Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones expedidas en los procedimientos administrativos sancionadores en el ambito de su competencia. l) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ambito de su competencia. De la Estructura Organica de la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales Articulo 75º- La Direccion General de Asuntos SocioAmbientales tiene las siguientes unidades organicas: Direccion de Gestion Ambiental Direccion de Gestion Social De la Direccion de Gestion Ambiental Articulo 76º.- La Direccion de Gestion Ambiental es la unidad organica encargada de velar por adecuados instrumentos de gestion ambiental para el desarrollo de las actividades del Subsector Transportes; efectua el seguimiento del componente ambiental de proyectos en concesion. Tiene las funciones especificas siguientes: a) Evaluar y proponer la aprobacion de los estudios de impacto social y ambiental, asi como otros instrumentos de gestion socio-ambiental, para el desarrollo de las actividades del Subsector. b) Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de programas y planes de manejo de los estudios de impacto social y ambiental, asi como de otros instrumentos de gestion socio-ambiental aprobados por el Subsector. c) Formular terminos de referencia para la elaboracion de estudios de impacto ambiental, guias tecnicas y otros documentos tecnico normativos relacionados con aspectos socio-ambientales para la ejecucion de estudios y obras en proyectos del Subsector Transportes. d) Conducir el registro sectorial de entidades e instituciones autorizadas para elaborar estudios de impacto social y ambiental y otros instrumentos de gestion ambiental para las actividades del Subsector. e) Monitorear los proyectos en concesion en su componente ambiental. f) Formular y proponer normas y mecanismos para prevenir y controlar la contaminacion ambiental proveniente de MORDAZA moviles. g) Homologar y autorizar la utilizacion de equipos para el control oficial de los Limites Maximos Permisibles. h) Evaluar, imponer y ejecutar las sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad ambiental vigente. i) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. De la Direccion de Gestion Social Articulo 77º.- La Direccion de Gestion Social es la unidad organica encargada de velar por el entorno social de las obras de infraestructura de transportes, supervisa el cumplimiento de planes de manejo social, participa en procesos de expropiacion y reasentamiento. Tiene las funciones especificas siguientes: a) Participar en la evaluacion de los estudios de impacto ambiental en su componente social. b) Participar en la formulacion de terminos de referencia para elaboracion de estudios de impacto ambiental, guias tecnicas y otros documentos tecnico normativos relacionado con aspectos socio-ambientales para la ejecucion de estudios y obras en proyectos del Subsector Transportes. c) Conducir el MORDAZA de participacion ciudadana durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transportes. d) Supervisar el cumplimiento de los planes de afectaciones a terceros, resultado de evaluaciones de impacto ambiental. e) Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de planes de manejo social de los estudios de impacto social y ambiental, o derivados de otros instrumentos de evaluacion de impacto socio-ambiental. f) Participar en las diferentes etapas de los procesos de expropiacion y reasentamientos realizados por el Subsector. g) Monitorear los proyectos en concesion en los componentes sociales. h) Realizar el seguimiento de los estudios ambientales definitivos que se desarrollen de acuerdo a lo dispuesto en los contratos de concesion. i) Mantener relaciones de coordinacion con los gobiernos regionales y locales en asuntos socio-ambientales del Subsector.

j) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. De la Direccion General de Concesiones en Transportes Articulo 78º.- La Direccion General de Concesiones en Transportes es un organo de linea de ambito nacional, encargada de seleccionar y formular los proyectos de infraestructura y servicios de transporte a ser otorgados al sector privado bajo concesion o cualquier otra forma contractual que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo, velando porque dichos proyectos se formulen de acuerdo con las politicas sectoriales. Asimismo, tiene a su cargo la coordinacion de todas las tareas relacionadas con la implementacion y monitoreo de los proyectos otorgados al sector privado desde la celebracion del contrato hasta su terminacion. De las Funciones de la Direccion General de Concesiones en Transportes Articulo 79º.- La Direccion General de Concesiones en Transportes tiene las funciones especificas siguientes: a) Proponer politicas, estrategias y proyectos de normas relativas a la participacion del sector privado en los proyectos de participacion publico privada de infraestructura y servicios de transporte. b) Proponer los proyectos a ser realizados con participacion de la inversion privada en infraestructura y servicios de transporte en coordinacion con las dependencias y organismos competentes. c) Efectuar el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contractuales en los contratos de concesion y participacion publico privada suscritos por el Sector. d) Monitorear la adecuada implementacion de los proyectos en coordinacion con las instituciones y dependencias competentes. e) Resolver las controversias con la parte contractual privada, en el MORDAZA de los contratos correspondientes. f) Administrar la relacion contractual durante su vigencia hasta su terminacion. g) Proponer modificaciones que adapten los contratos ante circunstancias que afecten los fines establecidos en el diseno de los mismos. h) Emitir opinion sobre las propuestas de modificacion de los contratos. i) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ambito de su competencia. SUBSECTOR COMUNICACIONES De la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones Articulo 80º.- La Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones es el organo de linea de ambito nacional del Subsector Comunicaciones encargado de proponer y evaluar las politicas y la regulacion tendente a la promocion del desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones y el acceso universal a los mismos. De las Funciones de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones Articulo 81º.- La Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones tiene las funciones especificas siguientes: a) Proponer las politicas del Sector en materia de comunicaciones. b) Proponer el Plan Estrategico para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales. c) Proponer el Plan Estrategico Institucional del Subsector, en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. d) Proponer el Plan Nacional de Telecomunicaciones, que contiene entre otros los Planes Tecnicos Fundamentales. e) Proponer proyectos de normas, reglamentos y demas disposiciones legales para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales. f) Formular normas en materia de medio ambiente y coordinar con otras entidades en representacion del Subsector, asuntos relacionados con la gestion ambiental. g) Proponer la posicion del Sector en materia de comunicaciones, en los convenios y/o acuerdos internacionales de la materia asi como efectuar las coordinaciones que fueran necesarias con otros sectores.

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