Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2007 (18/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion y actuados administrativos a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 85631-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 0483-2007-IN/1201 MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2007 VISTO, el Oficio N° 988-2007-IN-1201, de 14 de MORDAZA de 2007, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, con relacion a los graves incidentes de alteracion del orden publico que se vienen suscitando a nivel nacional desde el 05 de MORDAZA de 2007, como consecuencia de disturbios y paralizaciones convocadas por diversos gremios, sindicatos y asociaciones vinculados al Sindicato Unico de Trabajadores de Educacion del Peru - SUTEP, solicitando se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, a fin de que interponga las acciones legales que correspondan contra los implicados en los Atestados N° 156-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N° 162-07-DIRSEG-DIVASOC-L- PNP, N° 166-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, N° 167-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N° 168-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, N° 169-DIRSEG-DIVASOC-V-PNP, N° 170-07-DIRSEGDIVASOC-L-PNP, N° 171-07-DIRSEG-DIVASOC-L-PNP, 172-07-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, y demas que resulten responsables como consecuencia de los actos de violencia que se vienen suscitando; y CONSIDERANDO: Que, como es de conocimiento publico, se vienen suscitando a nivel nacional desde el 5 de MORDAZA de 2007, diversos disturbios y paralizaciones por organizaciones gremiales, sindicales y politicas, utilizando como pretexto reclamos gremiales; Que, como consecuencia de las mismas, se produjeron actos vandalicos, bloqueo de carreteras y calles en la MORDAZA de Lima; interrumpiendo vias, colocando piedras, troncos y llantas en ellas, que impidieron el libre MORDAZA de vehiculos interprovinciales, camiones y autos particulares, lo que afecta el normal desarrollo de las actividades economicas y sociales de la poblacion atentando contra la propiedad publica y privada y la integridad y seguridad de las personas y autoridades y servidores publicos; pudiendose evidenciar que los autores de dichos hechos actuan de manera planificada, concertada, y con el afan de alterar el orden publico; Que, ante tales hechos, la autoridad policial interviene para restaurar el orden publico, siendo amenazados y/o agredidos por los presuntos agentes, quienes pretenden entorpecer y frustrar sus funciones, lanzando piedras y diversos objetos contundentes; Que, por medio de estos disturbios y paralizaciones no solo se esta alterando la paz, el orden y la seguridad publica; sino que tambien se perpetran conductas delictivas contra los bienes publicos, asi como comportamientos violentos contra la integridad fisica de ciudadanos como de autoridades y servidores publicos encargados de preservar el orden interno; Que, a consecuencia de estos hechos en diversos lugares de la MORDAZA de MORDAZA fueron intervenidos los implicados en los Atestados N° 156-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N°162-07-DIRSEG-DIVASOC-L-PNP, N° 166-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, N° 167-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N° 168-DIRSEG-DJVASOC-S-PNP, N° 169-DIRSEG-DIVASOC-V-PNP, N° 170-07-DIRSEGDIVASOC-L-PNP, N° 171 07-DlRSEG-DlVASOC-L-PNP, 1 72-07-DIRSEG- DIVASOC-S-PNP; Que, en la ejecucion de tales hechos existe ademas participacion directa de otras personas que, sin haber actuado materialmente en tales eventos, han organizado, planificado, incentivado e inducido a la ejecucion de los

diversos actos de implicancia penal, por lo que deben responder como autores intelectuales o instigadores de los diversos delitos perpetrados aprovechando los distintos actos de protestas; Que, las conductas MORDAZA descritas, por los presuntos autores materiales e intelectuales estarian tipificadas como Delitos contra la Seguridad Publica - Atentado y Delito contra los Medios de Transporte Comunicacion y otros Servicios Publicos; Entorpecimiento al Funcionamiento de Servicios Publicos en la Modalidad de atentado contra los Medios de Transporte Colectivo y de Comunicacion y entorpecimiento al funcionamiento de servicios publicos; delito contra la Paz Publica en la modalidad de Disturbios, Apologia del delito y de Asociacion Ilicita; Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional en la modalidad de Motin; Delito contra la Administracion Publica cometido por Particulares - Violencia y Resistencia a la Autoridad en la modalidad de violencia contra la autoridad para el ejercicio de funciones en forma agravada, en agravio del Estado; conductas ilicitas previstas en los articulos 24°, 280º, 283°, 315°, 316°, 317°, 348, 366° y 367° del Codigo Penal vigente. Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 17537, modificado por el Decreto, Ley N° 17667, Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-IN y Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que, en representacion del Estado, inicie las acciones legales contra los implicados en los Atestados N° 156-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N° 162-07-DIRSEG-DIVASOC-L-PNP, N° 166-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, N° 167-DIRSEGDIVASOC-S-PNP, N° 168-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, N° 169-DIRSEG-DIVASOC-V-PNP, N° 170-07-DIRSEGDIVASOC-L-PNP, N° 171-07-DIRSEG-DIVASOC-L-PNP, 172-07-DIRSEG-DIVASOC-S-PNP, y demas que resulten responsables como consecuencia de los actos de violencia que se vienen suscitando en la MORDAZA de MORDAZA por los Delitos contra la Seguridad Publica - Atentado y Delito contra los Medios de Transporte Comunicacion y otros Servicios Publicos; Entorpecimiento al Funcionamiento de Servicios Publicos en la Modalidad de Atentado contra los Medios de Transporte Colectivo y de Comunicacion y entorpecimiento al funcionamiento de servicios publicos; delito contra la Paz Publica en la modalidad de Disturbios, Apologia del delito y de Asociacion Ilicita; Delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional en la modalidad de Motin; Delito contra la Administracion Publica cometido por Particulares - Violencia y Resistencia a la Autoridad en la modalidad de violencia contra la autoridad para el ejercicio de funciones en forma agravada, en agravio del Estado y otros delitos que resulten de las investigaciones a realizarse. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion y actuados administrativos a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 85631-2

JUSTICIA
Designan Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Ucayali
RESOLUCION SUPREMA N° 127-2007-JUS MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007

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