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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337805 UNIVERSIDADES Aprueban exoneración de proceso de selección para la contratación de los servicios de miembros y asesor legal de la Comisión de Reorganización de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO” RESOLUCIÓN Nº 020-2007-UNASAM/CR Huaraz, 10 de enero de 2007Visto, el Informe Nº 008-2007-UNASAM-OGAL/J de fecha 9 de enero del 2007 y la Resolución Nº 1289-2006-UNASAM/CR de fecha 3 de octubre del 2006, sobre exoneración del Proceso de Selección para Contratar los Servicios Personalísimos de los Miembros de la Comisión de Reorganización y del Asesor Legal de dicha Comisión; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo previsto en el Inc. f) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, que señala que las contrataciones de servicios personalísimos que correspondan a licitaciones, Concursos Públicos, o Adjudicaciones Directas se encuentran exonerados de los indicados procesos de selección, procediendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido en el Art. 20º de dicha Ley; Que, conforme al Art. 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 084-2004-PCM, establece las condiciones que deben reunir para la contratación para poder acceder a la casual de exoneración por servicios personalísimos, señalando que ésta está referida a los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión ciencia, arte u o fi cio, establecido el trámite y procedimiento para las adjudicaciones y contrataciones exonerados; Que, con Resolución Nº 1255-2005-ANR de fecha 3 de octubre del 2005, y en mérito a las Leyes 26490 y 27602 - Reglamento de Intervención de las Universidades Publicas y Privadas, se designa la Comisión de Reorganización de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, con atribuciones de Consejo Universitario y Asamblea Universitaria, integrada por: Dr. Manuel E. Rosemberg Barrón, como Presidente, Mag. Nery Job Nieves Escobar como Vicepresidente Académico, y al Mag. Ricardo Humberto Carranza De La Torre como Vicepresidente Administrativo. Es así que dicha Comisión para que pueda cumplir con sus fi nes y objetivos requiere del Asesoramiento Legal especializado por lo que es necesario contar con los servicios del Mag. Boris Vladimir Maqui Vera como Asesor Legal de la Alta Dirección, quien reúne los requisitos correspondientes al caso; Que, con Resolución del visto, se aprueba la exoneración de la contratación de los servicios personalísimos de los integrantes de la Comisión de Reorganización de la UNASAM y del Asesor Legal en consecuencia autorizar a la O fi cina General de Economía y Abastecimientos contratar a los mismos; Que, mediante el Informe del Visto, la O fi cina General de Asesoría Legal, en mérito al Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y del 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 084-2004-PCM, OPINA: por la procedencia de la emisión de la Resolución aprobando la Exoneración del Proceso de Selección para Contratar los Servicios Personalísimos de los miembros de la Comisión de Reorganización y del Asesor Legal de dicha Comisión; Que, con O fi cio Nº 017-2007-UNASAM/CR-VP-ADM de fecha 10 de enero del 2007, el Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Reorganización solicita se emita Resolución aprobando la Exoneración del Proceso de Selección para contratar los Servicios Personalísimos de la Comisión de Reorganización y del Asesor Legal de la Alta Dirección, de conformidad a los antecedentes existentes y al Informe de la Ofi cina General de Asesoría Legal; De conformidad a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Universitaria Nº 23733, en el Reglamento de Intervención de Universidades Públicas y Privadas - Ley Nº 26490 y 27602, en la Resolución Nº 1255-2005-ANR y en la Resolución Nº 001-2005-UNASAM/CR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la exoneración de la contratación de los servicios personalísimos de los miembros de la Comisión de Reorganización de la UNASAM y del Asesor Legal de dicha Comisión, en mérito a lo expuesto en la presente. Artículo 2º.- AUTORIZAR a las O fi cinas Generales de Economía y Abastecimientos y de Plani fi cación contratar los servicios de los miembros de la Comisión de Reorganización y al Asesor Legal, a partir del 1º de enero hasta el 31 de marzo del 2007, según detalle: • Dr. Manuel Efraín Rosemberg Barrón (Presidente) de la Comisión de Reorganización de la UNASAM, fi jándose en S/. 33 000.00 nuevos soles el monto por tres meses, por honorarios, con un monto mensual de 11,000.00 nuevos soles. • Mag. Nery Job Nieves Escobar (Vicepresidente Académico) de la Comisión de Reorganización de la UNASAM, fi jándose en S/. 30 000.00 nuevos soles el monto por tres meses, por honorarios, con un monto mensual de 10,000.00 nuevos soles. • Mag. Ricardo Humberto Carranza de la Torre (Vicepresidente Administrativo) de la Comisión de Reorganización de la UNASAM, fi jándose en S/. 30 000.00 nuevos soles el monto por tres meses, por honorarios, con un monto mensual de 10, 000.00 nuevos soles. • Mag. Boris Vladimir Maqui Vera (Asesor Legal) de la Comisión de Reorganización de la UNASAM, fi jándose en S/. 15 000.00 nuevos soles el monto por tres meses, por honorarios, con un monto mensual de 5, 000.00 nuevos soles. Artículo 3º.- DISPONER a la O fi cina General de Economía y Abastecimientos remita copia de la presente Resolución y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, y realice su publicación en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación, haciéndose conocer al CONSUCODE. Regístrese, comuníquese y archívese.MANUEL E. ROSEMBERG BARRÓN Presidente de la Comisión de Reorganización CÉSAR A. VERA ARANA Secretario General 17017-1 Aprueban la Reforma del Estatuto de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO” RESOLUCIÓN Nº 028-2007-UNASAM/CR Huaraz, 12 de enero de 2007 Vistos, el Proyecto de Estatuto de la “Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo” y el Estatuto vigente reformado y aprobado con Resoluciones Nº 069 y 689-2006-UNASAM/CR de fechas 18 de enero y 30 de mayo del 2006 respectivamente, y sus modi fi catorias; CONSIDERANDO: Que, la UNASAM es una institución pública de derecho público interno; integrada por profesores, estudiantes y