Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348553

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de publicidad para promocionar el examen de admision 2007-I de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 633-2007-R Callao, 3 de MORDAZA de 2007 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 629-2007-OASA (Expediente Nº 117686) recibido el 27 de junio de 2007, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita excluir del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, el MORDAZA de seleccion, Adjudicacion Directa Publica "Contratacion de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, MORDAZA Television, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La Republica y Diario El Callao)"; incluir en el referido Plan Anual el referido MORDAZA de seleccion por la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva; asi como la exoneracion del mismo y su aprobacion. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por Resolucion Nº 063-2006R de fecha 26 de enero de 2007 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, habiendose considerado en el mismo la "Contratacion de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, MORDAZA Television, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La Republica y Diario El Callao)", mediante un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, por un valor referencial total de hasta S/. 100,000.00 (cien mil nuevos soles), incluido el IGV; Que, el numeral 2) de la VI) Disposicion Especifica de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE aprobado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE de fecha 29 de diciembre 2003, establece que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones debera contener, obligatoriamente, las Licitaciones y Concursos Publicos, asi como las Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas que se convocaran en el ano fiscal, aun cuando se trata de una MORDAZA Convocatoria o una posterior; Que, los numerales 1) y 2) del Art. 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que el Plan Anual podra ser modificado cuando se tenga que INCLUIR o EXCLUIR procesos de seleccion; o cuando se modifique la cantidad prevista de bienes en mas de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion; asimismo, la aprobacion de las modificaciones las MORDAZA el Titular de la Entidad concordante con el Art. 25º del Reglamento citado; Que, el Art. 9º, 9.1., Inc. c), de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 28927, senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion de Servicios y de Consultoria, indicando Adjudicacion Directa si el valor

referencial es inferior a sesenta (60) Unidades Impositivas Tributarias; es decir, S/. 207.000.00 (doscientos siete mil nuevos soles); asimismo, el Art. 77º numeral 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0632006-PCM, senala que la Adjudicacion Directa Selectiva se convoca cuando el monto de adquisicion o contratacion es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, el Art. 19º, Inc. f) del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cuyo Art. 145º precisa que en la clasificacion de servicios personalisimos se encuentran expresamente incluidos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; que es el presente caso; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado y los Arts. 146º y 147º del citado Reglamento, indican que la Exoneracion de MORDAZA de seleccion se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y el informe que las sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; adicionalmente deberan publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, el Art. 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que MORDAZA de convocar a procesos de seleccion, la Entidad debera contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Tecnico Nº 03-OASA-2007 del 27 de junio de 2007, con cuyo sustento solicita EXCLUIR del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, el MORDAZA de seleccion, Adjudicacion Directa Publica, consignado en el numeral 25) del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007 de la Universidad Nacional del Callao, para la "Contratacion de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2007-I de la Universidad Nacional del Callao, e INCLUIR la Adjudicacion Directa Selectiva y autorizar la EXONERACION para la "Contratacion de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicacion para promocionar el Examen de Admision 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, MORDAZA Television, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La Republica y Diario El Callao", comunicando que el valor referencial total para dicha contratacion se ha reducido a la suma de S/. 87,391.58 (ochenta y siete mil trescientos noventa y uno con 58/100 nuevos soles), adjuntando el Oficio Nº 307-2007-OPLA e Informe Nº 1259-2007-UPEPOPLA, recibidos de la Oficina de Planificacion el 2 de MORDAZA de 2007, por los que esta Oficina informa que existe disponibilidad presupuestal para atender los gastos del referido MORDAZA de seleccion, con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central y Calendario de Compromisos de Agosto 2007; Estando a lo glosado; al Informe Nº 375-2007-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 2 de MORDAZA de 2007; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733;

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