Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Principios Los procedimientos objeto de regulacion de la presente Ordenanza se sustentan en los principios rectores de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Para la aplicacion del MORDAZA de Presuncion de Veracidad, se senala lo siguiente: 1. La Municipalidad de La MORDAZA presume que los administrados informan la verdad mediante los formularios, formatos, documentos y/o declaraciones que presentan. 2. La Municipalidad de La MORDAZA, tiene la siguientes facultades: a) Verificar el cumplimiento de las normatividad aplicable a los administrados y establecimientos. b) Comprobar la veracidad de la informacion que brinden los administrados en los formularios, formatos, documentos, y/o declaraciones presentados, asi como la autenticidad de los mismos. Para estos efectos la autoridad administrativa municipal podra requerir en el momento que estime pertinente la informacion y/o documentacion sustentatoria de los datos proporcionados en las declaraciones, formatos y/o formularios presentados, asi como realizar inspecciones inopinadas sobre actividades, establecimientos u objetos materia de autorizacion. c) Sancionar administrativamente a los administrados que brinden informacion que no sea veraz y/o presenten documentacion falsa o adulterada, sin perjuicio del inicio de las acciones penales y civiles que hubiere lugar. 3. Son causales para la revocacion de las licencias y certificaciones otorgadas y/o clausura del establecimiento, las siguientes: a) El impedir y/o resistir a los procedimientos de control y fiscalizacion posterior sobre las actividades, establecimientos u objetos materia de autorizacion. b) Presentar documentacion falsificada o adulterada. c) Consignar de datos falsos en los formularios, formatos, documentos y/o declaraciones presentadas. La revocacion de las licencias otorgadas sera efectuada sin perjuicio del inicio de acciones penales y civiles, asi como de la aplicacion de las sanciones administrativas, a que hubiere lugar. Articulo 4º.- Derechos de los solicitantes Son derechos de los solicitantes, los siguientes: 1. Obtener gratuitamente informacion sobre los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Municipales, asi como la informacion de la zonificacion e indice de usos vigentes en el distrito de La Victoria. 2. Ser orientados e informados de manera gratuita, completa y veraz sobre el tramite de Licencias de Funcionamiento Municipales procedimientos conexos. 3. Obtener sin costo alguno los formularios exigidos para el inicio de los procedimientos regulados en esta Ordenanza. 4. Informarse en cualquier momento sobre el estado de la tramitacion de los procedimientos que hubieran iniciado.

CAPITULO II DEFINICIONES
Articulo 5º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, se entiende por: Solicitante.- Persona natural o juridica u otro ente colectivo, titular de uno o mas procedimientos regulados en la presente Ordenanza. Establecimiento.- Area independiente y/o instalacion determinada de un inmueble en la que se desarrollan actividades economicas con o sin fines de lucro. Centro Comercial.- Unidad inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, en los que se desarrollan actividades diversas. Galeria Comercial.- Unidad inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, modulos o stands, con certificado de numeracion correspondiente, en los que se desarrollan actividades economicas similares o afines. Modulo o stand.- Espacio acondicionado dentro de las Galerias en el que se realizan actividades economicas y cuya area no supera los 120 m2

MORDAZA de abasto.- Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestacion de servicios en secciones o giros definidos, dedicados al acopio y expendio de productos alimenticios y otros tradicionales no alimenticios mayoristas y minoristas. MORDAZA Feriales.- Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestacion de servicios que desarrollan actividades diversas. Puesto.- Espacio acondicionado dentro de los mercados de abastos y MORDAZA feriales, en el que se realizan actividades economicas y cuya area no excede los 35 m2. Formulario de Solicitud - Declaracion Jurada.Formato que emite la autoridad municipal para que los solicitantes consignen informacion veraz, con caracter de declaracion jurada. Giro.- Actividad economica especifica de comercio, industria y/o de servicios. Zonificacion.- Conjunto de normas tecnicas urbanisticas que regulan el uso del suelo, aprobada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Indice de usos.- Normatividad que regula las actividades economicas permitidas de acuerdo a la ubicacion del establecimiento. Compatibilidad de Uso.- Evaluacion que realiza la autoridad municipal a fin de declarar la compatibilidad de la actividad economica a ser desarrollada con el indice de usos, asi como con las caracteristicas y acondicionamiento del establecimiento. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad en Defensa Civil.- Documento por el cual el solicitante declara bajo juramento que el establecimiento comercial materia de solicitud de Licencia de Funcionamiento, cumple con las condiciones de seguridad en Defensa Civil. Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica.- Inspeccion que realiza la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para verificar el cumplimiento de las condiciones minimas de seguridad del establecimiento. Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle: Inspeccion que realiza el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a fin de verificar y evaluar de las condiciones de seguridad en defensa civil de una edificacion o recinto, mediante el estudio de planos, especificaciones tecnicas, memorias descriptivas, protocolos de pruebas especificas, planes de contingencia y otra documentacion similar, identificando peligros, analizando la vulnerabilidad y determinando el equipamiento de seguridad con que debe contar el establecimiento para hacer frente a posibles situaciones de emergencia. Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Multidisciplinaria: Inspeccion que realiza el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a fin de identificar los peligros tanto de caracter interno como externo de la MORDAZA, local o edificacion, determinando el grado de vulnerabilidad, estimando las perdidas humanas y materiales y emitiendo recomendaciones generales y especificas sobre las medidas de seguridad. Son objeto de este MORDAZA de inspeccion los establecimientos donde se utilicen, almacenen, fabriquen y/o comercialicen, materiales y/o residuos peligrosos que representen riesgo para la MORDAZA humana, patrimonio y el entorno. Licencia de Funcionamiento.- Autorizacion que otorga la autoridad municipal con vigencia indeterminada para el desarrollo de actividades economicas en un establecimiento. Licencia Temporal de Funcionamiento.- Autorizacion que otorga la autoridad municipal con vigencia de un mes hasta tres meses como MORDAZA, para el desarrollo de actividades economicas en un establecimiento. Certificado de Conduccion.- Certificado que otorga la autoridad municipal distrital, a fin de identificar a los conductores de puestos, stands o modulos; a efectos de fiscalizar el cumplimiento de la normatividad municipal y las condiciones de seguridad de Defensa Civil por parte de estos; asi como de favorecerlos con los incentivos, beneficios y campanas que brinden la Corporacion MORDAZA como parte de su labor de la promocion empresarial en el distrito.

TITULO II DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 6º.- Caracteristicas Las Licencias de Funcionamiento y su tramitacion tienen las siguientes caracteristicas:

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