Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA cumpla con presentar la documentacion referida al personal tecnico, equipamiento, planos de ubicacion y distribucion, asi como la documentacion que acredite la posesion legitima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura para operar por el regimen regular y por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Fisico de CETICOS Ilo y Paita en lo que les corresponda, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 4º.- Otorgar un plazo de noventa (90) dias, contados desde su autorizacion, para que la empresa FACTORIAS MOTORES S.A. ­ FAMOTSA, cumpla con presentar la relacion del equipamiento complementario requerido por el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 003-2007MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 124892007-MTC/15, asi como la documentacion que sustenta la propiedad o condicion de arrendatario financiero sobre dichos equipos, para operar por el regimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Fisico de ZOFRATACNA ­ Tacna y CETICOS Matarani, incluyendo el sistema informatico y de comunicaciones para todas las zonas de inspeccion vehicular, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 5º.- Otorgar un plazo de noventa (90) dias, contados desde su autorizacion, para que la empresa FACTORIAS MOTORES S.A. ­ FAMOTSA cumpla con presentar la MORDAZA legalizada del Certificado ISO 9001:2000 requerido por el numeral 5.1.1.3 de la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 12489-2007-MTC/15, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorizacion como Entidad Verificadora. Articulo 6º.- La empresa FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA., bajo responsabilidad, debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada, MORDAZA del 01 de noviembre del 2008, caso contrario se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 7º.- La empresa FACTORIAS MOTORES S.A. - FAMOTSA., bajo responsabilidad, debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la Carta Fianza Bancaria Nº 0011-01319800003229-06 por el importe de US $ 300,000.00 MORDAZA del 04 de diciembre del 2009 y la renovacion de las Cartas Fianzas Bancarias Nºs. 0011-01319800002508-04 y 0011-0131-9800002516-07 por el importe de US $ 100,000.00 cada uno, MORDAZA del 30 de marzo del 2009, caso contrario se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 8º.- Remitase a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su custodia y control de vencimientos, la Carta Fianza Bancaria Nº 0011-0131-9800003229-06 por el importe de US $ 300,000.00 y vencimiento al 04 de diciembre del 2009 y las Cartas Fianzas Bancarias Nºs. 0011-0131-9800002508-04 y 0011-0131-9800002516-07 por el importe de US $ 100,000.00 cada uno y vencimientos al 30 de marzo del 2009, todas ellas emitidas por el Banco Continental a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de la solicitante conforme a los terminos senalados en numeral 5.2.12 de la Directiva Nº 003-2007MTC/15. Articulo 9º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 145045-1

VIVIENDA
Encargan funciones del Superintendente de Bienes Nacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2007-VIVIENDA MORDAZA, 19 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA, se adscribe a la Superintendencia de Bienes Nacionales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con la finalidad de realizar acciones conjuntas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, en materia de administracion de la propiedad inmobiliaria estatal; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 003-2007VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, en el cargo de Superintendente de Bienes Nacionales, quien ha formulado renuncia al cargo; Que, resulta pertinente aceptar la renuncia formulada por el referido funcionario, y en consecuencia, encargar dichas funciones en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el senor MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, al cargo de Superintendente de Bienes Nacionales, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones del Superintendente de Bienes Nacionales, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento 145358-72

Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra Notario Publico y quienes resulten responsables de irregularidades, asi como para acciones judiciales destinadas a lograr la nulidad de Escritura Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 652-2007-VIVIENDA MORDAZA, 14 de diciembre de 2007 Vistos, el Oficio Nº 329-2007-COFOPRI/DE del Director Ejecutivo del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI y el Informe Nº 3152007/VIVIENDA-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, segun se desprende del Informe Nº 003-2007SCl, elaborado por la consultoria legal del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y los antecedentes administrativos que lo acompanan, se evidencia que el Notario Publico, MORDAZA MORDAZA Colareta Cavassa, con fecha 8 de agosto de 2006, habria otorgado Escritura Publica declarando el derecho de propiedad por prescripcion adquisitiva del Lote 2,

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