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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 156

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360554 Nº XI, Sede Ica; lo sustentado en los siguientes documentos: el Informe Nº 625-2007/Z.R. Nº XI-OL de la Ofi cina Legal de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica; el Informe Nº 374-2007-Z.R.Nº XI-GAF-A.ABAS, e Informe Nº 636-2007-SUNARP/GL emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; los cuales forman parte de la respectiva resolución, en el contexto de lo dispuesto en el numeral 6.2. del artículo 6 de la Ley Nº 27444. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente la contratación de servicios de seguridad y vigilancia en la Zona Registral Nº XI-Sede Ica. Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, para la contratación del referido servicio de seguridad y vigilancia, por el período comprendido entre el 16 de diciembre de 2007 al 31 de enero de 2008, hasta por el monto de S/. 57, 200.00 nuevos soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Autorizar al Área de Administración de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica, para contratar los referidos servicios, mediante acciones directas e inmediatas, previa programación en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; debiendo considerarse expresamente en el respectivo contrato, que la vigencia del contrato que derive del CP Nº 001-2007-SUNARP/ZR Nº XI-CE, constituye condición resolutoria del contrato que se suscriba bajo el amparo de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que: 1)el Órgano de Control Institucional de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica, inicie las acciones de control que considere pertinentes a fi n de determinar, de ser el caso, las responsabilidad a que hubiera lugar; 2) la Gerencia de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica, haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del CONSUCODE, la presente resolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez días calendario a su aprobación según lo dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 3) la Secretaría General notifi que inmediatamente la presente resolución a la Zona Registral Nº XI-Sede Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 144974-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Aprueban la réplica de la experiencia pedagógica del Proyecto Aprendes en Amazonas ORDENANZA REGIONAL N° 190 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de octubre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional;CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27860 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, éstos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 11º y 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por Ley No. 27902, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo yfi scalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la misma Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las funciones específi cas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, prevé en su Artículo 47º, inciso q) Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo”; Que, a fi n de implementar el considerando precedente, mediante Informe Nº 205-2007-GRA/GRDS, de fecha 12 de octubre del 2007, el Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, solicitó la aprobación mediante Ordenanza Regional de la replica de la experiencia pedagógica del Proyecto APRENDES en la Región Amazonas, que consiste en las experiencias de Escuelas Activas para mejorar los aprendizajes de las niñas y niños de educación primaria rural y multigrado, la misma que esta acompañada de una estrategia de fortalecimiento de la autonomía escolar a través del apoyo a la descentralización educativa, se centra en el alumno como protagonista de su propio aprendizaje, orientado por el maestro quien asume el rol de promotor y orientador y se vincula a los padres de familia y por consiguiente a la comunidad local en las actividades educativas. Asimismo, considerando que los recursos de nuestro Gobierno Regional aun son insufi cientes para atender los gastos que demande la implementación de dicha experiencia exitosa, solicita la autorización para proseguir con las gestiones ante el USAID y contar con recursos económicos adicionales a los que el Gobierno Regional pudiera destinar para tal fi n, que faciliten la implantación de la replica. Que, según lo dispuesto por el Inc. a) del Art. 15º, concordante con el Inc. a) del Art. 37º y Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada con Ley No. 27902, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional, de interés público y ciudadano, a través de Ordenanzas Regionales. Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad por el Pleno del Consejo Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 214-2007 de Sesión Ordinaria Nº 16 de de fecha 16 de octubre del 2007, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, se emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la RÉPLICA DE LA EXPERIENCIA PEDAGÓGICA DEL PROYECTO APRENDES en Amazonas; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, proseguir con las gestiones ante el USAID a fi n de contar con recursos económicos adicionales a los que el Gobierno Regional Amazonas pudiera destinar para tal fi n, que faciliten la implementación oportuna de la réplica. Artículo Tercero.- DAR CUENTA de la presente Ordenanza Regional a las instancias correspondientes del Sector Educación y a los órganos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicación e implementación.