Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2007 (23/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 23 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

338163

Aprueban transferencia a titulo gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, ubicado en el departamento del MORDAZA, a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. Electro Sur Este S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2007-MEM/DM
MORDAZA, 18 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de MORDAZA de 1993, se constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas con la finalidad de ejecutar el Plan Nacional de Electrificacion Rural enmarcado dentro de los lineamientos de politica del Sector Energia y Minas y, de modo especifico, para llevar a cabo la ejecucion y/o coordinacion de proyectos electromecanicos, prioritariamente en el area rural y zonas de extrema pobreza; Que, previa Adjudicacion Directa Publica N° ADP-0032002-EM/DEP, con fecha 25 de MORDAZA de 2002, la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas y la empresa Promotora y Constructora MORDAZA S.R.L., suscribieron el Contrato N° 02-034-EM/DEP, para la ejecucion de la Obra: Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, ubicado en el departamento del MORDAZA, por un monto de S/. 416 906,64 (Cuatrocientos Dieciseis Mil Novecientos Seis y 64/100 Nuevos Soles), incluido IGV, y un plazo de ejecucion de Ciento Veinte (120) dias calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluida, segun consta en el Acta de Recepcion Provisional de Obra de fecha 28 de febrero de 2003 y por el Acta de Conformidad de Operacion Experimental del 7 de MORDAZA de 2003, que fueron suscritas por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. - Electro Sur Este S.A.A.; Que, mediante Resolucion Directoral N° 131-03-EM/DEP de fecha 12 de junio de 2003, se aprobo la Liquidacion Final del Contrato N° 02-034-EM/DEP, para la ejecucion de la Obra: Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, la misma que establecio un monto final del contrato de S/. 408 374,48 (Cuatrocientos Ocho Mil Trescientos Setenta y Cuatro y 48/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, con Resolucion Directoral Nº 363-06-EM/DEP del 30 de noviembre de 2006, se aprobo la Liquidacion Final del Proyecto: Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, la misma que establecio un monto total de inversion ajustado al 31 de octubre de 2006 de S/. 743 935,80 (Setecientos Cuarenta y Tres Mil Novecientos Treinta y Cinco y 80/100 Nuevos Soles), importe que incluye, entre otros bienes que conforman el proyecto, una camioneta MORDAZA toyota, ano 1999, color gris metalico, placa PIB-716, motor 3RZ2043288, Serie RZN1690009770; Que, con fecha 1 de junio de 2006, se publico la Ley Nº 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural que establece el MORDAZA normativo para la promocion y desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, asimismo, el articulo 18º de la citada Ley establece que el Ministerio de Energia y Minas transferira a titulo gratuito los Sistemas Electricos Rurales (SER) que MORDAZA ejecutado o ejecute, preferentemente a las empresas concesionarias de distribucion electrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ­ ADINELSA; Que, habiendose aprobado la Liquidacion Final del Proyecto: Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, corresponde efectuar la transferencia a titulo gratuito de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. - Electro Sur Este S.A.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, el Decreto Supremo Nº 02193-EM, que constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energia;

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia a titulo gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias del Pequeno Sistema Electrico Kiteni, ubicado en el departamento del MORDAZA, a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. - Electro Sur Este S.A.A. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. - Electro Sur Este S.A.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

18730-1

Actualizan y mantienen bandas de precios de combustibles y determinan factores de compensacion y aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2007-EM/DGH
MORDAZA, 22 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 037-2006 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 0102004, sera hasta el 30 de junio de 2007; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, teniendo en cuenta que por tercera semana consecutiva, el precio del petroleo crudo WTI y de sus derivados registraron una importante reduccion en el valor promedio de sus ultimas diez cotizaciones: Que, de acuerdo a lo anterior, corresponde modificar las bandas de precios de los combustibles respetando la MORDAZA de precios existente en nuestro mercado; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, y en los Decretos Supremos Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 047-2005-EM. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para cada uno de los siguientes productos:

PRODUCTOS Soles por Galon LIMITE SUPERIOR LIMITE INFERIOR G - 97 6,44 5,79 G - 95 6,30 5,65 G - 90 5,76 5,21 G - 84 5,25 4,75 KERO 6,59 5,94 DIESEL 2 6,10 5,50 PIN 6 3,89 3,54 PIN 500 3,72 3,37
Articulo Segundo.- Mantener las Bandas de Precios para cada uno de los productos: GLP, Diesel 2 GE, Petroleo Industrial Nº 6 GE y Petroleo Industrial 500 GE; senaladas en

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