Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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De la Oficina de Imagen Institucional

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

Articulo 13º.- La Oficina de Imagen Institucional es la unidad organica de la Secretaria General encargada de asesorar a la Alta Direccion en la formulacion e implementacion de estrategias de comunicacion y realizar el seguimiento y analisis de la informacion emitida por los medios sobre temas del Ministerio. Coordina las acciones de protocolo. De las Funciones de la Oficina de Imagen Institucional Articulo 14º.- La Oficina de Imagen Institucional tiene las funciones especificas siguientes: a) Proponer a la Alta Direccion las estrategias de comunicacion preactiva y reactiva del Sector. b) Planificar, ejecutar y supervisar la difusion de las actividades del Ministerio y coordinar las acciones correspondientes con los organismos del Sector. c) Disenar estrategias que contribuyan a fortalecer la imagen del Ministerio ante la opinion publica. d) Proporcionar a la Alta Direccion la informacion y analisis sobre las noticias y tendencias diarias de la opinion publica nacional e internacional. e) Mantener contacto permanente con los medios de comunicacion social. f) Controlar y aprobar todo MORDAZA de impresos, campanas, avisos y spots publicitarios que se realicen por encargo del Ministerio. g) Supervisar el uso adecuado del logotipo institucional. h) Conducir las actividades de relaciones publicas y protocolo del Ministerio. i) Organizar ceremonias y eventos que MORDAZA dispuestos por la Alta Direccion. j) Administrar y cautelar los archivos audiovisuales y fisicos de la Oficina. k) Las demas funciones que le asigne el Secretario General, en el ambito de su competencia. De la Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Articulo 15º.- La Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental es la unidad organica de la Secretaria General encargada de administrar, custodiar y conservar la documentacion del Ministerio, brindar informacion y orientacion a ciudadanos y personas juridicas sobre servicios del Ministerio, asi como de velar por la agilizacion de los procedimientos de atencion y de gestion documentaria. De las Funciones de la Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental Articulo 16º.- La Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental tiene las funciones especificas siguientes: a) Administrar el Archivo Central, los archivos perifericos y archivos de gestion, asi como el Centro de Informacion y Documentacion. b) Proponer directivas para el funcionamiento del Archivo Central, los archivos perifericos y archivos de gestion, asi como del Centro de Informacion y Documentacion. c) Administrar los servicios de atencion al publico. d) Administrar la gestion documentaria del Ministerio. e) Administrar, registrar, clasificar y distribuir la documentacion que ingresa al Ministerio. f) Brindar informacion y orientacion sobre los servicios que brinda el Ministerio y la situacion en que se encuentran los documentos en tramite. g) Coordinar con la oficina o direccion responsable la respuesta a las solicitudes de acceso a la informacion publica. h) Custodiar y distribuir las resoluciones emitidas por el Sector. i) Participar en la actualizacion de los manuales de procedimientos de atencion al ciudadano y de gestion documentaria y velar por su cumplimiento.

j) Elaborar formatos y formularios para la tramitacion de procedimientos administrativos. k) Disenar y actualizar las guias del usuario de los servicios que brindan las unidades organicas del Ministerio, asi como material de Orientacion, en coordinacion con las mismas. l) Registrar y controlar el reparto y entrega de la documentacion a nivel local, nacional e internacional correspondiente a la Alta Direccion del Ministerio. m) Coordinar con las Direcciones u Oficinas responsables, las notificaciones de documentos y resoluciones del Ministerio. n) Las demas funciones que le asigne el Secretario General, en el ambito de su competencia. De la Oficina de Defensa Nacional Articulo 17º.- La Oficina de Defensa Nacional es la unidad organica de la Secretaria General encargada de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones inherentes a la defensa nacional y la defensa civil a nivel del Ministerio. Es el nexo con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el organo competente del Ministerio de Defensa. De las Funciones de la Oficina de Defensa Nacional Articulo 18º.- La Oficina de Defensa Nacional tiene las funciones especificas siguientes: a) Asesorar en el planeamiento, programacion, ejecucion y supervision de las acciones de Defensa Nacional, en el ambito de competencia del Ministerio. b) Asesorar en la compatibilizacion de los planes estrategicos del Ministerio con las politicas de Seguridad y Defensa Nacional. c) Conducir y supervisar las acciones de motivacion y capacitacion del personal en los aspectos de Defensa Nacional y Defensa Civil. d) Representar al Ministerio por delegacion del Ministro ante el organo competente del Ministerio de Defensa y el Instituto Nacional de Defensa Civil. e) Las demas funciones previstas por los dispositivos legales vigentes. CAPITULO III ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL De la Procuraduria Publica Articulo 19º.- La Procuraduria Publica es el organo encargado de garantizar la defensa del Estado en juicio. Esta a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus proyectos especiales y organismos publicos descentralizados, conforme a la Constitucion Politica y a la Ley de Defensa Judicial del Estado. De las Funciones de la Procuraduria Publica Articulo 20º.- La Procuraduria Publica tiene las funciones especificas siguientes: a) Representar y defender los derechos e intereses del Ministerio, sus proyectos especiales y organismos publicos descentralizados, ante los organos jurisdiccionales, administrativos, Tribunal Constitucional y Ministerio Publico. b) Asesorar a la Alta Direccion en los asuntos de su competencia. c) Coordinar con las autoridades del Sector Publico Nacional los asuntos relacionados con la defensa de los derechos e intereses del Ministerio, sus proyectos especiales y organismos publicos descentralizados y solicitar los informes que estime conveniente. d) Coordinar con el Consejo de Defensa Judicial del Estado. e) Las demas funciones senaladas en la Ley de Defensa Judicial del Estado, normas complementarias y conexas y otras que le asigne el Ministro de acuerdo al ambito de su competencia.

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