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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (22/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2007 360828 ANEXO VII: Formato de evaluación de zonifi cación y compatibilidad de uso. ANEXO VIII: Giros y defi niciones de aplicación para la presente Ordenanza. Sétima.- Prohíbase en el cuadrante formado por las Avenidas Isabel La Católica, Paseo de la República, Grau, y Jr. Prolongación Andahuaylas, incluyéndose todas sus vías internas, el otorgamiento de licencias de funcionamiento para la apertura de los giros de Empresas de Transporte de Pasajeros y/o de carga y descarga de mercadería; y talleres de mecánica y reparación de vehículos pesados, conforme lo dispone el Acuerdo de Concejo Nº 033-07/MDLV. Octava.- Facúltese al Gerente de Desarrollo Económico, la suscripción de los Certifi cados de Licencias de Funcionamiento y Certifi cados de Conducción. Novena.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Económico, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Defensa Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Décima.- Modifíquese el Artículo 22º de la Ordenanza Nº 036-04/MDLV que Aprueba Reglamento de Aplicación y Sanciones de la municipalidad, conforme al siguiente texto: “Articulo 22º.- Ejecución de medidas complementarias y/o cautelares. En los casos previstos y señalados en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, en los casos de continuidad, reincidencia, desacato o resistencia o en los casos que la autoridad municipal lo considere conveniente, puede considerar la imposición de medidas complementarias y/o cautelares las cuales pueden ser: “ POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde ANEXO I COD DESCRIPCION % BASE OTRAS ACCIONES 363 Por carecer Certi fi cado de Conduccion los puestos, stands o módulos de galerías comerciales, mercados de abastos o campos feriales50% UIT CLAUSURA 366 Por utilizar Certi fi cado de Conduccion otorgado a otros conductores50% UIT CLAUSURA 372 Por cambio o ampliación de giro de los puestos, stands o módulos de galerías comerciales, mercados de abastos o campos feriales sin modi fi car el Ceti fi cado de Conducción50% UIT CLAUSURA 373 Por modi fi cación del área de los puestos, stands o modulos de galerías comerciales, mercados de abastos o campos feriales sin modi fi car el Ceti fi cado de Conducción50% UIT REGULARIZACIÓN 145414-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen disposiciones relativas al goce de vacaciones adelantadas de los trabajadores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 039-2007-ALC/MM Mirafl ores, 20 de diciembre de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, modifi cado por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 195-2007-EF, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de diciembre de 2007, se fi ja excepcionalmente, el periodo del 17 al 31 de diciembre de 2007, para el goce de vacaciones de las personas que prestan servicios en los pliegos y unidades ejecutoras del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 6º de la precitada norma legal establece que los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, sus empresas y sus Organismos Públicos Descentralizados así como los Organismos Constitucionalmente Autónomos, las Universidades, y las entidades pertenecientes a los otros Poderes del Estado, quedan facultados, según estimen conveniente y no existan disposiciones legales que regulen sus periodos vacacionales de manera particular, a determinar una medida de similar naturaleza y objeto, en el marco de sus competencias y funciones; Que, los titulares de las entidades comprendidas en la presente norma, bajo responsabilidad, determinan el número de personas necesarias par garantizar la continuidad de los servicios públicos básicos y las labores indispensables de la institución, con el objeto de permitir el adecuado desarrollo de sus funciones; Que, siendo intención de la Corporación Municipal adoptar en parte lo establecido en el Decreto Supremo N° 195-2007-EF, y dada la naturaleza de los servicios que brinda la Municipalidad a la comunidad, es necesario que la entidad establezca los mecanismos pertinentes a efectos que no se interrumpa el normal funcionamiento de los mismos; En uso de las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Fijar, excepcionalmente el goce de vacaciones adelantadas de los trabajadores de la Municipalidad de Mirafl ores, del 26 al 31 de diciembre de 2007, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 195-2007-EF. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Recursos Humanos, la determinación del personal necesario para la continuidad de la operatividad de los servicios públicos municipales Artículo Tercero.- Todas las Gerencias, Procuraduría Pública Municipal, Órgano de Control Institucional y Sub Gerencias de la Entidad, darán cumplimiento al presente Decreto bajo responsabilidad, garantizando la adecuada prestación de los servicios. Regístrese, comuníquese y cúmplaseMANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 146142-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Modifican el Reglamento Interno del Concejo ORDENANZA N° 068-MDSL San Luis, 24 de setiembre de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe N° 100-2007-MDSL-GM de la Gerencia Municipal de fecha 17.09.07, mediante el cual sugiere la Modifi cación del Reglamento Interno del Concejo Municipal – RIC; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194°