Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360837

Aprueban el Programa de Formalizacion de Segregadores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos
ORDENANZA MUNICIPAL N° 000060
Callao, 18 de diciembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 18 de diciembre de 2007; aprobo la siguiente Ordenanza municipal: CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, igualmente, el articulo 195 sostiene que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Organica de Municipalidades, N° 27972, senala en el articulo 9, inciso 14, que el Concejo Municipal tiene competencia para aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal y el articulo 73 inciso 2 numeral 2.1, prescribe que las materias de competencia municipal, especificamente en el rubro de Servicios publicos locales son: el saneamiento ambiental, salubridad y salud, en el numeral 2.4. que establece que las municipalidades tienen competencia y ejercen las funciones de crear Programas sociales, defensa y promocion de derechos ciudadanos; asimismo, el inciso 3 numeral 3.1. con relacion a la proteccion y conservacion del ambiente son competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental y el numeral 3.3. la de promover la educacion e investigacion ambiental en su localidad e incentivar la participacion ciudadana en todos sus niveles; Que, la Ley General de Residuos Solidos N° 27314, en el articulo 1, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; igualmente, el articulo 9 referido a las autoridades Municipales, sostiene que las municipalidades provinciales son responsables por la gestion de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a estos, en todo el ambito de su jurisdiccion, estan obligadas a: 1) Planificar la gestion integral de los residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, compatibilizando los planes de manejo de residuos solidos de sus distritos, centros poblados, con las politicas de desarrollo local y regional, 2) Regular y fiscalizar el manejo y la prestacion de los servicios de residuos solidos de su jurisdiccion, 3) Emitir opinion fundamentada sobre los proyectos de ordenanza distritales, referidas al manejo de residuos solidos, incluyendo la cobranza de arbitrios correspondientes, 8) Adoptar medidas conducentes a promover la constitucion de empresas prestadoras de servicios de residuos solidos tal como lo senala el articulo 27 de la presente Ley, 9) Promover y garantizar servicios de residuos solidos, administrados bajo principios, criterios y contabilidad de costos de caracter empresarial, 11) Autorizar y fiscalizar el transporte de residuos peligrosos en su jurisdiccion, con excepcion del que se realiza en las vias Nacionales y Regionales; en el articulo 27) numeral 27.1, esta relacionado con las Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Solidos, senalando que la prestacion de servicios de residuos solidos se realiza a traves de las Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Solidos (EPS-RS), constituidas prioritariamente como empresa privada o mixta con mayoria de capital privado; para hacerse cargo de la prestacion de servicios de residuos solidos, las EPS-RS deberan estar debidamente registradas en el Ministerio de Salud y deberan contar con un ingeniero sanitario colegiado calificado para hacerse cargo de la direccion tecnica de las prestaciones, las EPS-RS deberan contar con equipos e infraestructura idonea para la actividad que realizan, el numeral 27.2 dice que la prestacion de servicios de residuos solidos por pequenas y

microempresas estara restringida a los residuos del ambito de la gestion municipal, conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten para promover su participacion; la Sexta Disposicion Complementaria-Transitoria sostiene que las municipalidades provinciales aprobaran y publicaran en un plazo no mayor de un ano contado a partir de la publicacion de la presente Ley, sus Planes de Gestion Integral de Residuos Solidos, en los cuales deben incluirse la erradicacion de los botaderos existentes o su adecuacion establecida en la presente Ley, los periodos de vigencia y la consecuente revision de estos planes seran determinados por cada autoridad municipal, segun corresponda; Que, el Memorando N° 803-2007-MPC/GGPPR, relacionado con la Propuesta de Proyecto de Ordenanza de Formalizacion de Segregadores de la Provincia Constitucional del Callao, por la Gerencia de Control Ambiental, la Unidad Organica de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, senala que mediante Acuerdo de Concejo N° 000071 del 12 de Diciembre de 2002, se aprobo el Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PIGARS), en el cual se establece los lineamientos a seguir para lograr un adecuado manejo de los residuos solidos en la Provincia Constitucional del Callao, bajo la actividad 1: Promover la creacion de microempresas, actividad 2: Promover la formalizacion de segregadores informales, el Proyecto de Ordenanza senala la aprobacion de la implementacion de un Plan de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en la Provincia Constitucional del Callao, siendo indispensable para su fomulacion tomar en cuenta la "Guia Tecnica para la formulacion de Planes de Minimizacion de Residuos Solidos y recoleccion segregada en el nivel municipal, editada por el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), asimismo, figura el otorgamiento de una Certificacion Ecologica Municipal, mediante el cual se propone entregar incentivos economicos, mejoramiento de servicios o priorizacion de obras de desarrollo a los contribuyentes que realicen la separacion de los residuos solidos inorganicos en sus viviendas y donen sus residuos a los recicladores urbanos formalizados y acreditados por la municipalidad, cabe mencionar-anaden- que la formalizacion de segregadores informales constituye una de las actividades del Plan Integral de Residuos Solidos (PIGARS), por lo que su ejecucion no deberia de efectuarse bajo los lineamientos de otro plan, en ese sentido, la aprobacion de la Ordenanza resulta viable en el sentido que se implementen las recomendaciones propuestas y no genere gastos para la institucion, debiendo de existir el compromiso de las unidades organicas pertinentes, a fin de facilitar su capacidad operativa y recursos existentes en el cumplimiento para el logro de los objetivos propuestos; Que, el Informe N° 250-2007-MPC-GGATR, emitido por la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, opina que la creacion del MORDAZA Chalaco resulta viable, senalando que la reduccion del pago mensual por servicio de limpieza debera contar con la aprobacion de las areas involucradas, luego de elaborado el Programa que contendra la propuesta que realice el equipo de trabajo convocado para tal fin, asimismo se recomienda que en cuanto a la incidencia tributaria, se debe contemplar en el Programa la incorporacion de un trabajo escalando en tres tramos tales como: 1) predios urbanos, 2) asentamientos humanos, 3) zonas no consolidadas; Que, con Informe N° 338-2007-MPC-GGAJC-SGCA, de la Sub-Gerencia de Coordinacion y Apoyo, dependiente de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, senala que, estando a lo expuesto en los Informes Nums. 337-2007-MPC-GGAJC-SGCA y 250-2007-MPC-GGATR y el Memorando N° 803-2007-MPC/GGPPR, los que dan su conformidad con el Proyecto de Ordenanza materia de autos, considera que procede su aprobacion debiendo el equipo de trabajo que presentara el Programa de Formalizacion de Segregadores y Recoleccion Selectiva de Residuos tomar en cuenta las recomendaciones efectuadas en los mismos, en tal sentido y en virtud de lo expuesto en autos la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion es de opinion favorable de la aprobacion de la Ordenanza Municipal de la Formalizacion de Segregadores de Residuos Solidos; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACION DE SEGREGADORES Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
Articulo 1º Apruebase la elaboracion de un Programa de Formalizacion de Segregadores y Recoleccion Selectiva

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