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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2007 (06/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348553 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de publicidad para promocionar el examen de admisión 2007-I de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 633-2007-R Callao, 3 de julio de 2007EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el O fi cio Nº 629-2007-OASA (Expediente Nº 117686) recibido el 27 de junio de 2007, por cuyo intermedio el Jefe de la O fi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita excluir del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, el proceso de selección, Adjudicación Directa Pública “Contratación de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicación para promocionar el Examen de Admisión 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, América Televisión, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La República y Diario El Callao)”; incluir en el referido Plan Anual el referido proceso de selección por la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva; así como la exoneración del mismo y su aprobación. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por Resolución Nº 063-2006-R de fecha 26 de enero de 2007 se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, habiéndose considerado en el mismo la “Contratación de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicación para promocionar el Examen de Admisión 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, América Televisión, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La República y Diario El Callao)”, mediante un proceso de Adjudicación Directa Pública, por un valor referencial total de hasta S/. 100,000.00 (cien mil nuevos soles), incluido el IGV; Que, el numeral 2) de la VI) Disposición Especí fi ca de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE aprobado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE de fecha 29 de diciembre 2003, establece que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones deberá contener, obligatoriamente, las Licitaciones y Concursos Públicos, así como las Adjudicaciones Directas Públicas y Selectivas que se convocarán en el año fi scal, aún cuando se trata de una Segunda Convocatoria o una posterior; Que, los numerales 1) y 2) del Art. 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual podrá ser modi fi cado cuando se tenga que INCLUIR o EXCLUIR procesos de selección; o cuando se modi fi que la cantidad prevista de bienes en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección; asimismo, la aprobación de las modi fi caciones las hará el Titular de la Entidad concordante con el Art. 25º del Reglamento citado; Que, el Art. 9º, 9.1., Inc. c), de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 28927, señala los montos para la determinación del proceso de selección para la Contratación de Servicios y de Consultoría, indicando Adjudicación Directa si el valor referencial es inferior a sesenta (60) Unidades Impositivas Tributarias; es decir, S/. 207.000.00 (doscientos siete mil nuevos soles); asimismo, el Art. 77º numeral 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 063- 2006-PCM, señala que la Adjudicación Directa Selectiva se convoca cuando el monto de adquisición o contratación es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del límite máximo establecido para la Adjudicación Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, el Art. 19º, Inc. f) del Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cuyo Art. 145º precisa que en la clasi fi cación de servicios personalísimos se encuentran expresamente incluidos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; que es el presente caso; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado y los Arts. 146º y 147º del citado Reglamento, indican que la Exoneración de proceso de selección se aprobará mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe técnico-legal previo y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo remitirse copia de la Resolución y el informe que las sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación; adicionalmente deberán publicarse en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, el Art. 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que antes de convocar a procesos de selección, la Entidad deberá contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva, el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento; Que, mediante el O fi cio del visto, el Jefe de la O fi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Técnico Nº 03-OASA-2007 del 27 de junio de 2007, con cuyo sustento solicita EXCLUIR del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2007, el proceso de selección, Adjudicación Directa Pública, consignado en el numeral 25) del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007 de la Universidad Nacional del Callao, para la “Contratación de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicación para promocionar el Examen de Admisión 2007-I de la Universidad Nacional del Callao, e INCLUIR la Adjudicación Directa Selectiva y autorizar la EXONERACIÓN para la “Contratación de Servicios de Publicidad en los diferentes medios de comunicación para promocionar el Examen de Admisión 2007-I de la Universidad Nacional del Callao (Radio RPP. Noticias AM/FM, Radio Moda 97.3FM, Radio Mar 106.3 AM/FM 760, Radio La Inolvidable 93.7 FM/660, América Televisión, Diario El Comercio, Diario El Trome, Diario La República y Diario El Callao”, comunicando que el valor referencial total para dicha contratación se ha reducido a la suma de S/. 87,391.58 (ochenta y siete mil trescientos noventa y uno con 58/100 nuevos soles), adjuntando el Ofi cio Nº 307-2007-OPLA e Informe Nº 1259-2007-UPEP- OPLA, recibidos de la O fi cina de Plani fi cación el 2 de julio de 2007, por los que esta O fi cina informa que existe disponibilidad presupuestal para atender los gastos del referido proceso de selección, con cargo a los recursos directamente recaudados de la administración central y Calendario de Compromisos de Agosto 2007; Estando a lo glosado; al Informe Nº 375-2007-AL recibido de la O fi cina de Asesoría Legal el 2 de julio de 2007; a la documentación sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le con fi eren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733;