y se encuentra totalmente desocupado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 36 496,53 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, artículo 33º del “Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales” aprobado por Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi cado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias, Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0238-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 20 de setiembre de 2007. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 36 496,53 m², ubicado en la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur, a la altura del kilómetro 448 en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.