Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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obras en infraestructura vial. e) Participar en la fiscalizacion de la calidad de estudios de ingenieria y de obras en la red vial, en coordinacion con la Direccion de Fiscalizacion Vial. f) Promover la investigacion y desarrollo de tecnologias aplicables a los estudios, obras y administracion de infraestructura vial. g) Proporcionar servicios de certificacion y calibracion de equipos que utilicen los consultores y contratistas de estudios y obras viales, en proyectos a cargo del Ministerio. h) Promover la celebracion de convenios con instituciones que apoyen el desarrollo de tecnologia relacionada con la infraestructura vial. i) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. De la Direccion de Equipo Mecanico Articulo 65º.- La Direccion de Equipo Mecanico es la unidad organica encargada de mantener, reparar y velar por la operatividad del equipo mecanico del Ministerio, para facilitar el desarrollo de las actividades viales a cargo de sus Proyectos Especiales. Presta servicios de mantenimiento y reparacion de equipo mecanico a otras entidades publicas y privadas que lo soliciten. Tiene las funciones especificas siguientes: a) Formular politicas relativas al uso, instalacion, reparacion y mantenimiento del equipo mecanico del Ministerio. b) Administrar la operacion del Taller de Equipo Mecanico del Ministerio. c) Programar en coordinacion con Provias Nacional, el mantenimiento preventivo y reparacion del equipo mecanico del Ministerio a cargo de este. d) Reparar y mantener el equipo mecanico del Ministerio, garantizando su oportuna disponibilidad para la atencion de emergencias viales, actividades de mantenimiento y ejecucion de obras en las redes viales del pais. e) Supervisar los equipos mecanicos, asi como los procesos de mantenimiento y reparacion de los mismos, cautelando su buen uso y estado de operatividad, en el ambito nacional, sobre la base de sus atribuciones y responsabilidades tecnicas. f) Brindar servicios de Capacitacion, Certificacion profesional, Asistencia Tecnica, Evaluacion y Certificacion de componentes de maquinaria pesada y vehiculos para construccion vial, a los usuarios del equipo mecanico del Ministerio y de otras instituciones que lo soliciten. g) Participar en la capacitacion y apoyo tecnico a los Gobiernos Regionales y Locales, en el ambito de su competencia. h) Brindar servicios de transporte de unidades, componentes, estructuras de puentes y otros, en apoyo a los proyectos especiales del Ministerio y otras instituciones que lo soliciten. i) Participar en la actualizacion del inventario valorizado del equipo mecanico del Ministerio. j) Ejecutar la reparacion y mantenimiento de la flota de vehiculos livianos del Ministerio que le sea requerida. k) Participar en el MORDAZA de seleccion para la adquisicion del equipo mecanico y de los bienes y servicios de acuerdo a sus necesidades, a traves de los Comites Especiales. l) Formular y mantener actualizadas las tarifas referenciales de alquiler horario del equipo mecanico del Ministerio, para uso en el desarrollo de infraestructura de transportes. m) Promover la celebracion de convenios con Instituciones del sector publico, Gobiernos Regionales y Locales u otros, que cuenten con equipo mecanico y requieran de capacitacion y certificacion profesional, asistencia tecnica y servicios de reparacion y mantenimiento del mismo. n) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. De la Direccion General de Transporte Terrestre Articulo 66º.- La Direccion General de Transporte Terrestre es un organo de linea de ambito nacional encargado de normar el transporte y MORDAZA terrestre; regular, autorizar, supervisar y fiscalizar la prestacion de servicios de transporte terrestre por carretera y servicios complementarios, asi como del MORDAZA terrestre. De las Funciones de la Direccion General de Transporte Terrestre Articulo 67º.- La Direccion General de Transporte Terrestre tiene las funciones especificas siguientes:

a) Proponer y ejecutar las politicas orientadas a la administracion de los servicios de transporte terrestre de personas y de mercancias. b) Proponer proyectos de normas, reglamentos y demas disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y MORDAZA terrestre. c) Otorgar autorizaciones para la prestacion de servicios de transporte terrestre de personas y de mercancias de ambito nacional e internacional y sus servicios complementarios. d) Fiscalizar que la prestacion de servicios de transporte terrestre de personas y de mercancias de ambito nacional e internacional y sus servicios complementarios, se realicen de acuerdo a las normas, regulacion y autorizaciones vigentes. e) Conducir la gestion y mantener actualizados los registros administrativos nacionales relacionados al transporte y MORDAZA terrestre por carretera, en coordinacion con los gobiernos regionales y locales segun corresponda. f) Mantener un sistema estandar de licencias de conducir; normar, coordinar y fiscalizar el MORDAZA de otorgamiento de estas a nivel nacional y emitir licencias de conducir en el ambito de su competencia. g) Mantener un sistema estandar de homologacion, certificacion, verificacion y revisiones tecnicas de vehiculos; asi como normar y fiscalizar su operacion. h) Desarrollar las actividades orientadas a promover la educacion y seguridad vial, de competencia del Ministerio. i) Regular y supervisar el funcionamiento de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales Contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) y de los fondos que administran, analizar la elaboracion de la Nota Tecnica que sustenta el valor del Certificado de Acreditacion; asi como detectar y sancionar las infracciones por incumplimiento de sus obligaciones. j) Conducir la central de riesgos de siniestralidad del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (SOAT) y AFOCAT; asi como aprobar los documentos relacionados con el SOAT y AFOCAT. k) Producir estadisticas relacionadas al transporte y MORDAZA terrestre de personas y mercaderias en su ambito de competencia. l) Resolver en MORDAZA instancia administrativa, los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones expedidas en los procedimientos administrativos sancionadores en el ambito de su competencia. m) Participar en representacion del Ministerio como organismo nacional competente de Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte y MORDAZA terrestre. n) Proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ambito de su competencia. o) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ambito de su competencia. De la Estructura Organica de la Direccion General de Transporte Terrestre Articulo 68º.- La Direccion General de Transporte Terrestre tiene las siguientes unidades organicas: Direccion de Regulacion y Normatividad Direccion de Servicios de Transporte Terrestre Direccion de Circulacion y Seguridad Vial Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones De la Direccion de Regulacion y Normatividad Articulo 69º.- La Direccion de Regulacion y Normatividad es la unidad organica encargada de la regulacion del transporte terrestre, formular proyectos de normas, reglamentos y demas disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y MORDAZA terrestre; asi como elaborar estudios de investigacion en el ambito de su competencia. Tiene las funciones especificas siguientes: a) Formular politicas del Sector relativas a la administracion de servicios de transporte y MORDAZA terrestre. b) Formular proyectos de normas, reglamentos y demas disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y MORDAZA terrestre. c) Proponer las medidas necesarias para el funcionamiento seguro y eficiente de los servicios de transporte por carretera. d) Evaluar el MORDAZA de aplicacion de las normas sobre transporte y MORDAZA terrestre. e) Coordinar con los organos competentes de los gobiernos regionales y locales la aplicacion de las normas

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