Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
(i) Costo asignable a abonados:

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

Esto es, tendran una alta dependencia de la facilidad esencial que es provista por el operador establecido (incumbente), MORDAZA de decidir construir su propio enlace de interconexion, conforme los operadores entrantes vayan creciendo en su escala de negocio, asi como en el MORDAZA de introduccion de nuevas prestaciones, que los lleve a cursar mayor trafico y por ende, a requerir reducir sus costos mediante la interconexion directa, en lugar de seguir pagando el MORDAZA local por minuto. En tal sentido, el servicio de transporte conmutado local provisto por el operador incumbente (operador con infraestructura ya desplegada y al cual se interconectan todos los operadores) se constituye en un recurso esencial para el operador entrante, por cuanto este requerira hacer uso de dicho servicio para el cumplimiento de sus metas de expansion hasta que se posicione adecuadamente en el MORDAZA y logre alcanzar una participacion que le permita realizar inversiones para una interconexion directa con los operadores con quienes intercambia trafico. Cabe senalar que al depender de las facilidades esenciales provistas por el operador incumbente, esta empresa podria tener incentivos para elevar el costo de dicha facilidad, teniendo en cuenta ademas que varios de los operadores que hacen uso de la facilidad esencial, compiten con el incumbente en los diferentes mercados de telecomunicaciones. En un contexto en que las empresas competidoras dependen marcadamente de las facilidades esenciales provistas por el operador incumbente para realizar sus operaciones, se requiere implementar mecanismos y procedimientos para impedir que este realice practicas anticompetitivas que induzcan a establecer asimetria en costos entre el y sus competidores, como incrementar los pagos por las facilidades esenciales o acciones de estrechamiento de margenes. Uno de tales mecanismos es la regulacion del valor del cargo por transporte conmutado local que provee el operador incumbente. En consecuencia, se ha considerado pertinente que la fijacion de un cargo de interconexion tope por transporte conmutado local sea solamente para la empresa que tiene infraestructura a nivel nacional y ofrece el servicio a nivel mayorista, siendo esta, la empresa Telefonica. Ello implica la aplicacion de una regulacion asimetrica del cargo, la cual es consistente con el MORDAZA de Eficiencia y Efectividad que debe guiar la actuacion del OSIPTEL, conforme a lo establecido en el articulo 14° de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM. IV.- MODELO DE COSTOS UTILIZADO PARA EL CALCULO DEL CARGO La empresa Telefonica no presento ningun modelo de costos referido al calculo del cargo por transporte conmutado local, no obstante que el OSIPTEL le otorgo las ampliaciones de plazo que solicito dicha empresa para tales efectos, por lo que fue necesario elaborar un modelo propio. Para tal fin, se utilizo como herramienta el modelo de costos de conmutacion que fuera presentado por dicha empresa, en el procedimiento para el establecimiento del cargo de originacion y/o terminacion de llamadas en la red fija local, y se utilizo la informacion proporcionada por Telefonica en los diferentes procedimientos de establecimiento de cargos y tarifas tope. El modelo utilizado para el calculo del costo por transporte conmutado local, costea los siguientes modulos para cada una de las 24 Centrales Tandem que Telefonica ha senalado que cuenta en el pais: - Subsistema de Abonado. - Subsistema Selector de Grupo. - Subsistema de Enlaces y Senalizacion. - Sistema APZ (Control). - Materiales y equipos diversos. - Equipos de conservacion. - Otros costos. Una vez determinados los costos de cada modulo, se determinan 3 subtotales:

- Incluye gran parte del costo del modulo "Subsistema de Abonados" y parte de los costos de los modulos "Materiales y equipos diversos" y "Equipos de Conservacion". (ii) Costo asignable a enlaces: - Incluye el costo del modulo "Subsistema de enlaces y senalizacion". (iii) Costo asignable a elementos comunes: - Incluye el costo de los modulos "Subsistema Selector de Grupo", "Sistema APZ (control)" y "Otros Costos"; y parte de los costos de los modulos "Materiales y equipos diversos", "Equipos de Conservacion" y "Subsistema de Abonados". De los 3 subtotales MORDAZA senalados, para el calculo del cargo se consideran solamente las inversiones asignables a enlaces y las inversiones asignables a elementos comunes. No se toma en cuenta las inversiones asignables a abonados porque estas estan relacionadas con la prestacion de un servicio final y no con la prestacion de una instalacion esencial como lo es el MORDAZA local. Estas inversiones son luego anualizadas, para lo cual se ha utilizado un WACC MORDAZA de impuestos de 17,14%. El trafico local de las centrales locales, considerado para el dimensionamiento de la red local, es aquel que fuera presentado por Telefonica en el modelo de alquiler de circuitos. En este procedimiento se ha determinado el trafico que manejan las Centrales Tandem de MORDAZA y aquellas centrales locales que realizan la funcion de Centrales Tandem en los demas departamentos. Lo optimo es calcular un cargo por transporte conmutado local, sobre la base de costos, que se aplique a todos los servicios conmutados (servicios de voz) que utilicen las redes locales, independientemente de si se trata de trafico de abonados, trafico de MORDAZA entre nodos de la misma empresa o trafico de MORDAZA entre distintas empresas. Este concepto es importante por cuanto, desde el punto de vista tecnico, no existe diferencia alguna en conmutar un minuto de abonado o un minuto de MORDAZA, sea este entre nodos de la misma empresa o de diferentes empresas. El conmutador realiza exactamente las mismas funciones. De alli que en este modelo se determina cuanto le cuesta a Telefonica conmutar un minuto en sus Centrales Tandem. V.- CARGO ESTIMADO Habiendose determinado los costos anuales para cada componente de costo en la central de conmutacion (enlaces y elementos comunes), el siguiente paso fue obtener el costo por minuto para cada componente, cuya suma nos MORDAZA el cargo por minuto de la funcion de conmutacion, el cual corresponde al cargo por transporte conmutado local, pues tal como ha sido senalado, al evaluar el comportamiento de una central de conmutacion se aprecia que la funcion de conmutar es indistinta para el trafico de abonados como para el trafico que circula, a manera de MORDAZA, por dicha central. En ese sentido, el valor obtenido correspondera al costo de conmutar un minuto en la Central Tandem y por tanto correspondera al costo de conmutar un minuto de MORDAZA local. Siguiendo la metodologia explicada en el Informe Sustentatorio Nº 088-GPR/2007, se obtuvo el siguiente valor de cargo de interconexion tope promedio ponderado por transporte conmutado local:
Cargo por Minuto, tasado al MORDAZA = US$ cents. 0,108 = US$ 0,00108

VI.- IMPACTO DEL CARGO PROPUESTO Es relevante exponer que el beneficio que se pudiera conseguir producto de esta propuesta tarifaria, que forma parte de una politica mas general, tiene como bases

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