Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2007 (22/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340235

competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C., la Renovacion de su Permiso de Operacion de Aviacion General ­ Servicio Privado, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 27 de octubre del 2006, dia siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 244-2002-MTC/12 del 24 de octubre del 2002, estando sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion General ­ Servicio Privado. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Aerocomander 500 S. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Atico. DEPARTAMENTO: ICA - Pisco. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Trujillo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Talara, Piura. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los

aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas autorizaciones tecnicas. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, o su Reglamento. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 11º.- Como condicion necesaria para que SERVICIOS AERONAUTICOS SIPESA S.A.C., de ser el caso, pueda realizar operaciones en areas naturales protegidas o areas circundantes de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion, debera contar previamente con el informe favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y del Instituto Nacional de Cultura ­ INC, respectivamente. Articulo 12º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil - Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

26128-1

Otorgan permiso de operacion a Tradewinds Airlines Inc. para prestar servicio de transporte aereo no regular de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 232-2006-MTC/12
MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 Vista la solicitud de TRADEWINDS AIRLINES INC., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 2004-020926 del 3 de diciembre del 2004, TRADEWINDS AIRLINES INC. requiere Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (4) anos; Que, segun los terminos del Memorando Nº 1033-2004MTC/12.AL y Memorando Nº 1345-2006-MTC/12.AL emitidos por la Asesoria Legal, Memorando Nº 218-2005-MTC/12 y Memorando Nº 152-2006-MTC/12 emitidos por la Asesoria de Politica Aerea; y, Memorando Nº 3625-2006-MTC/12.04 emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica de los Estados Unidos de MORDAZA, ha designado a TRADEWINDS AIRLINES INC., para realizar Servicios de Transporte Aereo Internacional no regular de carga; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.