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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2007 349235 institucionales e individuales del país. No ha de entenderse la cooperación como una acción paralela a la labor del Estado; la cooperación debe ser un complemento y no un sustituto de los esfuerzos nacionales a favor del desarrollo. El sentido de esta complementariedad se encuentra en el reconocimiento de roles diferenciados para la Cooperación Internacional No Reembolsable y el presupuesto público. La primera encuentra su rol natural en el fi nanciamiento de intervenciones que mejoren la calidad de los servicios sociales, incrementen la productividad de los recursos disponibles y eleven la capacidad del Estado para actuar de modo e fi caz y e fi ciente. Entre los roles inherentes al segundo se encuentran el mantenimiento y expansión de la infraestructura pública y la cobertura de gastos de funcionamiento de todos los órganos administrativos del Estado. Es responsabilidad de las fuentes cooperantes perseguir una efectiva alineación con este principio en el marco de los canales de coordinación pertinentes con el Perú. - Tercer principio: Transparencia La Cooperación Internacional No Reembolsable se sustenta en una relación de mutua responsabilidad entre las fuentes cooperantes y el Perú. En consecuencia, ambas partes tienen la obligación de rendirse cuentas mutuamente sobre el empleo de los recursos de la cooperación. En un marco más amplio, todos los actores de la cooperación internacional deben compartir con el Estado la información de los procedimientos realizados y avances alcanzados en las diversas intervenciones apoyadas por la cooperación. Asimismo, es deber del Estado facilitar la difusión y el acceso a esta información a través de los mecanismos y canales apropiados. - Cuarto principio: Sostenibilidad Se debe asegurar la continuidad del proceso de desarrollo nacional en el largo plazo. Ello demanda, en primer lugar, que todas las intervenciones realizadas con apoyo de la cooperación internacional cumplan con criterios de sostenibilidad; en segundo lugar, que todos los actores involucrados en la cooperación proporcionen compromisos indicativos fi ables en un marco multianual y desembolsen su ayuda de manera predecible y oportuna de acuerdo con los programas y condiciones adoptadas; y, en tercer lugar, que tanto el Estado como las Fuentes Cooperantes aseguren la provisión de los recursos necesarios para respaldar el desarrollo de las intervenciones durante todo el proceso. - Quinto principio: Búsqueda de resultados efi caces Las intervenciones apoyadas por la cooperación deben buscar alcanzar metas concretas y comprobables. Se debe evaluar y monitorear periódicamente su avance. El Estado debe de fi nir aquellos indicadores de desarrollo que deberían atenderse prioritariamente. - Sexto principio: E fi ciencia Los recursos (humanos, técnicos, económicos) provistos por la cooperación deben dirigirse hacia los fi nes en que produzcan resultados de la forma más e fi ciente. Por ello, las fuentes cooperantes deben concentrar sus esfuerzos en aquellas áreas en las que gozan de ventajas comparativas y cuentan con mayor experiencia. - Sétimo principio: Focalización de la ayuda Las intervenciones respaldadas por la cooperación internacional deben dirigirse empleando criterios de focalización territorial y temática con el propósito de maximizar su impacto. Las fuentes de cooperación, al igual que los órganos responsables del manejo de la Cooperación Técnica Internacional, deberán considerar simultáneamente tanto la dimensión temática como la dimensión territorial a escala subnacional en sus programas y estrategias de intervención en el Perú. 19. En concordancia con los principios anteriores, el Estado debe promover la creación y funcionamiento de espacios de coordinación con las fuentes de cooperación. 4 Prioridades 20. El Perú reconoce que enfatizar la atención del país en sus desafíos internos no obstaculiza la búsqueda de oportunidades para compartir con otras naciones aquellas capacidades en las que el Perú dispone de ventajas comparativas. Por ello, en el marco de las relaciones internacionales de cooperación, el Perú busca cumplir un rol tanto de demandante como de ofertante. 21. La presente sección de la política señala las prioridades tanto para la demanda como para la oferta de Cooperación Internacional No Reembolsable. Las prioridades de demanda se desprenden de un marco mucho más amplio de objetivos especí fi cos, presentados en el “Anexo A” a modo sustento de la presente sección y como posible insumo para la identi fi cación de intervenciones de la cooperación. Las prioridades de oferta gozan de mayor fl exibilidad y su a fi namiento forma parte de un proceso de escala nacional que aún se encuentra en una fase temprana. 4.1. Prioridades para la Cooperación Internacional No Reembolsable recibida por el Perú 22. Las prioridades para la Cooperación Internacional No Reembolsable que recibe el país se desprenden de la Política Nacional de Desarrollo 9. En el Perú, las diversas instituciones de este Poder incorporan en sus respectivos documentos de política la parte correspondiente de la Política Nacional de Desarrollo dentro del ámbito de sus competencias. Esta situación se explica parcialmente por el hecho de que, desde 1992 y hasta la fecha de elaboración del presente documento, el Perú no cuenta con una Institución de Planeamiento Estratégico Nacional en funcionamiento. 23. En consecuencia, la Política Nacional de Desarrollo se encuentra expresada tanto en documentos de escala nacional como en acuerdos internacionales a los que el Perú se ha adherido. Complementariamente, la Política Nacional se precisa en las Políticas de ámbito sectorial y regional. 24. Cada uno de los documentos que forman parte de la Política Nacional de Desarrollo del Perú ha sido considerado como una fuente políticamente legítima y técnicamente válida para identi fi car lineamientos de política. En otros términos, ninguno de los elementos contenidos de dichos documentos ha sido dejado fuera del ejercicio de síntesis de objetivos. Los documentos considerados en este proceso se re fi eren en el Cuadro 1. Cuadro 1 Documentos considerados como fuentes de la política nacional de desarrollo Código Documento Código Documento A1 Declaración del Milenio R1Plan de Desarrollo Concertado del departamento de Amazonas 2002-2011 N1 Acuerdo Nacional R2Plan de Desarrollo Regional Concertado de Áncash 2004-2007 N2Estrategia Nacional de Desarrollo RuralR3Plan Departamental de Desarrollo Concertado del Departamento de Apurímac 2004-2006 (preliminar) N3Estrategia Nacional de Seguridad AlimentariaR4Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado de Arequipa 2003-2011 N4 Hoja de Ruta 2004 - 2006 R5Plan Estratégico Departamental Ayacucho 2001-2011 N5Objetivos Programa de Cooperación Internacional en materia de descentralizaciónR6Plan de Desarrollo Regional Cajamarca 2003-2006 9 Ley Nº27692, Artículo 4.