Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2007 (22/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de diciembre de 2007

progresiva de los servicios que deben brindar los CIAM, de acuerdo al Articulo 8º de la Ley MORDAZA acotado, siendo responsables de su implementacion, funcionamiento, equipamiento, manejo presupuestal y sostenibilidad, con cargo a sus respectivos presupuestos; Que, en el distrito de San MORDAZA existe un gran numero de vecinos considerados adultos mayores que merecen una atencion preferencial y especial de manera permanente, que permita mejorar su calidad de MORDAZA e integrarlo plenamente al desarrollo de nuestra comunidad; Que, es por estas consideraciones que se hace necesario, en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, crear el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), como un espacio donde se cumpla lo MORDAZA mencionado; De conformidad con el Informe N° 0209-2007-MDSL/ GAL/EIJV, de fecha 29.10.07 de la Gerencia de Asesoria Legal y el Informe N° 467-2007-MDSL-GPES/SUB-GSS de la Sub-Gerencia de Servicios Sociales de fecha 29.10. 07 y las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta la siguiente;

9. Fomentar asociaciones o cualquier otra forma de agrupacion economica de adultos mayores, asi como talleres, ferias y cualquier espacio destinado a que aquellos puedan mejorar su situacion economica. 10. Proponer y/o coordinar alianzas estrategicas y/o convenios con instituciones publicas y privadas para el mejor cumplimiento de sus objetivos y funciones. 11. Otros afines al cumplimiento se sus funciones.

DISPOSICIONES COMPLENTARIAS TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Incorporese en la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobada mediante Ordenanza No. 040-MDSL, el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), como un organo desconcentrado dependiente de la Sub.- Gerencia de Servicios Sociales. Segunda.- Modifiquese y/o deroguese toda disposicion contenida en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobada mediante Ordenanza No 041-MDSL, que se oponga a lo establecido a la presente Ordenanza, en el sentido de que a partir de su vigencia, todas las funciones y atribuciones relacionadas al adulto mayor, seran efectuadas por el CIAM. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza, la misma que debe efectuarse de manera gradual, segun la disponibilidad economica financiera y presupuestal de la Municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA
Articulo 1º.- DEFINICIONES Y OBJETIVO Crease el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA con el proposito de asegurar al adulto mayor, espacios saludables de socializacion, que permita mejorar su calidad de MORDAZA e integrarlos al desarrollo economico, social, politico y cultural del Distrito, implementando para tal efecto, de manera gradual, programas y servicios. Se entiende por adulto mayor a la persona que cuenta con sesenta (60) anos o mas anos de edad, sin discriminacion alguna. El CIAM congrega a todas aquellas personas adultas mayores con domicilio en el Distrito, que de manera voluntaria e individual deciden participar en los programas y servicios que se implementen. Articulo 2º.- COMPLEMENTARIEDAD Y MORDAZA DE SUBSIDIARIDAD El CIAM desempenara sus funciones en forma complementaria a las actividades que realizan otras instituciones en el distrito o fuera de el, aplicandose asi el MORDAZA de subsidiaridad, que consiste en que la Municipalidad no ejecutara programas y/o servicios que realizan otras instituciones. Articulo 3º.- DE LA UNIDAD ORGANICA RESPONSABLE El Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) sera un organo desconcentrado, dependiente de la Sub.Gerencia de Servicios Sociales. Articulo 4º.- FINALIDAD DEL CIAM La finalidad del CIAM es la misma que se senala en el Articulo 8º de la Ley No. 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores, publicada el 21-07-06 en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- FUNCIONES DEL CIAM Son funciones del CIAM: 1. Disenar e implementar campanas permanentes de promocion de los derechos de los adultos mayores. 2. Convocar y promover la participacion de adulto mayor en las distintas actividades que organice la Municipalidad. 3. Brindar servicios de atencion primaria en salud al adulto mayor. 4. Implementar el programa de voluntariado del adulto mayor. 5. Formular, administrar y mantener actualizado el Padron de Personas Adultas Mayores del Distrito. 6. Generar informacion estadistica acerca de la ubicacion, nivel economico, social, educativo, entre otros. 7. Propiciar el apoyo economico de las instituciones publicas y privadas del distrito a las distintas actividades a ejecutarse. 8. Promover actividades de cultura, educacion, esparcimiento, socializacion, y capacitacion laboral, asi como propiciar se les brinde servicios de atencion primaria de salud.

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Prorrogan plazo de vigencia establecido en la Ordenanza Nº 075-MDSL, para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias por parte de los vecinos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2007-MDSL
San MORDAZA, 20 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 075-MDSL publicada el 06 de Diciembre del 2007, se establecen beneficios para el pago de obligaciones aplicable a los contribuyentes que tengan deudas Tributarias y no Tributarias pendientes de pago en el distrito de San Luis; Que, a fin de brindar a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA las mayores facilidades y plazos para el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y no Tributarias, resulta conveniente prorrogar por un plazo adicional la vigencia de la Ordenanza Nº 075-MDSL; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 0075-MDSL, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue los plazos previstos y dicte las disposiciones complementarias para la mejor ejecucion de la presente Ordenanza; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y la MORDAZA disposicion Final de la Ordenanza Nº 075MDSL; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Diciembre del 2007, el plazo de vigencia establecido en el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 075-MDSL, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias por parte de los vecinos del distrito de San Luis. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Rentas y la Difusion de la presente Prorroga y sus

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