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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (22/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340226 por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y , En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por MÉLIDARA YMUNDA ROSALES SARMIENTO, sobre autorización de incremento de fl ota de embarcación pesquera denominada “MONIQUE”; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 29171-2 Aprueban cambio de nombre de titular de permiso de pesca a favor de Isla de ONS S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 8 de enero de 2007 Visto los escritos de registro Nº 00067428 del 16 y 24 de octubre y 16 de noviembre del 2006, presentados por ISLA DE ONS S.A.C. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 252-95-PE de fecha 16 de mayo de 1995, modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 395-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de octubre del 2006, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a la empresa PESQUERA NOVILME S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “ERIK” de matrícula Nº CE-2449-PM de 200 TM de capacidad de bodega, la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a través de los escritos del visto, ISLA DE ONS S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 252-95-PE y modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 395-2006-PRODUCE/DGEPP, así como la modi fi cación en el extremo referido al nombre de la embarcación “ERIK” por la de “MATEO”, sustentándose la posesión actual de la embarcación con el contrato de Arrendamiento Financiero y el Certi fi cado Compendioso de Dominio correspondiente que presenta la recurrente; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs 6 y 19-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 467-2006-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, los procedimientos Nºs 6 y 19-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “ERIK” de matrícula Nº CE-2449-PM a favor de la empresa ISLA DE ONS S.A.C., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Modi fi car el artículo 1º de la presente Resolución sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera “ERIK” de matrícula Nº CE-2449-PM entendiéndose que en adelante se denominará “MATEO”. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor de la empresa PESQUERA NOVILME S.A., a través de la Resolución Ministerial Nº 252-95-PE modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 395-2006- PRODUCE/DGEPP para operar la embarcación pesquera “ERIK”, de matrícula Nº CE-2449-PM. Artículo 4º.- Incorporar a ISLA DE ONS S.A.C. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “MATEO” (ex “ERIK”) de matrícula Nº CE-2449-PM, así como la presente Resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PE, respectivamente, excluyendo a PESQUERA NOVILME S.A. y la Resolución Directoral Nº 395-2006-PRODUCE/DGEPP, de los citados Anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: w.w.w.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 29171-3 En cumplimiento de mandato judicial, dejan sin efecto la R.D. Nº 178-2006-PRODUCE/DGEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010 -2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 8 de enero de 2007 Visto la Resolución Número TRES del 16 de noviembre del 2006, emitido por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, alcanzada por el Procurador Público Adjunto a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción mediante O fi cio Nº 891-2006-PRODUCE/PP, de fecha 27 de diciembre del 2006. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 178-2006- PRODUCE/DGEPP del 24 de mayo del 2006, en estricto cumplimiento de la Resolución DOS de fecha 9 de mayo del 2006, remitido a través del O fi cio Nº 963-2006-CSJLL-6JC- MVG de fecha 9 de mayo del 2006, emitido por el Sexto Juzgado Especializado Civil de Trujillo, Expediente Nº 3338-06 en los seguidos por FELIPE SEGUNDO SANCHEZ ULLOA sobre proceso de amparo contra el Ministerio de la Producción;