Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario del predio, adquirira la calidad de contribuyente el poseedor del mismo. Articulo 5°.- CONDICION DE CONTRIBUYENTE Y OBLIGACION TRIBUTARIA La condicion de contribuyente se configura en el primer dia calendario de cada mes al que corresponde la obligacion tributaria. En tal sentido, la obligacion tributaria se configura el dia uno (1) de cada mes. Cuando se realice cualquier transferencia de dominio, el adquiriente tendra la calidad de contribuyente a partir del primer dia del mes siguiente de producido el hecho. Articulo 6°.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, son tributos de periodicidad mensual. El vencimiento de pago es el ultimo dia habil de cada mes. Articulo 7°.- BASE IMPONIBLE La base imponible de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, se encuentra constituida por los costos totales que generan la prestacion de dichos servicios y su mantenimiento en la jurisdiccion del Cercado del Callao y en funcion a la cual se determinaran los importes de los Arbitrios Municipales, aplicando los criterios de distribucion previstos en la presente Ordenanza. Articulo 8°.- SECTORES A efectos de la presente Ordenanza, se consideraran los siguientes sectores, los mismos que agrupan las zonas y rutas establecidas para la prestacion de los servicios publicos:
Sector Limites Desde el vertice de encuentro de la Av. Costanera y margen MORDAZA de la primera cuadra del Jr. MORDAZA hasta el cruce con la cuadra 9 de la Av. MORDAZA Pena continuando hasta el cruce con la Av. MORDAZA MORDAZA, siguiendo por la Av. MORDAZA Gambetta hasta el Rio MORDAZA y por el MORDAZA Pacifico. Desde el margen derecho de la Av. MORDAZA MORDAZA, continuando por la Av. MORDAZA Gambetta hasta el Rio MORDAZA, siguiendo por la Av. MORDAZA Faucett hasta el cruce con la Av. MORDAZA y hasta el limite Distrital continuando hacia la Av. Colonial hasta la Av. MORDAZA Duarez. Desde el Rio MORDAZA hacia Ventanilla hasta el inicio del Cerro La Regla y el limite con la Asociacion de Vivienda MORDAZA MORDAZA hasta el MORDAZA Pacifico. Desde la Asociacion de Vivienda MORDAZA MORDAZA, y el Cerro La Regla hasta el limite Distrital con el distrito de Ventanilla.

En los casos de MORDAZA habitacion, se aplican los siguientes criterios: · Tamano del Predio (m2 area construida) · Produccion per capita (Tn/dia) En predios de otros usos distintos al de MORDAZA habitacion, se aplican los siguientes criterios: · Tamano del Predio (m2 de area de terreno o area construida, la que resulte mayor). · Indice per capita de generacion de residuos solidos (Tn/dia). 2. Barrido de Calles: Para la distribucion del costo global del barrido de calles se aplican los siguientes criterios: 2.1.- Metros lineales del Predio: El numero de metros lineales del frontis del predio. 2.2.- Frecuencia de Barrido: La frecuencia es determinada por el numero de veces de barrido del frontis del predio. Articulo 12º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES El monto que demanda la prestacion del servicio de Parques y Jardines, se distribuye en funcion a la ubicacion del predio y a la intensidad del goce del servicio (disfrute), segun los siguientes criterios: 1. Intensidad de Goce del Servicio: Esta expresada en la proximidad del predio al area MORDAZA habilitada. Para ello se consideran como categorias las siguientes: CATEGORIA 01: Frente a parques, plazas, plazuelas, ovalos, alamedas, bermas centrales y laterales y arborizadas. CATEGORIA 02: Otras ubicaciones no comprendidas en la categoria 01. 2. Area MORDAZA (m2): Esta compuesto por todas las areas verdes que administra la Gerencia General de Proteccion del Medio Ambiente, los mismos que han sido ubicados dentro de la categoria 01. 3. Area Construida (m2): Se determina de acuerdo a los datos consignados en la Declaracion Jurada correspondiente. 4. Area de Terreno (m2): Esta constituida por el area del terreno del predio. Articulo 13º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA El costo que demanda la prestacion del servicio de Seguridad Ciudadana, se distribuye en funcion a la intensidad del goce del servicio, la ubicacion del predio dentro de cada sector determinado y el uso a que se encuentra destinado el predio, segun los siguientes criterios: a) Ubicacion e intensidad del goce del servicio: Referido a la asignacion de recursos, tales como personal, vehiculos, casetas, motocicletas, entre otros, en los sectores de vigilancia. El fin de este criterio de distribucion es determinar que recursos del costo global se asignan a cada sector. Se utilizara el indice de prestacion del servicio en base al numero de intervenciones u ocurrencias por zona. b) Uso del Predio: Este criterio permite distribuir adecuadamente el costo del servicio, diferenciando cada predio segun la actividad que se realiza en el mismo (entendiendo que existen usos que originan mayores incidentes delictivos por la naturaleza de su actividad: indice de peligrosidad o generacion de peligro por el uso que ocasionan una mayor prestacion del servicio). Articulo 14º.- USOS Para efectos de la distribucion de costos de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (recojo de residuos solidos) y Seguridad Ciudadana, se han determinado los siguientes usos:
Codigo USO 01 MORDAZA Habitacion Centros Educativos, Universidad, Institutos Superiores, 02 Cenecape y similares 03 Centros de Salud, Posta Medica, Hospital, Clinicas y similares

01

02

03 04

Articulo 9°.- MONTOS El monto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, es el resultado de la aplicacion de los criterios senalados para la determinacion de los costos y la distribucion de los mismos entre los contribuyentes, que se encuentran determinados en el Informe Tecnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 10°.- CRITERIOS DE DISTRIBUCION El costo que demanda la prestacion de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, se distribuira entre el numero de contribuyentes en funcion al numero de predios de su propiedad, de acuerdo a los criterios detallados en el informe tecnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 11º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA El costo que demanda la prestacion del servicio de Limpieza Publica, se distribuye segun la ubicacion del predio dentro de cada Sector determinado y teniendo en consideracion la intensidad del servicio gozado, diferenciandose el servicio en las actividades de: Recojo de Residuos Solidos y Barrido de Calles. 1. Recojo de Residuos Solidos: La distribucion de costos en esta actividad especifica, parte del indice per capita de produccion de residuos solidos por sector y el uso a que se encuentra destinado el predio (giro o a la actividad que se desarrolla en el mismo).

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