Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

indebido efectuado al denunciante, correspondiendole a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la imposicion de la medida disciplinaria de destitucion establecida en el articulo doscientos once de la citada Ley Organica del Poder Judicial, al constituir un hecho grave que compromete la dignidad del cargo, desmereciendolo ante el concepto publico, al haber solicitado y aceptado de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sumas de dinero a fin de proporcionarle copias simples del Expediente numero ciento sesenta y tres guion dos mil cinco; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber emitido pronunciamiento como Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Orientadora de la Sala de Lectura del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 144844-4

Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento (1998), MORDAZA protegidos y reconocidos por su legislacion; Que, en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, actualmente administran justicia en materia laboral veintinueve Juzgados Especializados de Trabajo y Tres MORDAZA Superiores en lo Laboral, asi como dos Juzgados Transitorios y ademas los Juzgados Mixtos de Modulos Basicos de Justicia, y Juzgados de Paz Letrados; Que, los organos jurisdiccionales MORDAZA mencionados al resolver las causas de naturaleza laboral que se someten a su conocimiento protegen y reconocen los derechos laborales de los trabajadores, situacion que se relacionan con el Tratado Internacional MORDAZA citado y su Protocolo de Enmienda. Que, es necesario crear en esta Corte Superior una Comision conformada por magistrados especializados en Derecho del Trabajo con versacion academica y destacada trayectoria, que se encargue de atender los asuntos laborales relativos al Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda que puedan tener incidencia en la administracion de justicia laboral. Por lo expuesto, y en uso de las facultades previstas en el articulo noventa del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la Comision de Asuntos Laborales relativos al acuerdo de Promocion Comercial PeruEstados Unidos y su Protocolo de Enmienda. Articulo Segundo.- Son funciones de la Comision a la que se refiere el articulo anterior: a) Proponer a la Presidencia, las medidas administrativas necesarias para implementar en la Administracion de Justicia Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el cumplimiento del acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda. b) Organizar eventos destinados a difundir los aspectos laborales del Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda. c) Coordinar en representacion de la Presidencia con los organismos e instancias competentes todos los aspectos relativos al Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda que tengan incidencia en la administracion de justicia laboral en la Corte Superior de Justicia de Lima; d) Todas las demas funciones que le MORDAZA encargadas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en relacion al Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda. Articulo Tercero.- Designar la Comision de Asuntos Laborales relativos al Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la que estara conformada de la manera siguiente: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal (T) quien la presidira. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal (P). Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez (T) Especializado de Trabajo. Dra. Luz MORDAZA MORDAZA Navincopa, Juez (T) de Paz Letrado. Articulo Cuarto.- Poner la presente Resolucion Administrativa en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal y de los Magistrados a que se refiere la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 144984-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Crean en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA la Comision de Asuntos Laborales relativos al acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos y su Protocolo de Enmienda
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 322-2007-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 19 de diciembre de 2007 VISTOS: Las Resoluciones Legislativas Nºs. 28766 y 29054, y los Decretos Supremos Nºs. 030-2006-RE y 040-2007RE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 28766 de fecha 28 de junio del ano 2006 se aprobo el "Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 030-2006-RE del 28 de junio de 2006; Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 29054 del 28 de junio de 2007 se aprobo el "Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos" el mismo que fue ratificado por Decreto Supremo Nº 0402007-RE del 02 de MORDAZA de 2007; Que, tanto el Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos en su Capitulo Diecisiete: Laboral, asi como su Protocolo de Enmienda a este capitulo, establecen que las partes de tal acuerdo comercial procuraran que los principios laborales y los derechos laborales internacionalmente reconocidos establecidos en la Declaracion de OIT, relativa a los Principios y Derechos

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