Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348549

la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 81064-1

Otorgan concesion a Turismo Tours Huamanga del Sur E.I.R.Ltda. para prestar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 6104-2007-MTC/15 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2007 VISTOS: los expedientes de registros Nºs 2007002513, 2007-002513-A y 2007-002513-B, organizados por TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Puno y viceversa y los Informes Nºs 1388 y 1834-2007-MTC/15.02.2, elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones. CONSIDERANDO: Que, TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., -en adelante La Empresa, mediante los expedientes indicados en Vistos, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC, solicito la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Puno y viceversa. Para el efecto, oferto las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs VG-4526 (1999), UU-1354 (1992) y UQ-8129 (1993) respectivamente; Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 1388-2007MTC/15.02.2 concluyo que la ruta: Arequipa-Puno y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 032-2002-MTC precisada en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0382004-MTC, asimismo indico que el omnibus de placa de rodaje Nº UU-1354 se encuentra actualmente habilitado a nombre de EXPRESO TURISMO SAN MORDAZA E.I.R.LTDA.; Que, del mismo modo, la Subdireccion de Autorizaciones en el Informe Nº 1834-2007-MTC/15.02.2 concluye que La Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 0602003-MTC, y con las condiciones de acceso senalados en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, para el otorgamiento de la concesion interprovincial para prestar servicio de transporte regular de personas en la ruta solicitada solo con los vehiculos de placas de rodaje Nºs VG4526 y UQ-8129 a excepcion del vehiculo de placa de rodaje Nº UU-1354 toda vez, que no cumple con lo dispuesto en el literal a) del articulo 39º del citado texto legal al haber sido modificada la formula rodante de 2 a 3 ejes, cambio que no cuenta con la autorizacion del fabricante VOLVO PERU S.A. segun documentos de fechas 19 de febrero y 23 de marzo de 2007 respectivamente; Que, igualmente la Subdireccion de Autorizaciones en el Informe senalado en el considerando anterior, refiere que el contrato de arrendamiento del terminal terrestre que sera utilizado en la MORDAZA de Juliaca (escala comercial)

suscrito por un periodo de un (1) ano contados a partir del 31 de enero de 2007 indica como fecha de vencimiento aquella fecha, por lo que, sugiere que La Empresa debera subsanar esta observacion, previa a la entrega de los Certificados de Habilitacion Vehicular. Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 86º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes concordado con el articulo 91º literal e) del mismo texto legal, corresponde declarar la conclusion de la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UU-1354, toda vez, que la actual propietaria de dicha unidad es TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., conforme se aprecia de la fotocopia de la tarjeta de propiedad vehicular que obra en autos a fojas 18; Que, son aplicables al presente caso, los principios establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a favor de TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: ArequipaPuno y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS : : : : : AREQUIPA-PUNO y viceversa MORDAZA MORDAZA IMATA ­ MORDAZA MORDAZA ­ JULIACA Tres (3) semanales en cada extremo de ruta Dos (2) omnibus Un (1) omnibus de placa de rodaje Nºs VG-4526 (1999) Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UQ-8129 (1993) Salidas de MORDAZA, los dias lunes, miercoles y viernes a las 15:00 horas Salidas de MORDAZA, los dias martes, jueves y sabado a las 15:00 horas.

FLOTA VEHICULAR : FLOTA OPERATIVA : FLOTA DE RESERVA : HORARIOS :

Articulo Segundo.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Tercero.- Declarar improcedente la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UU-1354 solicitado por TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., por las razones expuesta en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA., debera subsanar la observacion a la que se hace referencia en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion con la documentacion correspondiente previa a la entrega de los Certificados de Habilitacion Vehicular de los omnibus de placas de rodaje Nºs VG-4526 y UQ-8129. Articulo Quinto.- Declarar concluida la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UU-1354; en consecuencia, procedase al retiro de dicha unidad del Registro Nacional de Transporte de Personas, debiendo comunicarse de este acto administrativo a EXPRESO TURISMO SAN MORDAZA E.I.R.L. a fin de que devuelva el certificado de habilitacion vehicular correspondiente. Articulo Sexto.- La presente Resolucion debera ser publicada por TURISMO TOURS HUAMANGA DEL SUR E.I.R.LTDA. en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion.

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