Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 140
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007
FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA cumpla con presentar la documentacion referida al personal tecnico, equipamiento, planos de ubicacion y distribucion, asi como la documentacion que acredite la posesion legitima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura para operar por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Fisico de CETICOS Ilo y Paita en lo que les corresponda, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 4º.- Otorgar un plazo de noventa (90) dias, contados desde su autorizacion, para que la empresa FACTORIAS MOTORES S.A. FAMOTSA, cumpla con presentar la relacion del equipamiento complementario requerido por el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 003-2007MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 124892007-MTC/15, asi como la documentacion que sustenta la propiedad o condicion de arrendatario financiero sobre dichos equipos, para operar por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Fisico de ZOFRATACNA Tacna y CETICOS Matarani, incluyendo el sistema informatico y de comunicaciones para todas las zonas de inspeccion vehicular, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 5º.- Otorgar un plazo de noventa (90) dias, contados desde su autorizacion, para que la empresa FACTORIAS MOTORES S.A. FAMOTSA cumpla con presentar la MORDAZA legalizada del Certificado ISO 9001:2000 requerido por el numeral 5.1.1.3 de la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 12489-2007-MTC/15, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 6º.- La empresa FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA., bajo responsabilidad, debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada, MORDAZA del 01 de noviembre del 2008, caso contrario se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 7º.- La empresa FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA., bajo responsabilidad, debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la Carta Fianza Bancaria Nº 0011-01319800003229-06 por el importe de US $ 300,000.00 MORDAZA del 04 de diciembre del 2009 y la renovacion de las Cartas Fianzas Bancarias Nºs. 0011-01319800002508-04 y 0011-0131-9800002516-07 por el importe de US $ 100,000.00 cada uno, MORDAZA del 30 de marzo del 2009, caso contrario se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 8º.- Remitase a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su custodia y control de vencimientos, la Carta Fianza Bancaria Nº 0011-0131-9800003229-06 por el importe de US $ 300,000.00 y vencimiento al 04 de diciembre del 2009 y las Cartas Fianzas Bancarias Nºs. 0011-0131-9800002508-04 y 0011-0131-9800002516-07 por el importe de US $ 100,000.00 cada uno y vencimientos al 30 de marzo del 2009, todas ellas emitidas por el Banco Continental a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de la solicitante conforme a los terminos senalados en numeral 5.2.12 de la Directiva Nº 003-2007MTC/15. Articulo 9º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 145045-1
VIVIENDA
Encargan funciones del Superintendente de Bienes Nacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2007-VIVIENDA MORDAZA, 19 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA, se adscribe a la Superintendencia de Bienes Nacionales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con la finalidad de realizar acciones conjuntas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, en materia de administracion de la propiedad inmobiliaria estatal; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 003-2007VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, en el cargo de Superintendente de Bienes Nacionales, quien ha formulado renuncia al cargo; Que, resulta pertinente aceptar la renuncia formulada por el referido funcionario, y en consecuencia, encargar dichas funciones en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el senor MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, al cargo de Superintendente de Bienes Nacionales, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones del Superintendente de Bienes Nacionales, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento 145358-72
Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra Notario Publico y quienes resulten responsables de irregularidades, asi como para acciones judiciales destinadas a lograr la nulidad de Escritura Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 652-2007-VIVIENDA MORDAZA, 14 de diciembre de 2007 Vistos, el Oficio Nº 329-2007-COFOPRI/DE del Director Ejecutivo del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI y el Informe Nº 3152007/VIVIENDA-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, segun se desprende del Informe Nº 003-2007SCl, elaborado por la consultoria legal del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI y los antecedentes administrativos que lo acompanan, se evidencia que el Notario Publico, MORDAZA MORDAZA Colareta Cavassa, con fecha 8 de agosto de 2006, habria otorgado Escritura Publica declarando el derecho de propiedad por prescripcion adquisitiva del Lote 2,