Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2007 (10/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2007

El Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley, 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; en la Tercera Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha treinta de enero del dos mil siete, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El documento presentado por el Sindicato de Trabajadores del Gobierno Regional y los siguientes documentos: La Ordenanza Regional Nº 061-2005-GRP/ CR, de fecha 31 de MORDAZA del 2005, publicada en el MORDAZA del Gobierno Regional Pasco, que aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal de la Sede del Gobierno Regional Pasco, la Ordenanza Regional Nº 089-2006-GRP/CR de fecha 18 de MORDAZA del 2006 que modifica la Ordenanza Nº 061-2005-GRP/CR y la Ordenanza Regional Nº 106-2006GRP/CR de fecha 18 de diciembre del 2006, emitido por el Consejo Regional, el cual aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal el Presupuesto Analitico de Personal, y el Acuerdo del Consejo Regional de fecha 30 de enero del 2007. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, el articulo 5º de la citada Ley, establece como mision de los Gobiernos Regionales la de organizar y conducir la gestion publica regional, ello concordante con el Titulo I Capitulo I de la Estructura Organica, los articulos 8º numeral 12), 9º inciso a), y 10º numeral 1 inciso c) por el que se les asigna las competencias constitucionales y exclusivas de aprobar su Organizacion Interna dentro del Gobierno Regional de Pasco. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 061-2005GRP/CR, de fecha 31 de MORDAZA de 2005, se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal de la Sede del Gobierno Regional de Pasco, siendo modificada en forma ilegal por la Ordenanza Regional Nº 089-2006-GRP/CR de fecha 18 de MORDAZA del 2006, porque altera los Articulos 3º y 4º de la primera Ordenanza, la cual no contiene el articulo 4º y el articulo 3º esta referido a la publicacion de la Ordenanza. Todo ello implica vicios del acto administrativo por la aplicacion equivocada de un articulo inexistente en la Ordenanza Regional Nº 061-2005-GRP/CR, siendo susceptible de nulidad automatica e inclusive de oficio, segun el articulos 10º y 202º de la Ley Nº 27444 y por marcada trasgresion al articulo 3º de la misma Ley. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 106-2006-GRP/ CR, se aprobo la modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal y Presupuesto Analitico de Personal, a que se refiere el considerando anterior, la misma que no surte ningun efecto juridico, por cuanto no ha sido publicado conforme lo senala el articulo 42º de la Ley Organica del Gobiernos Regionales, por lo tanto deviene en nulidad de pleno derecho. Que, el Consejo Regional en actual ejercicio en Sesion de fecha 16 de enero de 2007 advierte que la Ordenanza Regional Nº 089-2006-GRP/CR y la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0549-2006-G.R.PASCO/PRES del 21 de MORDAZA de 2006 son totalmente contradictorias a la Constitucion Politica del Peru principalmente de los articulos 22º, 23º y 24º, porque ninguna relacion laboral debe limitar el ejercicio de los Derechos Constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador quien ademas tiene derecho a una remuneracion equitativa y suficiente, que procure, para el y su familia, el bienestar material y espiritual; tambien el articulo 24º del Decreto Legislativo. Nº 276 establece los derechos de los trabajadores como la de hacer MORDAZA Publica sin discriminacion economica ni de ninguna otra indole, la de percibir la remuneracion que corresponde a su nivel incluyendo las bonificaciones y beneficios que procedan conforme a Ley y sobre todo

dispone que los derechos reconocidos por la Ley a los servidores publicos son irrenunciables y toda especulacion en contrario es nula, conforme viene sucediendo en el presente procedimiento administrativo. Que, el articulo 202.1 de la Ley Nº 27444, senala como requisito fundamental para declarar de oficio la nulidad de los actos administrativos demostrar que dicho acto agravia al interes publico, hecho que no se cumple con la aprobacion del CAP y PAP de la Sede del Gobierno Regional de Pasco, por cuanto se ha venido pagando regularmente las remuneraciones de todos los servidores en estricto cumplimiento y aplicacion del articulo 30.1 de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y del articulo 6º incisos a) y b) de la Ley Nº 27427 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ejercicio 2005, lo que significa que el egreso producto de la emision del Presupuesto Analitico de Personal esta debidamente financiado y no irroga gastos adicionales al erario nacional hasta la fecha. Que, ademas existe MORDAZA contradiccion con la parte considerativa de las normas precitadas cuando se senala que el Cuadro de Asignacion de Personal y el Presupuesto de Asignacion de Personal no cuentan con la opinion favorable de los organos competentes, sin embargo se omite mencionar intencionalmente el Informe Nº 115-2005-G.R.PASCOGGR/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asi como el Informe Legal Nº 166-2005-GR.PASCO/ORAJ que forman parte de la Ordenanza Regional Nº 061-2005-GRP/CR en los que se opina favorablemente a la emision del CAP y PAP el ano 2005, lo cual es concordante con la MORDAZA Disposicion Transitoria numeral 1) de la Ley Nº 28411. Que, asimismo, con fecha 18 diciembre de 2006 se emite la Ordenanza Regional Nº 106-2006-GRP/CR, por el cual el Consejo Regional aprueba el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones, el Cuadro de Asignacion de Personal y el Presupuesto Analitico de Personal, el mismo que no fue publicado en el Diario Oficial El Peruano y/o en el Diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Region menos en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional, por lo tanto carece de vigencia y aplicabilidad, por incumplimiento del articulo 42º de la Ley Organica de Gobierno Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, y al articulo 24.1 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo tanto no puede surtir ningun efecto juridico dentro de esta Institucion. Que, en aplicacion del articulo 15º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco en Sesion Ordinaria de fecha 30 de enero de 2007 ha acordado por las razones MORDAZA expuestas la derogatoria de las Ordenanzas Regionales Nºs. 089 y 106-2006-GRP/CR, asi como de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0549-2006G.R.PASCO/PRES, por contravencion al ordenamiento juridico Constitucional y administrativo arriba mencionado. Que, asi mismo existiendo ajustes que realizar en el CAP, en cuanto se refiere a los trabajadores incorporados, asi como siendo necesario de realizar una evaluacion de los trabajadores, se requiere confeccionar un MORDAZA cuadro de asignacion de personal que se ajuste a las necesidades actuales, por lo que: Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Tercera Sesion Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el articulo 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria aprobada por la Ley Nº 27902, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente : ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DEROGAR LAS ORDENANZAS REGIONALES Nºs. 089 y 106-2006-GRP/CR de fechas 18 de MORDAZA del 2006 y 18 de diciembre del 2006 , por las razones expuestas en las partes considerativas de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DAR VALIDEZ Y VIGENCIA EN TODO SUS EXTREMOS A LA ORDENANZA REGIONAL Nº 061-2005-GRP/CR, por el que se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional de Pasco, asi como de las Direcciones Regionales que la conforman, desde la fecha de su promulgacion. Articulo Tercero.- VALIDESE Y DESE VIGENCIA a las Resoluciones Ejecutivas Regionales Nºs. 714 y 725-2005-G.R.PASCO/PRES a traves de los cuales se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal Nominal y el Presupuesto de Asignacion de Personal Nominal desde la fecha de su promulgacion.

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