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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2007 (06/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348544 h) Coordinar los programas de cooperación técnica internacional con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), Unión Postal Universal (UPU) y otros organismos internacionales, incluyendo su fi nanciamiento, conforme a las normas legales vigentes. i) Proponer el Plan Anual de reuniones internacionales y priorizar la participación del subsector en las mismas, así como elaborar las ponencias y/o trabajos a ser presentados, coordinando la participación del Ministerio. j) Analizar la situación de los mercados de servicios de telecomunicaciones y servicios postales. k) Realizar estudios sobre convergencia de servicios, tecnologías emergentes, numeración, señalización y atribución de frecuencias, a fi n de adecuar la normativa vigente. l) Elaborar estadísticas de los servicios de comuni- caciones. m) Administrar el Registro de Infraestructura de Uso Público. n) Administrar el Museo Postal y Filatélico del Perú.o) Desarrollar y difundir planes y programas dirigidos a fomentar la actividad fi latélica en el Perú. p) Proponer las condiciones y términos para la realización de concursos públicos de servicios de telecomunicaciones. q) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Comunicaciones, en el ámbito de su competencia. De la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones Artículo 82º.- La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones es el órgano de línea de ámbito nacional del Subsector Comunicaciones, encargado de proponer y en su caso, otorgar, modi fi car, renovar y/o cancelar concesiones y/o registros para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y servicios postales. Asimismo administra el espectro radioeléctrico y otros recursos asociados a la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones. De las Funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones Artículo 83º.- La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones tiene las funciones especí fi cas siguientes: a) Evaluar solicitudes de concesiones para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y servicios postales, así como su transferencia, modi fi cación, renovación y/o cancelación. b) Asignar frecuencias del espectro radioeléctrico, así como series y códigos de numeración y señalización para los servicios públicos de telecomunicaciones. c) Aprobar solicitudes para la inscripción en los registros de servicios públicos de telecomunicaciones, empresas de valor añadido, comercializadores, casas comercializadoras de equipos y aparatos de telecomunicaciones y personas autorizadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes, así como su modi fi cación, renovación y/o cancelación. d) Administrar el Registro Nacional de Frecuencias así como el Registro de Concesionarios Postales y expedir certi fi cado de inscripción en el registro de proveedores de capacidad satelital y certi fi cado de operador al personal que labora en el campo de las telecomunicaciones. e) Aprobar modi fi caciones de características técnicas de las concesiones y estaciones radioeléctricas de los servicios públicos de telecomunicaciones, así como modi fi caciones de los planes mínimos de expansión o planes de cobertura. f) Otorgar permisos de internamiento, fi nal o temporal, de equipos y aparatos de telecomunicaciones. g) Elaborar las bases y conducir los concursos públicos para otorgar concesiones de los servicios públicos de telecomunicaciones. h) Elaborar y aprobar normas técnicas y directivas. i) Determinar, requerir y fi scalizar el cumplimiento de las obligaciones económicas a cargo de los titulares de concesiones de los servicios públicos de telecomunicaciones y servicios postales, de acuerdo a lo informado por las unidades orgánicas. j) Emitir resolutivos de fraccionamiento de deuda de los titulares de concesiones de servicios públicos de telecomunicaciones y servicios postales y otros resolutivos de fraccionamiento relacionados a estos servicios. k) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Comunicaciones, en el ámbito de su competencia.De la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones Artículo 84º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es el órgano de línea de ámbito nacional del Subsector Comunicaciones, encargado de proponer y en su caso, otorgar, modi fi car, renovar y/o cancelar autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión y servicios privados de telecomunicaciones. Asimismo administra el espectro radioeléctrico asociado a la prestación de estos servicios. De las Funciones de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones Artículo 85º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones tiene las funciones especí fi cas siguientes: a) Evaluar solicitudes de autorización para la prestación de servicios de radiodifusión así como su modi fi cación, transferencia, renovación y/o cancelación. b) Denegar las solicitudes de renovación y transferencias de autorizaciones de los servicios de radiodifusión, así como los cambios en la composición de las personas jurídicas titulares de autorizaciones de los servicios de radiodifusión. c) Otorgar autorizaciones para la prestación de servicios privados así como su modi fi cación, transferencia, renovación y/o cancelación. d) Otorgar autorizaciones a las estaciones de baja potencia del servicio de radiodifusión instaladas en el marco de los proyectos a cargo del Ministerio. e) Otorgar Licencias de Operación para los servicios de radiodifusión y servicios privados. f) Asignar frecuencias del espectro radioeléctrico para los servicios de radiodifusión y servicios privados. g) Aprobar modi fi caciones de características técnicas de las estaciones radioeléctricas de los servicios de radiodifusión y servicios privados de telecomunicaciones, así como modi fi caciones de las condiciones esenciales del servicio de radiodifusión. h) Proponer los planes de canalización y asignación de frecuencias para los servicios de radiodifusión. i) Aprobar las bases para los concursos públicos para el otorgamiento de autorizaciones para los servicios de radiodifusión. j) Elaborar y aprobar normas técnicas y directivas. k) Determinar, requerir y fi scalizar el cumplimiento de las obligaciones económicas a cargo de los titulares de autorizaciones de los servicios de radiodifusión y servicios privados, de acuerdo a lo informado por las unidades orgánicas. l) Emitir resolutivos de fraccionamiento de deuda de los titulares de autorizaciones para prestar los servicios de radiodifusión y servicios privados de telecomunicaciones y otros resolutivos de fraccionamiento relacionados a estos servicios. m) Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Comunicaciones, en el ámbito de su competencia. De la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones Artículo 86º.- La Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones es el órgano de línea de ámbito nacional del subsector Comunicaciones encargado de controlar y supervisar la prestación de los servicios y actividades de comunicaciones y ejercer la potestad sancionadora, en el ámbito de competencia del Ministerio así como velar por el uso correcto del espectro radioeléctrico. De las Funciones de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones Artículo 87º.- La Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones tiene las funciones especí fi cas siguientes: a) Controlar el uso del espectro radioeléctrico.b) Ejercer las facultades inspectoras y supervisar el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en los contratos de concesión y autorizaciones para la prestación de servicios de comunicaciones. c) Supervisar y disponer la ejecución de las mediciones, inspecciones, comprobaciones y certi fi caciones técnicas de equipos y aparatos de telecomunicaciones. d) Evaluar y decidir el inicio de los procedimientos sancionadores, conducir la fase instructora, así como determinar y aplicar sanciones, medidas adicionales o complementarias en el ámbito de los servicios y actividades de comunicaciones.