Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 156

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

Nº XI, Sede Ica; lo sustentado en los siguientes documentos: el Informe Nº 625-2007/Z.R. Nº XI-OL de la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica; el Informe Nº 374-2007Z.R.Nº XI-GAF-A.ABAS, e Informe Nº 636-2007-SUNARP/ GL emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; los cuales forman parte de la respectiva resolucion, en el contexto de lo dispuesto en el numeral 6.2. del articulo 6 de la Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion de servicios de seguridad y vigilancia en la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del referido servicio de seguridad y vigilancia, por el periodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2007 al 31 de enero de 2008, hasta por el monto de S/. 57, 200.00 nuevos soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar al Area de Administracion de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica, para contratar los referidos servicios, mediante acciones directas e inmediatas, previa programacion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; debiendo considerarse expresamente en el respectivo contrato, que la vigencia del contrato que derive del CP Nº 001-2007-SUNARP/ZR Nº XI-CE, constituye condicion resolutoria del contrato que se suscriba bajo el MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que: 1) el Organo de Control Institucional de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica, inicie las acciones de control que considere pertinentes a fin de determinar, de ser el caso, las responsabilidad a que hubiera lugar; 2) la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del CONSUCODE, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias calendario a su aprobacion segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 3) la Secretaria General notifique inmediatamente la presente resolucion a la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 144974-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
Aprueban la replica de la experiencia pedagogica del Proyecto Aprendes en Amazonas
ORDENANZA REGIONAL N° 190 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de octubre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional;

Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27860 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular y son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Articulo 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley No. 27902, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la misma Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dentro de las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion, preve en su Articulo 47º, inciso q) Fomentar y participar en el diseno, ejecucion y evaluacion de proyectos de investigacion, experimentacion e innovacion educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo"; Que, a fin de implementar el considerando precedente, mediante Informe Nº 205-2007-GRA/GRDS, de fecha 12 de octubre del 2007, el Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, solicito la aprobacion mediante Ordenanza Regional de la replica de la experiencia pedagogica del Proyecto APRENDES en la Region Amazonas, que consiste en las experiencias de Escuelas Activas para mejorar los aprendizajes de las ninas y ninos de educacion primaria rural y multigrado, la misma que esta acompanada de una estrategia de fortalecimiento de la autonomia escolar a traves del apoyo a la descentralizacion educativa, se centra en el alumno como protagonista de su propio aprendizaje, orientado por el maestro quien asume el rol de promotor y orientador y se vincula a los padres de familia y por consiguiente a la comunidad local en las actividades educativas. Asimismo, considerando que los recursos de nuestro Gobierno Regional aun son insuficientes para atender los gastos que demande la implementacion de dicha experiencia exitosa, solicita la autorizacion para proseguir con las gestiones ante el USAID y contar con recursos economicos adicionales a los que el Gobierno Regional pudiera destinar para tal fin, que faciliten la implantacion de la replica. Que, segun lo dispuesto por el Inc. a) del Art. 15º, concordante con el Inc. a) del Art. 37º y Art. 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con Ley No. 27902, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter institucional, de interes publico y ciudadano, a traves de Ordenanzas Regionales. Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad por el Pleno del Consejo Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 214-2007 de Sesion Ordinaria Nº 16 de de fecha 16 de octubre del 2007, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, y el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, se emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la REPLICA DE LA EXPERIENCIA PEDAGOGICA DEL PROYECTO APRENDES en Amazonas; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Amazonas, proseguir con las gestiones ante el USAID a fin de contar con recursos economicos adicionales a los que el Gobierno Regional Amazonas pudiera destinar para tal fin, que faciliten la implementacion oportuna de la replica. Articulo Tercero.- DAR CUENTA de la presente Ordenanza Regional a las instancias correspondientes del Sector Educacion y a los organos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicacion e implementacion.

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