Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349585

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Facultan al Presidente del Gobierno Regional ampliar cronograma de eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales ante el Consejo de Coordinacion Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2007-CR/RL POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 18 de junio del 2007; Con la exoneracion del tramite, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su modificatoria Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Nº 27680, senala que "los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la sociedad civil, como organo consultivo y de coordinacion con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, el articulo 11°, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, establece la Estructura Organica Basica de los Gobiernos Regionales, definiendo al Consejo de Coordinacion Regional como el organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional con las Municipalidades e integrado por los Alcaldes Provinciales y por los representantes de la Sociedad Civil con las funciones y atribuciones que le senala la Ley; Que, el articulo 11A, de la MORDAZA precitada, senala la composicion, procedimiento de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2007CR/GL, se Aprobo el Reglamento de Conformacion, Eleccion de Miembros y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional de MORDAZA, facultandose al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para que via Decreto Regional formule el cronograma para la eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales ante el Consejo de Coordinacion Regional, por lo que en tal virtud mediante Decreto Regional Nº 002-2007-GRL/PRES, aprobo el cronograma para la eleccion de Representante de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales al Consejo de Coordinacion Regional de MORDAZA, el cual se inicio el 3 de MORDAZA de 2007 y culminara el 4 de MORDAZA de 2007; Que, conforme al Informe Nº 120-2007-GRL-GRDS, el Gerente Regional de Desarrollo Social, licenciado MORDAZA Quinteros MORDAZA, pone en conocimiento del Presidente Regional que el plazo establecido en el Decreto Regional Nº 002-2007-GRL/PRES y la Ordenanza Regional Nº 0032007-CR/PE (entiendase Ordenanza Regional Nº 004-2007CR/RL), para la difusion de la convocatoria e inscripcion de las organizaciones a nivel provincial y regional, resulta muy reducido, teniendo en cuenta la amplitud y los limitados medios de comunicacion que presente el ambito del Gobierno Regional de Lima; Que, el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales

MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, en la Ordenanza Regional Nº 004-2007-CR/RL, en su articulo 42º, respecto a la provincia de Yauyos, se dispuso que los Alcaldes Distritales elegiran a sus delegados en numero de siete, sin embargo por error material se ha consignado en letras seis, siendo lo correcto siete (07) delegados, por lo que es menester aclarar dicha situacion; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia 18 de junio del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, y Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, ha emitido la siguiente ordenanza que; RESUELVE: Articulo Primero.- FACULTAR al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin que via Decreto Regional, amplie el cronograma de eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales ante el Consejo de Coordinacion Regional de MORDAZA, el cual culminara indefectiblemente el 8 de agosto de 2007. Articulo Segundo.- PRECISAR, el Articulo 42º de la Ordenanza Regional Nº 004-2007-CR/RL, respecto a la provincia de Yauyos, siendo el numero de Alcaldes Distritales delegados, a elegir en numero de siete (07). Articulo Tercero.- Dejese sin efecto los articulos de la Ordenanza Regional Nº 004-2007-CR/RL, que se opongan a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de junio del dos mil siete. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 86528-1

Aprueban realizacion de consulta ciudadana para definir las Prioridades Regionales de Salud 2007-2016
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 035-2007-CR/GRL MORDAZA, 1 de junio de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 1147-2007-DG-DISA-III-L y el pedido del Presidente Regional, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ante la propuesta formulada por la Comision de Desarrollo Social, relativo al MORDAZA de formulacion del Plan Regional Participativo y Concertado en Salud, propone ante el Consejo Regional de MORDAZA la realizacion de la Consulta Ciudadana para la definicion de las Prioridades Regionales en Salud en la Region Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley

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