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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (22/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340249 Donaciones y Transferencias, a efectos de poder cumplir con la ejecución de las actividades señaladas en el citado contrato; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42º numeral 42.1, inciso a) y el artículo 69º de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Con las visaciones del Jefe de la o fi cina de Asesoría Legal y del Director General de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aceptar la donación fi nanciera en mérito al CONTRATO Nº 045160 sobre Acciones Especí fi cas de Apoyo, suscrito entre el Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME y la Comunidad Europea. Artículo 2º .- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 120 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME para el Año Fiscal 2007, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, Pliego 120 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, por la incorporación de la contribución fi nanciera para la implementación del Proyecto “Desarrollo de una Plataforma de Conocimiento para Apoyar Alianzas de Solar en ICT (Solar-ICT)” por un total de Veinticuatro Mil Novecientos Doce y 40/100 Euros (Euro 24,912.40) que al tipo de cambio estimado de S/. 4.30 equivalen al importe de S/. 107,124.00 Nuevos Soles, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13 Donaciones y TransferenciasUNIDAD EJECUTORA 001 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa PROMPYME 3.0.0 TRANSFERENCIAS 107,124.00 3.1.3 Externas 107,124.00 3.1.3.004 Donaciones- Unión Europea 107,124.00 ---------------- TOTAL INGRESOS 107,124.00 ========= EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 120 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME UNIDAD EJECUTORA : 001 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME FUNCIÓN : 15 Trabajo PROGRAMA : 049 Prestaciones Laborales SUB PROGRAMA : 0135 Empleo y Formación Profesional ACTIVIDAD : 1.15899 Promoción y Dinamización de Mercados Mypes 5 GASTOS CORRIENTES 107,124.00 3 Bienes y Servicios 107,124.00 --------------- TOTAL EGRESOS 107,124.00 ======== Artículo 3º.- La Dirección General de Administración instruye a la Unidad Ejecutora 001 Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, a fin de que se elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral Ejecutiva, se publicará en el Diario O fi cial El Peruano y la copia de la presente Resolución, se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público.Regístrese y comuníquese. HUGO JAVIER RODRÍGUEZ ESPINOZA Director Ejecutivo 29217-1 SEGURO SOCIAL DE SALUD Sancionan con destitución a servidora del Hospital III Grau de la Red Asistencial Almenara RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 032-GAP-GCRH-OGA-ESSALUD-2007 Lima, 31 de enero del 2007 VISTA:La recomendación, adoptada por unanimidad, contenida en el Acta Nº 01-CPAD-ESSALUD-2007 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao; con relación a la Carta Nº 28-OF-ADM-RAA-ESSALUD-2006 sobre ausencias injusti fi cadas, del Expediente Nº 2006-32-CPAD. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 036- GAP-GCRH-OGA-ESSALUD-2006, se instauró proceso administrativo disciplinario a la servidora Blanca Dávila Ramos, Técnica en Enfermería del Hospital III Grau de la Red Asistencial Almenara, por presunta comisión de falta administrativa disciplinaria tipi fi cada como ausencias injusti fi cadas, prevista en el inciso k) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, promulgado por Decreto Legislativo Nº 276; Que, mediante Carta Nº 393-CPAD-ESSALUD-2006, se notifi có a la citada servidora la resolución precitada para que presente su escrito de descargo, no habiendo cumplido con presentarlo, a pesar que se encuentra debidamente notifi cada conforme se desprende del cargo de recepción que aparece en el expediente principal; Que, le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria a la servidora Blanca Dávila Ramos, al haber incurrido en ausencias injusti fi cadas desde el día 24 de noviembre del 2004 a la fecha, sin haber comunicado a su empleador el motivo de sus ausencias; Por lo expuesto, y de conformidad con lo señalado en el artículo 170º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM y en mérito a las facultades delegadas: SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sanción administrativa disciplinaria de DESTITUCIÓN a la servidora BLANCA DAVILA RAMOS, Técnico de Enfermería del Hospital III Grau de la Red Asistencial Almenara, por falta administrativa disciplinaria tipi fi cada como ausencias injusti fi cadas, prevista en el inciso k) del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- De conformidad con el artículo 207º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideración, Apelación y Revisión, pudiendo ser presentados en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la noti fi cación ante la Gerencia de Administración de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. Arenales Nº 1402 – Sétimo Piso – Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese. PATRICIA MEDINA LINARES Gerente de Administración de Personal–GCRH-OGAESSALUD 29107-1